Guia Para Examen De Derecho Romano
Enviado por Maitob_ • 2 de Abril de 2013 • 2.933 Palabras (12 Páginas) • 2.811 Visitas
GUÍA PARA PRIMER EXAMEN PARCIAL DE DERECHO ROMANO
1.- Concepto de persona
R= Es todo ente susceptible de contraer derecho y obligaciones. Es el sujeto de derechos y obligaciones
2.- Clasificación de las personas
R= Se clasifican en físicas, naturales o individuales y en morales, jurídicas o colectivas.
TIPOS DE PERSONAS FÍSICAS:
Libres.-
• Ingenuos: Personas libres que nunca han estado en esclavitud, nacieron y vivieron libres. (Ciudadanos aliene juris y sui juris. No ciudadanos. Extranjeros).
• Libertos: Personas libres que alguna vez fueron esclavos. Ciudadanos.- Los manumitidos en forma solemne y Latinos: Manumitidos en forma privada.
• Dediticios: Gozaban de libertad limitada.
Esclavos.- No gozan de ninguna clase de derecho civil.
TIPOS DE PERSONAS MORALES
• Corporaciones: Conjunto de personas físicas que se unen para fines lícitos o para defensa de sus interés.
• Sociedades: Conjunto de personas físicas que se reúnen con fines de lucro.
• Fundaciones: Son patrimonios destinados a fines sociales, benéficos o piadosos.
3.- Concepto de persona física
R= Es cada ser humano considerado particularmente.
4.- Concepto de persona Moral
R= Asociación de dos o mas personas para buscar un fin licito.
5.- Requisitos biológicos y jurídicos de las personas
R=
Biológicos: Nacer vivo: Que de acuerdo a los proculeyanos es al dar el primer vagido, con los sabinianos al mostrar signos vitales y Justiniano se adhiere a los sabinianos. Viabilidad: Posibilidad de subsistir por si mismo. Figura Humana: Parecerse a los demás.
Jurídicos: Status- Situaciones que la ley exige para ser persona. Status libertatis: Ser libre. Status civitatis: Ser ciudadano. Status Family: Ser Sui Iuris –por su propio derecho.
6.-Ficción del Nasciturus.
R= Al infante concebido se le tiene por nacido para todo lo que le beneficie.
7.- Atributos de las personas físicas y definición de cada uno de ellos.
R=
Capacidad: Aptitud para contraer derechos y obligaciones y puede ser de Goce: que se entiende como la aptitud para contraer derecho y obligaciones. Ejercicio: Para ejercer derecho y obligaciones.
Nombre: Es la palabra o frase con la que e identifica a la persona.
Domicilio: Proviene de Domus (familia, casa). Concepto: Lugar en el que se encuentra la persona con la intención de permanecer en la morada de la persona física.
Patrimonio: Proviene de los Pater, Patris más Nummus, Nummeris (padre mas dinero) Romano: Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que tiene como persona Sui Iuris y que son valorables en dinero. Actual: Son los bienes derechos y obligaciones que tiene una persona y que pueden o no ser valorables en dinero.
Estado civil: Es la situación de la persona ante la familia y la sociedad romana.
Nacionalidad: En roma se le confunde con la ciudadanía, no obstante se puede decir que es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado romano.
8.-Quienes son incapaces
R= Infantes. Impúberes: Mujeres de 7 a 12 años y hombres de 7 a 14 años. Púberes: Mujeres de 12 a 25 años y hombres de 14 a 25 años. Mente Capti: Mayores de edad con enfermedades mentales permanentes. Furiosii: Mayores de edad con enfermedades mentales pero con momentos de lucidez. Prodigii: Dilapidadores de sus bienes (los regalan o malbaratan). La mujer: cuando se trate de ciertos asuntos jurídicos.
9.-Capitis diminutio y sus clases.
R= Es la perdida total o la disminución de la capacidad jurídica.
Máxima: Pierde la libertad, ciudadanía y estado de familia.
Media: Conserva la libertad pero pierde la ciudadanía y el estado de familia.
Mínima: Conserva la libertad y la ciudadanía pero pierde el estado de familia.
10.-Privilegios del ciudadano romano
R= De orden público: Jus Milite: Derecho a formar parte del ejercito romano. Jus Suffragii: Derecho a votar en las asambleas del pueblo. Jus provocatio ad populum: Provocar al pueblo a apelar una sentencia que impusiera la pena capital ante los comicios por centurias o el emperador.
De orden privado: Asuntos entre particulares. Jus Conaubii: Derecho a contraer matrimonio civil. Jus Commercii: Derecho celebrar contratos civiles o ser testigo en actos jurídicos. Jus ad legis actiones: Derecho de las acciones de ley. Facultad que tiene el ciudadano para iniciar juicios civiles o defenderse ante los tribunales. Testamenti Factio: Facultad del ciudadano para dictar testamento o ser instituido heredero. Activa: Dictar testamento. Pasiva: Ser designado heredero.
11.- Clases de domicilio y sus conceptos:
R= De origen: Lugar donde nace la persona. Real: Lugar donde reside la persona o tiene el principal asiento de sus negocios. Convencional o voluntario: El que una persona señala para determinados asuntos solamente. Procesal: El que una persona señala para recibir comunicados, notificaciones o avisos administrativos y judiciales. Legal: El que la ley señala a ciertas personas. Familiar: Donde cohabitan las personas unidas en matrimonio o concubinato.
12.- Diferencia entre alieni Juris y Sui Juris:
R= Sui Juris: Aquel que en la familia no depende de otra persona (Pater familias, jefe de familia) Alieni Juris: Es aquél que depende de otro miembro de la familia.
13.- Concepto de nacionalidad.
R= Vinculo que une a la persona con el estado romano. Actualmente es el vinculo jurídico que une a la persona con el estado.
14.- Concepto de ciudadanía
R= Es el vinculo que une a la persona con la ciudad de roma.
15.- Definición de patrimonio.
R= Proviene de los Pater, Patris mas Nummus, Nummeris (padre mas dinero) Romano: Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que tiene como persona Sui Iuris y que son valorables en dinero. Actual: Son los bienes derechos y obligaciones que tiene una persona y que pueden o no ser valorables en dinero.
16.- Definición de solvencia e insolvencia.
R=
Solvencia: Cuando en el patrimonio existen en mayor cantidad los bienes y derechos sobre las obligaciones, cargas y deudas.
Insolvencia: Cuando en el patrimonio existen en mayor cantidad las obligaciones, cargas y deudas sobre los bienes y derechos.
17.- Partes del nombre en roma.
R= Praenomen: Nombre de la persona física (Marco) Nomen: Nombre de la gens a la que pertenece la persona física (Tulio) Cognomen: Nombre de la familia a la que pertenece la persona. Agnomen: Apodo o sobrenombre (Ciceron)
18.- Potestades del Pater familias y concepto de cada una de ellas.
R= Potestades: Autoridad que se ejerce sobre las personas.
Dominica
...