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Historia Del Derecho

johannatovar30 de Enero de 2014

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REALIZA LAS ACTIVIDADES DE LAS UNIDADES I Y II.

TEMA I:

0-Investigue que significa colonizar y explique brevemente ese proceso frente a los nativos (tainos)

-Colonizar: Convertir un país o un territorio en colonia sometiéndolo administrativa, militar o económicamente.

-Proceso de colonización de los nativos (tainos)

Cuando llegaron los españoles, los tainos de nuestra isla pasaban por una transición desde una sociedad de cazadores y recolectores, a una agricultura sedentaria.

El duro trabajo que se le demandaba a los indios y las privaciones que sufrían demostraron la naturaleza artificial del sistema de encomienda, que efectivamente operaba bajo un sistema de honor debido a la ausencia de esfuerzos por parte de las autoridades españolas.

A la población taína le fue muy mal bajo el gobierno colonial. El tamaño exacto de la población indígena de la isla en 1492 nunca ha sido determinado.

Pero estos variaban desde varios miles hasta las labores forzadas, abusos, enfermedades contra las cuales los indios no tenían inmunidad, y el crecimiento de la población mestiza contribuyeron, todos a la eliminación del Taino y de su cultura.

Ya para 1548 la población taína se había reducido a aproximadamente 500 personas, y en 1550 solamente 150 indios vivían en la isla. Las consecuencias de ello fueron profundas. La necesidad de nueva fuerza laboral para el cultivo creciente de la caña de azúcar obligó a la importación de esclavos africanos empezando en 1503. Ya para 1520, solamente se usaba la mano de obra de los esclavos africanos.

Los colonizadores solo se preocuparon en utilizar al máximo a los tainos en las explotaciones mineras y agrícolas exterminando por completo una raza cuyo sistema político y jurídico despreciaron.

Pero lo que es innegable, es que al destruir totalmente a la sociedad taina, el español barrió con toda su cultura, su religión y organización social.

1-En que consistió el contrato de las capitulaciones. pags. 21 al 23 y 27.

-El primer documento jurídico concerniente a las Indias es un contrato de puro corte medieval. Se trata de “Las Capitulaciones”. Estas pueden ser de:

Descubrimiento: cuyo fin principal es hallar algún territorio nada o poco conocido.

De conquista: donde la licencia regia es para ocupar pacíficamente o no un territorio previamente hallado.

O de población: donde el asiento autorizado por la Corona consiste en la fundación y subsiguiente población de ciertos territorios previamente descubiertos.

Estas capitulaciones fueron acordadas entre los Reyes Católicos y Colón, firmadas en Santa Fe de la Vega de Granada en fechas 17 y 30 de Abril del 1492. Mediante estos interesantes documentos, génesis del derecho indiano, Colón y los Reyes acordaron entre ellos un negocio monopolístico para el descubrimiento, población y reparto de beneficios en las empresas ultra marinas que se iban a emprender.

Mediantes las capitulaciones de Santa Fe, los monarcas de Castillas y Aragón acordaron con Colón los poderes que éste tendría en las “Islas y tierras firmes” que descubriría. Así como los títulos y privilegios que disfrutaría el Descubridor y sus herederos.

Esto se patentiza más cuando vemos pocos años después, al percatarse ellos del emporio de riquezas que resultaban ser las Indias. Empezaron a reducirle a Colón esos privilegios.

2-Que fueron las bulas inter-ceteras, pg.24

La bula Inter-Cétera, eran donaciones realizadas por el papa Alejandro VI (Rodrigo Borgía español de nacimiento). Hizo formal donación a los Reyes Fernando e Isabel, de los mares, Islas, y tierras ubicadas mas allá de una línea imaginaria que trazó a cien leguas al oeste de las Islas Azores, siempre que sobre esas islas y tierras no hubiera ya dominio de otra potencia cristiana.

El papa al ser el Vicario de Cristo en las tierras, podía disponer de ella a su antojo.

Este derecho que así se arrogaba el Pontífice no era universalmente aceptado por todos los reyes cristianos, mucho menos por los de otras religiones.

3-Cuales fueron las condiciones planteadas a Francisco Bobadilla como juez pesquisidor.pg.28 y 29.

Las condiciones planteadas al juez pesquisidor era poner freno al gobierno absoluto de Colón. Reducir drásticamente los poderes del almirante y de pacificar la Isla que se hallaba en medio de una revuelta de los propios españoles denominada la (Rebelión de Roldan). Con tres reales cédula que llevó Bobadilla se cercenó enormemente el poderío de Colón. Se destruyó prácticamente la razón social creada por las capitulaciones y se eliminó toda posibilidad del establecimiento de feudos en las nuevas tierras descubiertas, afianzándose la autoridad real. En síntesis se paso de una empresa mercantil-descubridora a una colonización gubernamental.

4-Elabore un esquema destacando las características de los primeros ensayos jurídicos al momento de la colonización.

CARÁCTER GENERAL

ENSAYOS JURIDICOS

5-Elabore un mapa conceptual sobre las características del derecho indiano en cuanto a: gobierno, gobernador, justicia, residencia y visita y la real hacienda. pgs. 45 al 69.

El Derecho indiano es aquel derecho que rigió en las Indias Occidentales durante el período de dominación de la Corona Española..

También nos referimos a él como "Leyes de Indias" o "Derecho especial de Indias", definiéndolo como un conjunto de leyes y disposiciones de gobierno promulgadas por los reyes y por otras autoridades subordinadas a ellos para establecer un régimen jurídico especial en las Indias.

Y en su sentido amplio, lo podemos definir como el "Conjunto de reglas jurídicas aplicables en Indias". Es decir, además de la legislación especial de Indias, el Derecho Indiano en sentido amplio incluye al Derecho Castellano, la costumbre índigena, las Bulas pontificias, las Capitulaciones entre la Corona y los descubridores y colonos, y la costumbre criolla.

El derecho indiano presenta las siguientes características: podían ser, la corona hispanoamericana y el sol.

• Es un derecho esencialmente evangelizador: El Papa les había entregado estas tierras a los Reyes Católicos con la condición de que debían evangelizar estos territorios.

• Es un derecho asistemático: La legislación indiana posee una aparente falta de sistematización, es decir, carece de unidad, son normas dispersas sin una sistemática (ajeno a la teorización). Se trató de poner un poco en orden con la famosa "Recopilación de leyes de Indias" del año 1680.

• Es un derecho casuístico: Esto es porque las normas que emanaban desde la península ibérica no incidían de forma automática en el Nuevo Mundo, ya que estas normas eran revisadas por las autoridades americanas, y si a juicio de estas aquellas resultaban injustas, se le solicitaba al Rey que las revisara.

• Es un derecho en que tiende a predominar el derecho público por sobre el derecho privado: Principalmente se refería a normas administrativas tales como la organización de los Virreinatos, Gobernaciones, Reales Audiencias, etc.

• Es un derecho que tendía a la protección del aborigen: Esto en virtud de los abusos cometidos por los conquistadores.

• Es un derecho fundamentado en el Principio de Personalidad del Derecho: Este Derecho considera las circunstancias personales de los súbditos, es decir, a cada individuo se le aplica el derecho indiano de acuerdo a sus circunstancias personales, a fin de dar a cada cual lo que le corresponde. Se distingue entre razas, estatus nobiliario, profesión u oficio, etc.

• Es un derecho íntimamente ligado a la moral cristiana y al Derecho natural: La moral tuvo especial relevancia para solucionar todos tipo de problemas. En este derecho se disponía que predomina el Derecho natural por sobre el Derecho positivo.

MAPA CONCEPTUAL DE LAS CARACTERISTICAS DEL DERECHO INDIANO.

6- Elabore un esquema destacando los aspectos del derecho privado.. pgs. 70 al 93.

TEMA II

EL PRIMER DERECHO DOMINICANO.

2.1GENERALIDADES

Destaca los elementos jurídicos establecidos en el manifiesto de enero de 1844.

El 16 de enero de 1844, fue redactada por don Tomás Bobadilla, la Manifestación de los pueblos de la parte este de la isla, denominada antes Española o de Santo Domingo, en la que se enunciaban las causas de su separación de la República haitiana. Esta Manifestación sería la ley que regiría la república proclamada, hasta que se promulgara su constitución.

Ante el temor de algunos dominicanos de raza negra o mestiza de que la separación de Haití pudiera traer de nuevo los días de la esclavitud, la Junta enfáticamente proclamo en su primer decreto, el 1ro. De marzo de 1844 ´´que la esclavitud ha desaparecido para siempre del territorio de la Republica Dominicana y que el que propague lo contrario será considerado como delincuente, perseguido y castigado si hubiere lugar´´, confirmado así uno de los postulados del Manifiesto del 16 de enero.

Por otra parte, fue necesario mantener en vigencia las leyes haitianas, hasta tanto se dictaran las dominicanas, pues de lo contrario no funcionarían los tribunales,

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