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Golpe De Estado En Honduras


Enviado por   •  7 de Enero de 2013  •  9.868 Palabras (40 Páginas)  •  647 Visitas

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1. INTRODUCCION

Durante siglos la relación entre el ente o institución rector de la religión predominante de una población ha estado estrechamente a la institución estatal misma: en ocasiones siendo una misma. Esto ha llevado a que las instituciones religiosas hayan adquirido poder dentro de las poblaciones en las que existen, en mayor o menor medida.

Enfocándonos en la sociedad del país, durante años la iglesia tenia su porción de poder en el país, este no era poder político solamente, tenia una fuerte base en el poder económico, así podían tener una enorme influencia en las acciones tomadas por los diferentes mandatarios.

Si bien es cierto actualmente el estado en teoría es laico, y cuando digo en teoría me refiero al hecho que las instituciones religiosas aún tienen una gran influencia en la sociedad hondureña en general, una parte de la población aún tiene a los códigos de comportamiento de su iglesia particular como base para el mismo, aunque estos difieran en ocasiones de las leyes estatales. Este poder que las iglesias tienen debido a su influencia les ha ayudado a sus líderes a formar parte del entorno gobernante y que como mencioné antes tengan parte en las acciones gubernamentales.

Ejemplo de esto es la situación ocurrida durante la crisis política en 2009, en esa ocasión fue evidente la forma en la que el gobierno interino utilizo la influencia de las instituciones religiosas para tener mayor aceptación de una población que no quería a un gobierno impuesto. Esto se les hizo más fácil al tener de su lado a los líderes de las mismas.

Realmente un tema delicado de discutir en la sociedad en la que vivimos -debido a este efecto que menciono en varias ocasiones- esa enorme influencia de la religión en la toma de decisiones de la persona, no solo individual sino también como grupo, que posición toma ante diversos temas, aborto, cambios en el sistema sanitario, decisiones en cuanto a las regulaciones penales solo por mencionar algunos.

Estos factores y muchos otros son expuestos en el presente informe, en una investigación tanto teórica como de campo, la cual ha tratado de manejar la información recopilada de una manera objetiva, la cual ha sido estructurada de forma que los hechos relacionados a la forma de actuar de las instituciones religiosas antes, durante y después de la crisis política sean el punto clave de la investigación misma.

2. Estado e Iglesia

La Iglesia y el Estado son ambos sociedades perfectas, es decir, cada uno aspirando al bien común proporcionado con la necesidad de la humanidad en su conjunto y finalmente en un tipo de vida genérico, y cada uno jurídicamente competente para proveer todos los medios necesarios y suficientes para ello. El Estado está éticamente demostrado de ser tal, y la Iglesia tiene similar demostración desde la teología de la Revelación Cristiana. En razón de su coexistencia en la tierra, comunidad de sujetos, y una necesidad común de algunos medios de actividad iguales, es inevitable que ellos deban tener relaciones mutuas en el orden jurídico.

La Iglesia debe respetar los derechos del Estado a gobernar, a sus sujetos en todas las cuestiones temporales, y, si los sujetos del Estado son igualmente de la Iglesia, debe conducir a estos últimos al cumplimiento de sus deberes civiles como a una obligación en conciencia. Por otra parte, en principio, como una cuestión de deber objetivo, el Estado está obligado a reconocer los derechos jurídicos de la Iglesia en todas las cuestiones espirituales ya sea en forma pura o de carácter mixto y sus derechos judiciales, a determinar el carácter con relación, específicamente, a su calidad espiritual. Aún más, el Estado, está obligado a prestar el debido culto a Dios, como se sigue del mismo argumento de la ley natural que prueba la obligación de la externa adoración del hombre, esto es, que el hombre debe reconocer su dependencia de Dios y su sujeción a el en cada capacidad en la cual es así dependiente, y no solamente en su capacidad privada como un individuo: sino también en aquella pública o corporativa capacidad por la cual él y sus conciudadanos constituyen el Estado. El debido culto, en la presente economía, es aquella de la religión de Cristo, encomendada al cuidado de la Iglesia. El Estado debe también proteger a la Iglesia en el ejercicio de sus funciones, en razón de que el Estado está obligado a proteger todos los derechos de sus ciudadanos, y entre ellos sus derechos religiosos, que en realidad serían inseguros e infructíferos si la Iglesia no fuera protegida. El Estado está bajo obligación de promover los intereses espirituales de la Iglesia; el Estado está obligado a promover todo aquello que por reacción natural obra en favor del desarrollo moral de sus ciudadanos y consecuentemente por la paz interna de la comunidad, y en la condición presente de la naturaleza humana, ese desarrollo es necesariamente dependiente de la influencia espiritual de la Iglesia.

Habiendo pues, una obligación como tal sobre el Estado, proveniente del Derecho Natural y del Derecho Divino Positivo, de rendir el culto Divino público de acuerdo con la orientación de la Iglesia, a cargo de la cual ha puesto Cristo los deberes del culto en el orden presente de las cosas, y también una obligación de proteger a la Iglesia y de promover sus intereses, la Iglesia claramente tiene un perfecto derecho a demandar el cumplimiento de esas obligaciones, ya que su negligencia la privaría de los beneficios provenientes de su cumplimiento. Para tener el posterior derecho de ordenar al Estado en su observancia implica que la Iglesia tiene el derecho de imponer las obligaciones de su autoridad en los mismos, para exigirlos imperativamente del Estado. Ahora, en temas puramente temporales, mientras ellos permanezcan tales, la Iglesia no puede ordenar al Estado nada más de lo que ella pueda ordenar a los sujetos del Estado, aún cuando estos son al mismo tiempo sus propios feligreses. Pero en cuestiones espirituales y mixtas que reclaman acción corporativa del Estado, la cuestión depende de si las personas físicas que constituyen la personalidad moral del Estado son por si mismas sujetos de la Iglesia. En caso de que lo fueran, entonces la Iglesia tiene en consecuencia jurisdicción sobre el Estado en este aspecto. La razón es que debido a la supremacía en los fines de la vida del humano y de su felicidad eterna -el hombre en todas sus capacidades, aún en su naturaleza civil- debe dirigir sus actividades de modo tal que ellas no puedan impedir este fin, y donde la acción, aún en su capacidad oficial o civil es necesaria para este último fin. Más aún, en todas estas actividades tan significativas de su fin, que son de tal modo materia espiritual, cada sujeto esta bajo la jurisdicción de la Iglesia. Si, entonces, las personas físicas

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