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El Patrimonio


Enviado por   •  14 de Junio de 2015  •  904 Palabras (4 Páginas)  •  125 Visitas

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El patrimonio es el conjunto de bienes y derechos susceptibles de valoración económica que pertenecían al paterfamilias.

Clasificación de las Cosas (Bienes).

Paulo expresa: se entiende por bona de cualquiera lo que queda después de deducidas, las deudas.

Justiniano en sus Instituciones las divide en cosas que están en nuestro patrimonio y cosas que están fuera de nuestro patrimonio.

Algunos autores substituyen la anterior clasificación por una división fundada sobre el derecho, y así dicen res in commercio y res extra commercium (cosas en el comercio y cosas fuera del comercio). Pero entre los romanos ésta no fue una verdadera división.

Res Divini Iuris.

Las res divini iuris están consagradas a los dioses y se encuentran bajo la autoridad de los pontífices; son cosas de derecho divino las cosas sagradas y las religiosas. También son cosas de derecho divino los muros y las puertas de la ciudad. A éstas se oponen las cosas de derecho humano.

Res sancrae.

Para Gayo las cosas sagradas son aquellas que están consagradas a los dioses de lo alto, como los terrenos, los templos y los objetos dedicados a su culto. Para que la cosa sagrada se vuelva profana es necesaria una exauguratio, solemnidad contraria a la consagración que hacían los pontífices.

Res religiosae.

Las cosas religiosas son aquellas que están dedicadas a los dioses manes, a los antepasados; son las sepulturas y los monumentos mortuorios unidos a ellas y están incuestionablemente fuera del comercio, a diferencia de la res sacrae, dan lugar a un verdadero derecho privado conocido con el nombre de ius sepulcri (derecho de sepulcro).

Res sanctae.

Cosas santas son las puertas y los muros de la ciudad, porque encerraban a sus dioses. No significan cosas santas, sino cosas cuya violación está penada.

Res Humani Iuris.

Las cosas que no pertenecen al derecho divino son de derecho humano, llamadas también profanas por oposición a las divinas. Éstas se dividen en:

a) Res Comunes. Se llama así a ciertas cosas que por su naturaleza escapan a toda apropiación privada, tales como el aire, el agua corriente y la mar.

b) Res Publicae. Son las cosas afectadas a un uso público, bien que aprovechen a todos por el efecto de un disfrute directo e inmediato, como las plazas públicas, los caminos, los ríos, los puertos, o solamente por una consecuencia de su destino, como los arsenales y las fortalezas.

c) Res Universitatis. Las univeritates son las corporaciones y las ciudades, son personas morales que tienen pertenencias para el uso de sus miembros; así, las ciudades tienen teatros, baños, calles, que son de uso común de los ciudadanos.

d) Res Privatae o Singulorum. Son las cosas que la persona particular puede hacer entrar a su patrimonio y que los jurisconsultos y sobre todo los comentaristas del Derecho Romano han subdividido en muchos miembros: res mancipi y

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