Elementos De Los Espacios Determinados
Enviado por • 17 de Noviembre de 2014 • 423 Palabras (2 Páginas) • 509 Visitas
Elementos del espacio determinado
* ALTA MAR: Parte no perteneciente a la Zona Exclusiva Económica, al Mar Territorial ni a las aguas interiores de un Estado. Ésta se encuentra abierta a todas las naciones y por ende, ningún Estado puede pretender legítimamente someter cualquier parte de ella a su soberanía. [Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares, Artículo No. 69]
* ZONA/FRANJA MARÍTIMA: Aquella comprendida entre la línea de costa o ribera [nivel del mar] y los 80m. de tierra [Ley General de Marina y Actividades Conexas, Art. 5]
* AGUAS INTERIORES: Son las comprendidas dentro del territorio nacional y entre las Líneas de Base Recta y la costa [Ley sobre Mar Territorial, Plataforma Continental y Espacio Aéreo, artículo no. 2; Convención sobre el Mar Territorial y la Zona Contigua del 26JUL1961, art. no. 4 y 5]
* MAR TERRITORIAL: Abarca, a todo lo largo de las costas continentales e insulares de la República una anchura de doce millas náuticas (12 Mn) y se medirá ordinariamente a partir de la línea de más baja marea. La soberanía nacional en el Mar Territorial se ejerce sobre el espacio aéreo, las aguas, el suelo y subsuelo, y sobre todos los recursos que en ellos se encuentren [Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares, Artículo No. 10 y 11]
* ZONA CONTIGUA: Para fines de vigilancia marítima y resguardo de sus intereses, la República tiene, contigua a su Mar Territorial, una zona que se extiende hasta veinticuatro millas náuticas (24 mn), contados a partir de las líneas de más baja marea o las líneas de base desde las cuales se mide el Mar Territorial. [Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares, Artículo No. 50]
* PLATAFORMA CONTINENTAL: Aquella parte del suelo y subsuelo, comprendida desde la costa hasta los 200m. de profundidad [Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares, Artículo No. 61]
* ZONA EXCLUSIVA ECONÓMICA: Aquella comprendida entre la costa y las 200mn. mar adentro, sobre la cual se ejercen derechos de explotación y fines comerciales
El inicio del espacio geográfico de Venezuela
Según está definido en el Artículo 7° de la Constitución de la República (1961): "El territorio nacional es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada en 1810 con las modificaciones resultantes de los tratados celebrados válidamente por la República."
Actualmente, la Cartografía Nacional ha elaborado un mapa actualizado del espacio geográfico de Venezuela en el cual se muestra el territorio continental así como la zona económica exclusiva, con el objetivo de representar toda el área que ocupa nuestro país.
...