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FAMILIA NEORROMANA


Enviado por   •  18 de Agosto de 2013  •  1.579 Palabras (7 Páginas)  •  430 Visitas

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EL DERECHO ROMANO, FUNDAMENTO DEL DERECHO NEORROMANISTA

El derecho romano a partir de la fundación de Roma en el año 753 a. C. sufre una continua evolución pasando por diferentes períodos: arcaico, preclásico, clásico, posclásico, y el llamado derecho justinianeo. El sistema jurídico surge como expresión de una conciencia política que considera primordial la actividad del estado de tal suerte que el derecho cumple una función ordenadora para las posiciones y facultades de los individuos respecto del Estado.

Derecho arcaico

A partir de la fundación de Roma se inició un gobierno monárquico siendo Rómulo el primer rey, le siguieron Numa Pompilio, Tulio Hostilio, Anco Marcio, Tarquino Prisco, Servio Tulio y Tarquino El Soberbio.

Al rey lo asistía el Senado conformado por ciudadanos romanos mayores de 60 años cuya función en un principio fue consultiva, más adelante podría en caso de muerte del rey nombrar a otro en forma transitoria.

La función legislativa en este período recaía en las asambleas de patricios llamadas comitia curiata que se reunían para aprobar por aclamación las propuestas del rey.

En este período las características del derecho fueron: formal, solemne, moral, riguroso, nacionalista, privativo de la familia, y de las gens. La costumbre denominada mores maiorum (costumbre de los antepasados), fue considerada como la fuente formal del derecho.

Derecho preclásico

En este período, el derecho a consecuencia de las relaciones con otros pueblos cambió de nacionalista a cosmopolita; sus características se transformaron a consensual, escrito y sufrió un proceso de la laicización. En cuanto a sus fuentes formales, se agregaron a la costumbre, la ley, los plebiscitos y el edicto de los magistrados.

Se consideró la ley como “la norma jurídica general y obligatoria sancionadas solemnemente por el pueblo romano reunido en los comicios a propuesta de un magistrado”.

Los plebiscitos fueron las decisiones de la plebe y el resultado de la aprobación de la concilia plebis era obligatorio para todos los ciudadanos, a partir de la Lex Hortensia del año 286 a. C.

El edicto de los magistrados fue el resultado escrito de la actividad creadora de los mismos basada en el ius edicendi. Podían dictar órdenes a partir del desmembramiento del consulado tanto los ediles como los cuestores, los censores, los gobernadores de las provincias y los pretores, siendo las de mayor importancia las de estos últimos ya que estaban encargados de dar solución a las controversias suscitadas entre los ciudadanos romanos y entre éstos y los extranjeros, para ello al lado del pretor urbano surgió el pretor peregrino. La duración del cargo de pretor era de un año por ello al iniciar su administración de justicia emitía un edicto anual, durante su desempeño podían presentar su casos imprevistos y para ello citaba un edicto repentino y si tomaba alguna medida de su antecesor tomaba el nombre de edicto traslaticio.

Derecho clásico

En este periodo a las características del derecho ya existentes se añadieron: la flexibilidad que sustituyó la rigidez, por razones de equidad y buena fe; el casuismo, los juristas se apoyaron en la justa razón expresada en los postulados del derecho natural y en los convencionalismos de su época; cierto conservadurismo, tanto pretor es como juristas fueron forjando un derecho nuevo adaptando e interpretando el ya conocido.

El senadoconsulto era la disposición de carácter normativo que emanaba del senado romano cuyo cumplimiento era obligatorio. El Senado fue considerado como el órgano de consulta de los magistrados y ante las preguntas hechas por éstos al Senado las respuestas tomaron el nombre de senatus consultus.

La jurisprudencia se componía de opiniones emitidas por los jurisconsultos.

Las constituciones imperiales eran las resoluciones dictadas por el emperador con fuerza de ley; tomaron cuatro formas distintas: edictos, decretos, rescriptos y mandatos.

* Los edictos emitidos a través del ius edicendi eran principios y normas que funcionarios y súbditos debían seguir;

* Los decretos eran las resoluciones o sentencias que el príncipe dictaba en los asuntos sometidos a su juicio;

* Los rescriptos eran las respuestas escritas dadas por el emperador a preguntas escritas que le eran presentadas por funcionarios o particulares,

* Los mandatos eran las órdenes o instrucciones dadas a funcionarios públicos generalmente de índole administrativo.

En este período el estudio del derecho se incrementó y aparecieron las escuelas proculeyana y la sabiniana, fundadas por Labeón y Capitón, respectivamente, sin embargo tomaron los nombres de los alumnos más sobresalientes que fueron Próculo y Sabino.

Aparecen las obras clásicas que solían ser por una parte, colecciones de casos concretos; otros fueron manuales de ciertas ramas del derecho. A pesar de no tener todas las obras de los juristas clásicos, sabemos que Sexto Pomponio yo en su obra Enchiridium recogió la historia de la ciencia jurídica romana; que Papiniano plasmó en sus libros el casuismo de la jurisprudencia romana; los manuales de Modestino fueron destinados

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