El Presidencialismo En Mexico
Enviado por salma_12 • 25 de Marzo de 2013 • 1.517 Palabras (7 Páginas) • 531 Visitas
En este libro Jorge Carpizo, nos da a entender lo que ha sido el presidencialismo en México a través de los años, como ha ido evolucionando junto con la constitución, nos muestra un panorama general de lo que representa el poder que tiene el presidente y la constitución en nuestro país, el cual en un aspecto político es una sombra de los países con un desarrollo más avanzado, de los cuales se tomo una gran referencia para poder redactar nuestra constitución, que aun en la actualidad tiene un gran número de fallos y contradicciones, se analizan las fortalezas y debilidades que tiene un presidente en México, además de saber en qué circunstancias el presidente tiene “poder ilimitado” para tomar decisiones y que circunstancias limitan este poder.
En América latina y, en gran parte de los países en vías de desarrollo el sistema presidencial tiene como base la constitución norteamericana de 1787, ya que establece la relación correcta entre los poderes ejecutivo y legislativo, lo cual la cataloga como un sistema presidencial puro o clásico.
En los países en vías de desarrollo no existe una verdadera división de poderes, ya que tienen como características el predominio del presidente y el ejército, lo cual se traduce, como el predominio del ejecutivo sobre las pautas de los demás poderes. Característica de los sistemas contemporáneos.
En México existe un sistema presidencial puro, ya que no contiene características de parlamento. Algunos autores catalogan al presidente, como un emperador sexenal, en ese momento emperador del PRI, ya que no existía ningún partido más poderoso que se le pudiera oponer.
Cuando en 1824 se creó el sistema presidencial mexicano, este más bien era una especie de experimento político, el cual estaba basado en la constitución norteamericana de 1787 y la española de 1812. El sistema creado en este año, aun conserva buena parte hasta nuestros días, sin olvidar a él de 1917.
Según el artículo 80 de la constitución de 1917, el poder ejecutivo se deposita en un solo individuo el cual será llamado: Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, que en un principio se elegía en forma indirecta (1857 y 1901 existía un elector por cada quinientos habitantes).La cual no lleva a la elección directa, en la que el presidente es elegido por la mayoría de los votos populares, la que tiene la ventaja sobre la indirecta, ya que en esta muchas veces ganaba el que tenía una menor cantidad de votos. La única desventaja que se veía del sistema de elección directo, era la posibilidad de múltiples candidaturas.
Según el artículo 82, los requisitos para ser presidente son los siguientes.
Ser ciudadano mexicano por nacimiento e hijo de padres mexicanos
Tener treinta y cinco años cumplidos al tiempo de la elección
Haber residido en el país durante todo el año anterior a la elección
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de algún culto
No estar en servicio activo (en caso de pertenecer al ejército)
No pertenecer a algún puesto de gobernación
No estar incapacitado por el articulo 83 (principio de no reelección)
El artículo 83 ha sufrido diversos cambios a lo largo del tiempo, antes el presidente podía ser reelecto las veces que se quisiera, sin embargo esto fue cambiando hasta llegar a lo que hoy en día es el principio de no reelección, el cual indica que por ningún motivo, los presidentes, ya sean temporales, sustitutos o que cumplan sus sexenio completo, podrán ser reelegidos, en ningún periodo siguiente.
El periodo presidencial en 1928 era de cuatro años, sin embargo se amplió dos años más, ya que se argumento que los periodos no pueden ser tan cercanos a la elección. Lo cual nos lleva a periodos sexenales. Que inician el 1 de diciembre.
Al momento de subir al poder el presidente tiene múltiples facultades, que provienen de varias fuentes. La constitución, las leyes y el sistema político, sin embargo este no posee la facultad de veto.
El supremo poder de la federación se divide en tres: legislativo, ejecutivo y judicial, esta división evita que todos los poderes están sobre un mismo individuo, a excepción de los casos en donde se aplican las facultades extraordinarias para legislar, que comúnmente se dan en las emergencias, con el fin de poder tomar decisiones rápidas para así enfrentar el contratiempo con mayor eficacia.
Los poderes ejecutivo y legislativo guardan cierta relación entre sí, pero esto no implica la pérdida de independencia del poder legislativo. Los poderes ejecutivos tienen obligación de rendir informes al poder legislativo, al cual se le conoce como “informe presidencial”, el cual se celebra el 1 de septiembre, de acuerdo con el artículo 69. El informe presidencial es más largo cada año, lo cual es anticonstitucional,
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