HISTORIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
Enviado por karlawasawski • 19 de Marzo de 2013 • 1.405 Palabras (6 Páginas) • 524 Visitas
HISTORIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL MÉXICANO
Se dice, que a través de la historia nuestro país, y su evolución de las leyes constitucionales han sido conforme a la madurez de la propia nación. Dentro de los primeros antecedentes de la actual “Constitución”, que nos rige actualmente tenemos:
1) CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA MONARQUIA ESPAÑOLA ó CONSTITUCION DE CADIZ:
Fue publicada en 1812 y fue abolida en el mismo año y restablecida en 1820. Esta se caracterizo porque:
A. La forma de gobierno que proponía era una Monarquía Moderada Hereditaria.
B. La religión católica como religión del estado.
C. El poder estaría dividido entre el Rey, el Rey y las Cortes, y distintos Tribunales.
D. Sólo consagraba expresamente el “Respeto a la Propiedad Privada”
2) REGLAMENTO PROVISIONAL POLITICO DEL IMPERIO MEXICANO:
Publicado el 18 de diciembre de 1822. El cual se caracterizo por tener una:
A. Forma de gobierno: Se regía por Monarquía Constitucional Representativa y hereditaria.
B. Religión católica de intolerancia religiosa.
C. División de poderes:
* “EJECUTIVO”: Donde se encontraba el emperador y cinco ministros.
* “LEGISLATIVO”: Constituido por la “Junta Nacional Instituyente”.
* “JUDICIAL”: Donde se encontraba el “Supremo Tribunal de Justicia” y Tribunales de Primera y Segunda Instancia. Y un “Consejo de Estado” constituido por el Arzobispo y los Obispos del Imperio.
D. Garantías Individuales: Inviolabilidad del Domicilio y de la Propiedad, Libertad de Pensamiento, y las Libertades de Manifestación y Prensa restringidas.
3) ACTA CONSTITUTIVA DE LA NACIÓN MEXICANA:
Publicada el 31 de enero de 1824 con fuerza vinculante. La cual se caracterizo por tener una: República representativa popular y federal. Una religión católica de intolerancia religiosa.
La división de poderes se encontraría de la siguiente manera: el “EJECUTIVO” en uno o más individuos, según lo señalara la constitución. Mientras que el “LEGISLATIVO”, depositado en un congreso general integrado por dos cámaras (diputados y senadores); y el “JUDICIAL”, confiado a una corte suprema de justicia y tribunales que se señalaran.
No contenía nada al respecto de las garantías individuales. Los estados serían libres y soberanos y la misma división de poderes en materia local.
4) CONSTITUCIÓN FEDERAL DE LOS E.U.M:
Publicada el 4 de octubre de 1824. La cual se regía por tener una:
A. República representativa popular y federal.
B. Religión católica, e intolerancia religiosa.
C. Establecía la división de poderes de la siguiente manera:
* El “Ejecutivo” de manera unipersonal y vicepresidente.
* El “Legislativo” bicamaral, integrado por una cámara de diputados y una de senadores.
* Y el “Judicial” integrado por una Corte Suprema de Justicia, Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito. Se contemplaba la existencia de un “Consejo de Gobierno”, mismo que entrada en funciones cuando estaba en receso el congreso general
D. No contenían ninguna mención a las garantías individuales, pero algunos de los estados libres y soberanos elaboraron, a su amparo, constituciones locales en las que se consagraban las “Libertades Individuales”.
5) BASES CONSTITUCIONALES:
Publicadas el 15 de diciembre de 1835. Las cuales proponían una:
A. República representativa popular.
B. Religión católica e intolerancia religiosa.
C. Los poderes del estado divididos de la siguiente manera:
* Ejecutivo unipersonal.
* Legislativo bicamaral.
* Judicial integrado por una corte suprema de justicia y por los tribunales que estableciera la ley.
D. No se consagraron las garantías individuales.
6) SIETE LEYES CONSTITUCIONALES:
Publicadas el 30 de diciembre de 1836. Establecían que él:
A. “Supremo Poder Conservador”, estaría constituido por cinco individuos que se notaría en el cargo; para su selección se seguiría el procedimiento de insaculación, y se tomaban en cuenta los ingresos personales. Podría declarar nulos los actos de los tres poderes, reformar la constitución y sólo respondía ante Dios y la opinión pública.
B. Mientras que los Poderes del Estado estarían divididos:
* Ejecutivo sería unipersonal.
* Legislativo bicamaral.
* Judicial formado por: corte suprema de justicia, tribunales superiores de los departamentos, tribunal
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