ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El patrimonio.


Enviado por   •  17 de Junio de 2016  •  Resumen  •  921 Palabras (4 Páginas)  •  285 Visitas

Página 1 de 4

EL PATRIMONIO

PROVIENE DE LOS TÉRMINOS “PATRIMONI” QUE SIGNIFICA CONJUNTO DE BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES. EL TERMINO PATRIMONIO ES UNA VOZ MULTIBOCA DE VARIOS SIGNIFICADOS POR ESO SE HABLA DE PATRIMONIO CULTURAL NACIONAL UNIVERSAL. NO EXISTE PERSONA SIN PATRIMONIO.

ELEMENTOS DEL PATRIMONIO:

DEL CONJUNTO DE CONCEPTOS SE DESPRENDE LOS SIGUIENTES ELEMENTOS:

  1. EL ACTIVO: QUE ESTÁ FORMADO POR:
  1. LOS BIENES QUE COMPRENDE TANTO BIENES INMUEBLES  Y BIENES MUEBLES.
  • BIENES INMUEBLES: BIENES RAÍCES, PREVIOS, FINCAS QUE ESTÁN ARIEGADOS AL SUELO Y NO SON OBJETO DE DESPLAZAMIENTO. (EN EL  C.C. ESTÁN CONTEMPLADO EN EL ART. 885 EN SUS 11 INCISOS).
  • BIENES MUEBLES: SON TODOS AQUELLOS QUE SON OBJETO DE TRANSPORTABILIDAD, DESPLAZAMIENTO DE UN LUGAR A OTRO. (ESTÁN CONTEMPLADOS EN EL ART. 886° EN SUS 10 INCISOS.

EJEMPLO:

  • DERECHO DE PROPIEDAD
  • DERECHO DE POSESIÓN
  • DERECHO DE CONCEPCIÓN

  1. EL PASIVO: ESTÁ FORMADO POR LAS OBLIGACIONES Y DEUDAS QUE TIENE UNA PERSONA Y QUE JUNTO CON EL ACTIVO FORMAN UNA TOTALIDAD (ART. 1218° C.C) LAS OBLIGACIONES  SE TRASMITEN SALVO A AQUELLAS QUE SON INHERENTES CONSUSTANCIALES A LA PERSONA. (PINTOR, MÚSICO). SEGÚN EL ART. 1219 C.C. ES EFECTO DE LAS OBLIGACIONES AUTORIZAR AL ACREEDOR PARA EMPLEAR LAS MEDIDAS LEGALES A FIN QUE EL DEUDOR LE PROCURE AQUELLO  A QUÉ ESTÁ OBLIGADO.

DE LOS BIENES: PROVIENE DE LOS TÉRMINOS BENE, BONUN, BEARE QUE SIGNIFICA HACER FELIZ, FELICIDAD, BIENESTAR, FORTUNA.

DEFINICIONES:

CAPITANT: SON LAS COSAS MATERIALES, SUSCEPTIBLES DE APROPIACIÓN Y TODO DERECHO QUE FORMA PARTE DE UN PATRIMONIO.

BEVILAQUIA: LOS BIENES SON MATERIALES E INMATERIALES QUE SIRVEN DE OBJETO A UNA RELACIÓN JURÍDICA.

JORGE EUGENIO CASTAÑEDA: BIEN ES TODO AQUELLO QUE ES SUSCEPTIBLE DE APROPIACIÓN PRIVADA Y QUE PUEDE PROCURAR AL HOMBRE UNA UTILIDAD.

CARACTERES DE LOS BIENES

SON LOS SIGUIENTES:

  1. CONSTITUYE ELEMENTO ESENCIAL DEL PATRIMONIO: BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES.
  2. SON OBJETO DE UN DERECHO YA QUE EL TITULAR EJERCE FACULTADES SOBRE EL BIEN, EL MISMO QUE SE SOMETE AL SEÑORÍO DEL DUEÑO.
  3. REPRESENTAN UN VALOR PECUNIARIO, DINERARIO, LO QUE DIFERENCIA DE LAS COSAS: EL AIRE DISEMINADO, LAS ROCAS, LAS NIEVES PERPETUAS. YA QUE ESTÁN DENTRO DEL TRÁFICO COMERCIAL, INGRESAN Y SALEN DEL PATRIMONIO DE UNA PERSONA, NO HAY BIENES INMOVILIZADOS, ESTÁTICOS.
  4. TODO BIEN PRESTA UTILIDAD, VALOR DE USO QUE DISTINGUE DE LAS COSAS Y QUE ES SU RAZÓN DE SER PATRIMONIAL.
  5. LOS BIENES SON ACCESIBLES: EN CONDICIÓN DE SER UTILIZADO POR EL HOMBRE FRENTE A LA CONSTANTE LUCHA CON LA NATURALEZA DOMINABLE Y LOGRAR INCORPORAR MÁS BIENES A SU PATRIMONIO DEBIDO A SU INGENIO INTELECTO, CIENCIA, ARTE, TÉCNICA.

CLASIFICACION GENERAL DE LOS BIENES

DESDE EL DERECHO ROMANO SE TOMÓ DISTINTOS CRITERIOS PARA SU CLASIFICACIÓN, ASÍ TENEMOS:

  1. SEGÚN SU NATURALEZA DE LOS BIENES SE CLASIFICAN

:

  1. EN BIENES CORPORALES E INCORPORALES QUE SIRVE DE CLASIFICACIÓN LA MATERIALIDAD E INMATERIALIDAD DE LOS MISMOS:

  1. BIENES CORPORALES: SON AQUELLOS QUE OCUPAN UN ESPACIO FÍSICO EN LA NATURALEZA, POSEEN SUSTANCIA O CUERPO APRECIABLE POR LOS SENTIDOS. EJEMPLO: UN LIBRO, UN ÁRBOL, UNA MÁQUINA, UNA CASA, UN MUEBLE.
  2. BIENES INCORPORALES: SON LOS QUE NO TIENEN UN SER CORPORIO NO ADMITE PERCEPCIÓN POR LOS SENTIDOS, NO TIENEN CONCRECIÓN MATERIAL. SON LAS LLAMADAS CONCEPCIONES DE LA INTELIGENCIA INAPRENSIBLE POR LOS SENTIDOS. EJEMPLOS: CRÉDITOS, DERECHOS, ACCIONES, SERVIDUMBRES NO APARENTES, PROPIEDAD INTELECTUAL, DERECHOS REALES Y PERSONALES.

  1. BIENES FUNGIBLES Y NO FUNGIBLES. DESDE EL DERECHO ROMANO SE CONOCÍA ÉSTA DIVISIÓN DE RES=COSA – FUNGIBILIS Y RES NO FUNGIBILIS.
  1. BIENES FUNGIBLES: SON AQUELLOS CANJEABLES O REEMPLAZABLES EN SU CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN POR OTROS DE IGUAL PODER CANCELATORIO. RESULTA INDIFERENTE PARA EL ACREEDOR UNO U OTRO BIEN CON TAL QUE SEAN DEL MISMO GÉNERO, ESPECIE Y PODER LIBERATORIO.

EL CÓDIGO CIVIL ALEMÁN DICE QUE LOS BIENES FUNGIBLES SON AQUELLOS QUE SE DETERMINAN EN EL USO POR EL NÚMERO, PESO, Y MEDIDA Y QUE POR TANTO PUEDEN SER SUSTITUIDOS POR OTROS EQUIVALENTES EN EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN.EL GÉNERO NUNCA PERECE.EJEMPLO: TRIGO: KILO.LECHE: PARA DETERMINAR LA LECHE SE RECURRE AL LITRO.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (6 Kb) pdf (80 Kb) docx (12 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com