El patrimonio.
Enviado por valeriacoapaza • 17 de Junio de 2016 • Resumen • 921 Palabras (4 Páginas) • 285 Visitas
EL PATRIMONIO
PROVIENE DE LOS TÉRMINOS “PATRIMONI” QUE SIGNIFICA CONJUNTO DE BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES. EL TERMINO PATRIMONIO ES UNA VOZ MULTIBOCA DE VARIOS SIGNIFICADOS POR ESO SE HABLA DE PATRIMONIO CULTURAL NACIONAL UNIVERSAL. NO EXISTE PERSONA SIN PATRIMONIO.
ELEMENTOS DEL PATRIMONIO:
DEL CONJUNTO DE CONCEPTOS SE DESPRENDE LOS SIGUIENTES ELEMENTOS:
- EL ACTIVO: QUE ESTÁ FORMADO POR:
- LOS BIENES QUE COMPRENDE TANTO BIENES INMUEBLES Y BIENES MUEBLES.
- BIENES INMUEBLES: BIENES RAÍCES, PREVIOS, FINCAS QUE ESTÁN ARIEGADOS AL SUELO Y NO SON OBJETO DE DESPLAZAMIENTO. (EN EL C.C. ESTÁN CONTEMPLADO EN EL ART. 885 EN SUS 11 INCISOS).
- BIENES MUEBLES: SON TODOS AQUELLOS QUE SON OBJETO DE TRANSPORTABILIDAD, DESPLAZAMIENTO DE UN LUGAR A OTRO. (ESTÁN CONTEMPLADOS EN EL ART. 886° EN SUS 10 INCISOS.
EJEMPLO:
- DERECHO DE PROPIEDAD
- DERECHO DE POSESIÓN
- DERECHO DE CONCEPCIÓN
- EL PASIVO: ESTÁ FORMADO POR LAS OBLIGACIONES Y DEUDAS QUE TIENE UNA PERSONA Y QUE JUNTO CON EL ACTIVO FORMAN UNA TOTALIDAD (ART. 1218° C.C) LAS OBLIGACIONES SE TRASMITEN SALVO A AQUELLAS QUE SON INHERENTES CONSUSTANCIALES A LA PERSONA. (PINTOR, MÚSICO). SEGÚN EL ART. 1219 C.C. ES EFECTO DE LAS OBLIGACIONES AUTORIZAR AL ACREEDOR PARA EMPLEAR LAS MEDIDAS LEGALES A FIN QUE EL DEUDOR LE PROCURE AQUELLO A QUÉ ESTÁ OBLIGADO.
DE LOS BIENES: PROVIENE DE LOS TÉRMINOS BENE, BONUN, BEARE QUE SIGNIFICA HACER FELIZ, FELICIDAD, BIENESTAR, FORTUNA.
DEFINICIONES:
CAPITANT: SON LAS COSAS MATERIALES, SUSCEPTIBLES DE APROPIACIÓN Y TODO DERECHO QUE FORMA PARTE DE UN PATRIMONIO.
BEVILAQUIA: LOS BIENES SON MATERIALES E INMATERIALES QUE SIRVEN DE OBJETO A UNA RELACIÓN JURÍDICA.
JORGE EUGENIO CASTAÑEDA: BIEN ES TODO AQUELLO QUE ES SUSCEPTIBLE DE APROPIACIÓN PRIVADA Y QUE PUEDE PROCURAR AL HOMBRE UNA UTILIDAD.
CARACTERES DE LOS BIENES
SON LOS SIGUIENTES:
- CONSTITUYE ELEMENTO ESENCIAL DEL PATRIMONIO: BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES.
- SON OBJETO DE UN DERECHO YA QUE EL TITULAR EJERCE FACULTADES SOBRE EL BIEN, EL MISMO QUE SE SOMETE AL SEÑORÍO DEL DUEÑO.
- REPRESENTAN UN VALOR PECUNIARIO, DINERARIO, LO QUE DIFERENCIA DE LAS COSAS: EL AIRE DISEMINADO, LAS ROCAS, LAS NIEVES PERPETUAS. YA QUE ESTÁN DENTRO DEL TRÁFICO COMERCIAL, INGRESAN Y SALEN DEL PATRIMONIO DE UNA PERSONA, NO HAY BIENES INMOVILIZADOS, ESTÁTICOS.
- TODO BIEN PRESTA UTILIDAD, VALOR DE USO QUE DISTINGUE DE LAS COSAS Y QUE ES SU RAZÓN DE SER PATRIMONIAL.
- LOS BIENES SON ACCESIBLES: EN CONDICIÓN DE SER UTILIZADO POR EL HOMBRE FRENTE A LA CONSTANTE LUCHA CON LA NATURALEZA DOMINABLE Y LOGRAR INCORPORAR MÁS BIENES A SU PATRIMONIO DEBIDO A SU INGENIO INTELECTO, CIENCIA, ARTE, TÉCNICA.
CLASIFICACION GENERAL DE LOS BIENES
DESDE EL DERECHO ROMANO SE TOMÓ DISTINTOS CRITERIOS PARA SU CLASIFICACIÓN, ASÍ TENEMOS:
- SEGÚN SU NATURALEZA DE LOS BIENES SE CLASIFICAN
:
- EN BIENES CORPORALES E INCORPORALES QUE SIRVE DE CLASIFICACIÓN LA MATERIALIDAD E INMATERIALIDAD DE LOS MISMOS:
- BIENES CORPORALES: SON AQUELLOS QUE OCUPAN UN ESPACIO FÍSICO EN LA NATURALEZA, POSEEN SUSTANCIA O CUERPO APRECIABLE POR LOS SENTIDOS. EJEMPLO: UN LIBRO, UN ÁRBOL, UNA MÁQUINA, UNA CASA, UN MUEBLE.
- BIENES INCORPORALES: SON LOS QUE NO TIENEN UN SER CORPORIO NO ADMITE PERCEPCIÓN POR LOS SENTIDOS, NO TIENEN CONCRECIÓN MATERIAL. SON LAS LLAMADAS CONCEPCIONES DE LA INTELIGENCIA INAPRENSIBLE POR LOS SENTIDOS. EJEMPLOS: CRÉDITOS, DERECHOS, ACCIONES, SERVIDUMBRES NO APARENTES, PROPIEDAD INTELECTUAL, DERECHOS REALES Y PERSONALES.
- BIENES FUNGIBLES Y NO FUNGIBLES. DESDE EL DERECHO ROMANO SE CONOCÍA ÉSTA DIVISIÓN DE RES=COSA – FUNGIBILIS Y RES NO FUNGIBILIS.
- BIENES FUNGIBLES: SON AQUELLOS CANJEABLES O REEMPLAZABLES EN SU CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN POR OTROS DE IGUAL PODER CANCELATORIO. RESULTA INDIFERENTE PARA EL ACREEDOR UNO U OTRO BIEN CON TAL QUE SEAN DEL MISMO GÉNERO, ESPECIE Y PODER LIBERATORIO.
EL CÓDIGO CIVIL ALEMÁN DICE QUE LOS BIENES FUNGIBLES SON AQUELLOS QUE SE DETERMINAN EN EL USO POR EL NÚMERO, PESO, Y MEDIDA Y QUE POR TANTO PUEDEN SER SUSTITUIDOS POR OTROS EQUIVALENTES EN EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN.EL GÉNERO NUNCA PERECE.EJEMPLO: TRIGO: KILO.LECHE: PARA DETERMINAR LA LECHE SE RECURRE AL LITRO.
...