El desarrollo humano en Guesfolia
Enviado por Dennise Treviño • 16 de Marzo de 2016 • Apuntes • 982 Palabras (4 Páginas) • 962 Visitas
El desarrollo humano en Guesfolia
Art.26 Derechos económicos, sociales y culturales
Equipo:
Victoria Rodriguez de Anda[pic 1]
Dennise Treviño Sandoval
Fernanda Guerra Camarena
Victor Rafael Hurtado de la Serna
Introducción
El caso habla del decrecimiento económico a través de los años en Guesfolia trata las situaciones que han vivido los habitantes de enfermedades como el sarampión y sus 3000 muertos por faltas de vacunas y el VIH/ sida y el trato discriminatorio y deficiente que reciben los pacientes con esta enfermedad.
El estado protegiendo bajo el articulo 26 del capitulo tres de la convención americana donde menciona que los DESC siempre se haran bajo los recursos disponibles no se ha incumplido con su labor de aportes económicos a esas áreas.
Articulo 26: Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados.
Para el revolvimiento de este caso se utilizara el pacto de san jose como instrumento guía y el buscador jurídico de la Suprema Corte de Justicia.
1¿Cómo justificaría la obligación de los Estados para proteger DESC siendo que Guesfolia no ha ratificado aún el Protocolo de San Salvador?
Porque aunque Guesfolia no haya ratificado aun el protocolo de San Salvador al firmar el pacto de San Jose se está comprometiendo a proteger los DESC con el art 26 y el protocolo de san salvador es reconocido como un adicional al pacto de san Jose pero de igual manera ya firmando el pacto de san Jose existe la obligación de proteger los DESC .
2 ¿Considera usted que el Protocolo de San Salvador protege apropiadamente los DESC?
La finalidad del Protocolo de San Salvador es proteger los DESC, sin embargo, considero que al mencionar en el artículo primero que los estados los protegerán de acuerdo a sus posibilidades y desarrollo económico, justifica las deficiencias que existen en muchos países en vías de desarrollo, hacia la protección de estos. El protocolo incluye una amplia extensión de derechos que ayudan a la persona a su sano desarrollo como lo son;
• Artículo 10; Derecho a la Salud
• Artículo 11; Derecho a un Medio Ambiente Sano
• Artículo 12; Derecho a la Alimentación
• Artículo 13; Derecho a la Educación
• Artículo 14; Derecho a los Beneficios de la Cultura
• Artículo 15; Derecho a la Constitución y Protección de la Familia
• Artículo 16; Derecho de la Niñez
• Artículo 17; Protección de los Ancianos
• Artículo 18; Protección de los Minusválidos
3¿Cuáles han sido las distintas posturas de la Comisión y de la Corte Interamericanas en la protección de los DESC?
Lo que propone la Comisión es que una adecuada interpretación del efecto procesal del protocolo de san salvador en cuanto a la protección de los artículos, como litigante ante los órganos de sistema se cuenta con dos vías de protección, la vía inmediata y la vía mediata; la primera, seria invocar ante la comisión la violación de cualquiera de los artículos y que esta haga lo mismo ante la corte, y la segunda, será invocar ante la comisión la violación de los derechos genéricamente reconocidos por el artículo 26 de la convención. (Artículo 26. Desarrollo Progresivo Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados).
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