El Derecho De Los Aztecas
Enviado por andrewalmazan • 20 de Octubre de 2013 • 691 Palabras (3 Páginas) • 408 Visitas
1.- ¿Qué es el Derecho Precolombino?
R= Cuando hablamos de esta forma de Derecho, hacemos alusión a la América primitiva aun no colonizada, en donde podemos ver entre otras, dos culturas indigenas que se destacan por tener institucionalizado de forma primitiva claro esta, una especia de ordenamiento Jurídico.
El derecho precolombino “alude al conjunto de leyes, normas y disposiciones dictadas por los reyes, en nombre de estos, por las demás autoridades y órganos de gobierno sometidos que configuraron el sistema jurídico especial que rigió el nuevo mundo.
2.- ¿Qué es el Derecho Prehispánico?
R= el derecho prehipanico es un Conjunto de normas, instituciones y principios filosóficos-jurídicos que regularon a los pueblos autóctonos de todo america.
3.- ¿Cómo se agruparon los Derechos Prehispánicos?
R= en sociedades organizadas de algún modo y generaron civilizaciones de gran alcance como los casos de la zapoteca, tlaxcalteca, texcocana, maya y tolteca etc, entre otras, que ya permiten reconocer organizaciones sociopolíticas muy complejas.
4.- ¿Cómo se deriva el Derecho Castellano?
R= Deriva del Derecho romano, germano, canónico, creado en una evolución que se inició en 753 a. C. con la fundación de Roma y que para 1521, cuando Cortés conquistó a los aztecas, contaba ya con 2274 años de desarrollo; 22 siglos a lo largo de los cuales se fue nutriendo con muchas y muy variadas aportaciones.
5.- ¿Cómo se divide la época prehispánica y porque?
R= La época prehispánica de divide en 6 horizontes culturales, llamados así porque en ellos se desarrollaron culturas con diferentes grados de civilización que a veces difieren mucho entre sí.
a) Horizonte prehispánico (12000 a 5000 años a. C.)
b) Horizonte arcaico (5000 a 1800 años a. C.)
c) Horizonte preclásico (1800 a 100 a. C.)
d) Horizonte clásico (100 a. C. a 850 d. C.)
e) Horizonte posclásico (850 a 1200)
f) Horizonte histórico (1200 a 1517)
6.- ¿Qué elementos se deben encontrar en una sociedad para considerar la existencia del Derecho según Rafael Rojina Villegas?
R= a) Un conglomerado humano organizado a manera de un cuerpo social; en otras palabras un conjunto de personas unido permanentemente. Obsérvese que lo que se pide es que estos individuos mantengan lazos de unión constantes, no necesariamente que estén arraigados en un lugar determinado. En consecuencia, es posible la inclusión de sociedades de tipo nómada, con tal que su unión sea permanente.
b) Una entidad de poder, o un ente de decisión general. La expresión ente está utilizada de manera premeditada, porque en ella pueden ser comprendidas todas las formas de autoridad política, desde el mando de un cacique tribal hasta los más refinados sistemas de gobierno modernos.
7.- ¿Territorialmente como se comprende
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