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El objetivo de la organización mundial de la propiedad intelectual


Enviado por   •  4 de Febrero de 2013  •  Informe  •  543 Palabras (3 Páginas)  •  713 Visitas

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1.- ANTECEDENTES

La organización mundial de la propiedad intelectual tiene su sede en ginebra. Fue creada por la convención de Estocolmo del 14 de julio de 1967, en vigor desde el 26 de abril de 1970. Se convirtió en un organismo especializado el 17 de diciembre de 1970. Su objetivo es el de facilitar la protección de la propiedad intelectual en plano universal y en particular la administración de las dos convenciones articulares: la de Paris de 1883, para la protección de la propiedad industrial, y la de Berna, de 1886, para la protección de las obras literarias y artísticas.

1.1.- CONVENCIÓN DE ESTOCOLMO

Se crea el convenio de Estocolmo que es firmado el 14 de julio de 1967 y enmendado el 28 de septiembre de 1979.

El preámbulo de dicho convenio se lee: “Las Partes contratantes., animadas del deseo de contribuir a una mejor comprensión y colaboración entre los Estados, para su mutuo beneficio y sobre la base del respeto a su soberanía e igualdad., deseando, a fin de estimular la actividad creadora, promover en todo el mundo la protección de la propiedad intelectual., deseando modernizar y hacer más eficaz la administración de las Uniones instituidas en el campo de la protección de la propiedad industrial y de la protección de las obras literarias y artísticas, respetando al mismo tiempo plenamente la autonomía de cada una de las Uniones, han convenido lo siguiente:”…

En su contenido figuran veintiún artículos siendo el primero en el que se establece la Organización Mundial de la Propiedad intelectual. Entre los artículos posteriores destacan el artículo 3, señalando los fines de la organización, siendo estos fomentar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación de los Estados, en colaboración, cuando así proceda, con cualquier otra organización internacional, y asegurar la cooperación administrativa entre las Uniones, como también el articulo 12 refiriéndose a su capacidad jurídica estableciendo que la Organización gozará, en el territorio de cada Estado miembro y conforme a las leyes de ese Estado, de la capacidad jurídica necesaria para alcanzar sus objetivos y ejercer sus funciones y concluirá un Acuerdo de Sede con la Confederación Suiza y con Cualquier otro Estado donde pudiera más adelante fijar su residencia.

Se señalan otras cuestiones como definiciones, funciones, miembros, modificaciones, reservas, denuncia, notificaciones, etc.

1.2.- CONVENCIÓN DE PARIS

La Unión de París para la Propiedad Industrial, mejor conocida como Convenio de París, fue establecida en 1883 con la finalidad de que los titulares de patentes, marcas o diseños industriales, quedaran protegidos con un solo registro en su país y en los pertenecientes a la Unión. Entre estas naciones se pueden establecer vínculos, por estar involucradas en la propiedad intelectual.

El objeto del

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