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Historia Del Trabajo


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2014  •  11.118 Palabras (45 Páginas)  •  219 Visitas

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La historia y evolución del Derecho laboral individual peruano: desde la Constitución Política de 1823 hasta la fecha

1. Los albores

Con la independización y la creación de la República del Perú, se dio lugar a uno de los Estados más maravillosos, cuya historia es rica e inmensa, y esto básicamente se debe a que ello se asienta sobre la base de las distintas perspectivas que se le pueden dar, siendo una de ellas la jurídica, y dentro de ella la referente al Derecho del trabajo.

Los albores en nuestro país no solo se han caracterizado por la promulgación continúa y constante de diversas Constituciones con las que los gobernantes de turno pretendieron imponer una serie de disposiciones convenientes para ellos, sino también por la indigente regulación sobre derechos fundamentales.

Teniendo como punto de partida a la Constitución Política del Perú de 1823, esta incipiente República se caracterizó por su casi inexistente regulación sobre el particular, y su orientación hacia temas coyunturalmente más susceptibles. Sin embargo, hay que recalcar que en dicha norma fundamenta se aborda un tema de suma relevancia directamente relacionada con el Derecho del trabajo: la abolición de la esclavitud.

La erradicación formal de la esclavitud –y la aparición de una esclavitud disimulada– no dio lugar –por supuesto– a la eliminación del trabajo forzoso[1], más aún cuando durante la primera mitad del siglo XIX la economía peruana tuvo un carácter predominantemente feudal y agrícola, todo ello caracterizado por las pequeñas ciudades, y una actividad comercial y artesanal minúscula.

Autores de la época dan cuenta de ello cuando señalan que “la diferencia entre la agricultura de la costa y la agricultura de la sierra aparece menor en lo que concierne al trabajo que en lo que respecta a la técnica. La agricultura de la costa ha evolucionado con más o menos prontitud hacia una técnica capitalista en el cultivo del suelo y la transformación y comercio de los productos. Pero en cambio, se ha mantenido demasiada estacionaria en su criterio y conducta respecto al trabajo. […]. En la costa peruana el trabajador de la tierra, cuando no ha sido el indio, ha sido el negro esclavo, el culí chino, mirados, si cabe, con mayor desprecio. En el latifundista costeño, han actuado a la vez los sentimientos del aristócrata medieval y del colonizador blanco, saturado de prejuicios de raza”[2].

Dos años después se promulgó la Constitución Política de 1826, norma que se encontraba exenta de regulación laboral y, en lo más mínimo, no contenía disposición alguna sobre derechos laborales.

Posteriormente, aparece la Constitución Política de la República peruana de 1828, norma suprema que mediante su artículo 158º dispuso que “todos los ciudadanos pueden ser admitidos a los empleos públicos, sin otra diferencia que la de sus talentos y virtudes”. Esta disposición puede ser considerada como uno de los bastiones de los actuales derechos-principios fundamentales de igualdad de oportunidades sin discriminación, de acceso al empleo en función del mérito y de progresividad.

Seguidamente, la Constitución Política de la República Peruana de 1834 reguló de manera genérica algunas disposiciones de índole laboral. Así, en primer lugar, a través de su artículo 159º contuvo una regulación idéntica a la de la Constitución precedente, de manera que se indicaba en dicha norma que “todos los ciudadanos pueden ser admitidos a los empleos públicos, sin otra diferencia que la de sus talentos y virtudes.

Y, en segundo lugar, estableció dos nuevas disposiciones de connotación laboral. Así, en su artículo 162º se establecía que “es libre todo género de trabajo, industria o comercio, a no ser que se oponga a las buenas costumbres o a la seguridad y salubridad de los ciudadanos, o que lo exija el interés nacional, previa disposición de una ley”, y en su artículo 170º se indicó que “no se reconocen empleo ni privilegios hereditarios, ni vinculaciones laicales”.

Estas dos últimas normas son de especial relevancia, en tanto comienza a delimitarse de alguna manera lo que actualmente conocemos como la libertad de trabajo y la desaparición del privilegio laboral o igualdad de oportunidades, aunque evidentemente todo ello con las limitaciones y restricciones sociales, económicas y culturales enmarcadas en ese entonces.

Es precisamente esta misma visión la que caracteriza a la Constitución Política de la República Peruana de 1839, y ello es claro a partir de la lectura de sus artículos 161º, 163º y 169º, en los que se reitera casi idénticamente lo regulado por la norma fundamental que le precedió.

Muy parecida es la regulación recogida en la siguiente Constitución de la República Peruana, esto es, la de 1956, pues en su artículo 6º se establece que “en la República no se reconoce privilegios hereditarios, ni fueros personales, ni empleos en propiedad”, y en su artículo 9º se señala que “es libre todo trabajo que no se oponga a la moral, seguridad, o salubridad pública”.

Finalmente, las Constituciones Políticas del Perú de 1860 y 1967 ofrecieron una regulación minúscula con relación a las que les precedieron, pues de alguna manera solo se acercaba a lo que hoy conocemos como libertad de trabajo cuando en los artículos 23º y 22º respectivamente se señaló que “puede ejercerse libremente todo oficio, industria o profesión que no se oponga a la moral, a la salud ni a la seguridad pública”, y que “puede ejercerse libremente toda industria o profesión que no se oponga a la moral, seguridad o salubridad pública”.

Hasta este punto, queda bastante claro que la regulación constitucional sobre el Derecho del trabajo era casi inexistente, y ni que decir respecto de normas de inferior jerarquía. Y esto era el reflejo de la coyuntura social, económica y política en un contexto en el cual no es hasta fines del siglo XIX en que recién empiezan a aparecer las primeras industrias en el país, ello en razón de la consolidación de hacendados y comerciantes, y de la inversión extranjera, lo que supuso la instalación de fabricas de tejidos, de un mayor comercio de productos agrícolas, de industrias dedicadas a la extracción de metales canalizadas por la implementación de líneas férreas, entre las principales.

2. Desde la Constitución para la República del Perú de 1920 hasta la Constitución Política del Perú de 1979[3]

Los inicios del siglo XX traen consigo la aparición de las primeras organizaciones sindicales, básicamente provenientes del ramo textil. De esta manera, empezaron a suscitarse

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