Historia arquitectónica Tolosa
Enviado por mariapeir • 3 de Diciembre de 2016 • Trabajo • 2.759 Palabras (12 Páginas) • 212 Visitas
LA FUNDACIÓN DE TOLOSA_1256 |
La Corona de Castilla funda a lo largo de la primera mitad del siglo XIII una serie de villas marítimas en Gipuzkoa, con una clara política de explotación de la línea de costa, y a mediados del mismo siglo, en 1256, Alfonso X El Sabio otorga las cartas puebla de Ordizia, Segura y Tolosa, tres emplazamientos interiores situados a lo largo de la frontera con el reino de Navarra (que tras la incorporación de Gipuzkoa a Castilla en 1200 se había convertido en país extranjero), en una estrategia defensora de los dominios propios, garantizando a la vez la conexión de Castilla con Gascuña y con sentido infraestructurador del territorio.
El origen de la fundación de las villas es además, en muchos casos, la necesidad de protección de la amenaza permanente de parientes mayores y señores de linaje sometidos sólo a su propia ley.
Cuando decimos que Tolosa se funda en 1256, no significa que el territorio estuviera despoblado hasta entonces, sino que ya había casas aisladas y caseríos que se extendían por el valle, montes y laderas, y la población tenía su gobierno propio o manera de administrarse, pero no había una agrupación de edificios que constituyera el núcleo de la población, amurallado o delimitado por puertas, entradas, etc., ni un status jurídico que lo definiera.[pic 1]
De hecho, está documentado que la Orden de San Juan de Jerusalén tenía una encomienda en la villa en Arramele. Y aunque no hay pruebas documentales de su papel, parece inevitable la capacidad de incidencia de esta organización religiosa y militar, de probada y eficaz capacidad gestora, ante la aglomeración urbana incipiente que se estaba formando en la vega media del Oria, y es más que probable que no se mantuviera pasiva ante el embrión urbano en formación junto a su ermita. Su intervención es avalada también por la relevancia que tomó en la institucionalización de la villa el Fiel de la Cofradía de San Juan de Arramele, que compartió con el alcalde la autoridad en el gobierno de la misma, con atribuciones casi tan amplias como aquel. Incluso hoy en día perduran la presencia del fiel, aun sin poder, y de la ermita de Arramele en las fiestas de San Juan.
El concepto de “villa” es precisamente el de un status jurídico especial, privilegiado. A este status se llegaba por medio del documento fundacional llamado carta puebla. Las normas jurídicas por las que se rige una villa son las indicadas en su carta puebla.
La carta puebla de Tolosa otorga a sus pobladores el fuero de Vitoria, conocido en la legislación medieval por su carácter avanzado. Éste se basa a su vez en el fuero de Logroño, también considerado progresista, que fue aplicado con ciertas mejoras a la antigua Gasteiz.
El fuero de Vitoria que rigió en Tolosa y en las villas del interior de Gipuzkoa (en la costa rigió por lo general el de San Sebastián) se caracteriza por estos aspectos:
- Garantías de los derechos individuales, tales como la inviolabilidad del domicilio. Todos los vecinos eran libres. No podían ser detenidos por delito alguno siempre que entregaran fianza. Estaba prohibido aplicar tormento
- Exenciones: del servicio militar y de impuestos
- Aprovechamiento libre de los montes comunales
- Elección de alcalde
Además, en años posteriores le fueron concedidos a la villa una serie de privilegios, dada su posición estratégica y a fin de que aumentara su población, tales como exenciones de impuestos (como la fonsadera, el portazgo en la mayoría de las villas del reino de Castilla, el pedido, los yantares) y derechos sobre mercancías que obligatoriamente se hacían pasar por Tolosa, donde se estableció una aduana.
Concedida la carta puebla, comienza el desarrollo de la villa como institución que se rige a si misma y toma las riendas de sus atribuciones y las necesidades a las que ha de dar curso: elaboración de sus propias ordenanzas de funcionamiento interno, construcción de la muralla, establecimiento de molinos, hornos, tejerías y demás servicios públicos, abastecimiento de la población, etc.
Edificios catalogados parte vieja_ Patrimonio Urbanístico
Bienes inmuebles de interés supramunicipales.
LA MURALLA |
Como consecuencia de la Carta-puebla, en el cuerpo de la ciudad se experimentaría previsiblemente un incremento de ocupantes con la consiguiente organización de más solares, pero la principal novedad que va a acarrear tal hecho para la concentración que se estaba formando en la isla la construcción de la cerca.
El emplazamiento de la villa debía cercarse como forma de convertirlo en lugar seguro y protegido. El significado de esta seguridad se encontraba en impedir que la vecindad fuera fácilmente atacable por los señores feudales del entorno o defenderla de la invasión de los navarros, presentándose como plaza fuerte o lugar de refugio y defensa. Como la función de la ciudad se afianzará sobre el transito comercial, la cerca también ha de hacer función de barrera para controlar la entrada y salida de mercancías de la misma. En Tolosa, el aislamiento del emplazamiento de la población debía facilitar las cosas, a estos efectos.
La construcción de la cerca se hubo de emprender, prologándose durante décadas, aunque no se conoce información precisa. Sí se sabe que fue una tarea dificultosa, ya que se sucedieron privilegios reales para conseguir tal cercado. Pero lo que resultó más destacable es la condición singular de la obra en el rango de entidad que podía tener la población en aquella época, por su tamaño (de gran longitud, aunque su entidad fue variable), su carácter de obra común y su condición de límite entre lo que está y no está sometido al Fuero y a los privilegios reales.
Es en 1959, a sólo tres años de la Carta-Puebla, cuando el Rey Alfonso X concede la exención de impuestos para que se pueble mejor y cerque la villa de Tolosa.
La cerca delimitaba, consolidaba y protegía el territorio rodeado por el agua en la isla artificial formada por el río Oria y el canal Erretengibel. era una obra añadida al límite marcado por el agua, que confirmaba el terreno respecto a los efectos de erosión del agua y al régimen variable del río, y que dificultaba el acceso al interior del recinto salvo por los lugares establecidos para las puertas.
La construcción de la cerca representó una importante obra de consolidación física del emplazamiento de la ciudad, que lo defendía no sólo de los ataques de otros hombres sino también de la permanente amenaza de las crecidas del río. Hay que tener en cuenta que el emplazamiento elegido para la ciudad era tan estratégico como vulnerable, ya que la pequeña pendiente que presentaba el valle del Oria en esta zona y la proliferación de cuencas afluentes, unidas al particular régimen del río, favorecían los desbordamientos ocasionales.
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