Historia Del Derecho Agrario
Enviado por 1333208 • 29 de Septiembre de 2012 • 2.565 Palabras (11 Páginas) • 642 Visitas
DERECHO AGRARIO.
l derecho (del latín directum) está formado por los postulados de justicia que constituyen el orden normativo e institucional de una sociedad. Se trata del conjunto de normas que permiten resolver los conflictos sociales. Lo agrario, por otra parte, está vinculado a la agricultura (los trabajos relacionados con el tratamiento del suelo, la plantación de vegetales y la transformación del medio ambiente para la satisfacción de las necesidades del ser humano).
I.I Concepto de Derecho Agrario
El jurista italiano Giorgio de Semo quien fue un precursor del estudio del derecho agrario lo define como “la rama jurídica de carácter prevalentemente privado que contiene las normas reguladoras de las relaciones jurídicas concernientes a la agricultura.”
EL argentino Raúl Mugabura da al concepto de derecho agrario una mayor amplitud y expresa que es “el conjunto autónomo de preceptos jurídicos que recaen sobre las relaciones emergentes de toda explotación agropecuaria, establecidas con el fin principal de garantizar los intereses de los individuos y de la colectividad derivados de aquellas explotaciones”
En Venezuela Ramón Vicente Casanova ha definido al derecho agrario como “el conjunto de normas y principios que regulan la propiedad territorial y asegura su función social”.
Rodolfo Ricardo Carrera apunta que la materia de derecho agrario es la “ciencia jurídica que contiene principios y normas que regulan las relaciones emergentes de la actividad agraria a fin de que la tierra sea objeto de una eficiente explotación que redunde de una mejor y mayor producción, así como en una mas justa distribución de la riqueza en beneficio de quienes la trabajan y de la comunidad nacional”.
El derecho agrario es el conjunto de normas jurídicas que regulan principalmente, el estatuto jurídico de la propiedad de la tierra, considerada esta en su nueva concepción funcional y como relación jurídica tipo y base sobre la que se asienta toda la materia agraria y la empresa como organización en su dinámica de los elementos de aquella, al servicio armónico de los agricultores y de la comunidad; todo ello en el conjunto de la ordenación y de acuerdo a las circunstancias de lugar y tiempo comprendido también cuantas disposiciones se dirija a la promulgación del referido estatuto, así como aquellas otras que tiendan a la conservación, reconstrucción y adecuando cumplimiento de los fines que por naturaleza son inherentes a las referidas instituciones de la propiedad y la empresa agraria.
Alberto Ballarin marcial dice que el derecho agrario es “el sistema de normas, tanto de derecho privado como público, especialmente destinadas a regular el estatuto del empresario, su actividad, el uso y tenencia de la tierra, las unidades de explotación y la producción agraria en su conjunto según unos principios generales de esta rama jurídica”.
En la doctrina mexicana encontramos a Martha Chávez Padrón y define al derecho agrario como “el conjunto de normas que se refieren a lo típicamente jurídico, enfocado hacia el cultivo del campo, y al sistema normativo que regula todo lo relativo a la organización territorial rustica y a las explotaciones que determine como agrícolas, ganaderas y forestales.
Antonio luna dice que es la “rama que se ocupadle orden jurídico regulados de los problemas de la tenencia de la tierra las diversas formas de propiedad y la actividad agraria que rige las relaciones de los sujetos que intervienen en las mismas”
Lucio Mendieta y Núñez por su parte afirman que el derecho agrario es “el conjunto de normas, leyes, reglamentos y dispociones en general, doctrina y jurisprudencia, que se refieren a la propiedad rustica y a las explotaciones de carácter agrícola”.
“Es una rama Derecho Social, que consiste en un conjunto de normas jurídicas que van a regular todas las relaciones derivadas del campo2.
“Es aquel que regulan la actividad que se refieren a las actividades agrícolas”.
“El derecho agrario es el conjunto de normas jurídicas que lo integran, conforman un apartado especial, autónomo, con relación a otras ramas del derecho.”
Su apartado especial se refiere al cultivo del campo a la organización territorial rustica, a las industrias agrícolas, a la propiedad, a la agricultura, a las explotaciones de carácter agrícola a la propiedad territorial y a la producción agropecuaria.
El derecho agrario tiene como finalidad garantizar los intereses de los individuos y de la colectividad; asegurar la función social de la propiedad; lograr la justa distribución de la riqueza territorial en beneficio de quienes la trabajan y alcanzar la justicia social, el bien común y la seguridad jurídica.
Se considera al derecho agrario como neutral por cuanto que pretende necesariamente. La justicia social y la armonía entre las distintas clases y núcleos de la sociedad.
“Es el orden jurídico que rige las relaciones sociales y económicas que surgen de los sujetos que intervienen en la actividad agraria.
Orden jurídico regulador de los problemas de la tenencia de la tierra, las diversas formas de propiedad y la actividad agraria que rige las relaciones de los sujetos que intervienen en las mismas.”
Se ha caracterizado como un derecho social, aunque doctrinariamente se ha ubicado dentro de la clasificación del derecho público
El derecho agrario, por lo tanto, es el conjunto de las normas, los reglamentos, las leyes y las disposiciones que regulan la propiedad y organización territorial rústica y las explotaciones agrícolas.
en otras palabras, el derecho agrario es una rama del derecho que incluye las normas reguladoras de las relaciones jurídicas relacionadas a la agricultura. esto supone que en sus formas mas básicas, los orígenes del derecho agrario se retoman mucho tiempo atrás . hay que tener cuenta , por ejemplo, que la explotación agrícola que los hombres se buelban sedentarios y comiencen a considerar la propiedad privada sobre bienes inmuebles.
• Definición
DERECHO AGRARIO (Ager - tierra).- Es una rama Derecho Social, que consiste en un conjunto de normas jurídicas que van a regular todas las relaciones derivadas del campo.
• Antecedentes
Desde la época prehispánica se tenía una organización, en la distribución de la tierra, los aztecas empleaban el calpulli, el cual es el antecedente más importante que se tiene, luego vienen las ideas más importantes de algunos ideólogos políticos, que empiezan a gestar la idea de una formalización para crear una ley especializada en materia agraria, lo que fue el antecedente para la formación del articulo 27 constitucional.
Desde las primeras formas
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