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LA MUJER ANTE LA LEY A TRAVÉS DE LA HISTORIA.


Enviado por   •  11 de Marzo de 2014  •  1.997 Palabras (8 Páginas)  •  269 Visitas

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LA MUJER ANTE LA LEY A TRAVÉS DE LA HISTORIA.

Desde la prehistoria, las mujeres, como los varones, han asumido un papel cultural particular. En sociedades de caza y recolección, las mujeres casi siempre eran las que recogían los productos vegetales, mientras que los varones suministraban la carne mediante la caza. A causa de su conocimiento profundo de la flora, la mayor parte de los antropólogos creen que fueron las mujeres quienes condujeron las sociedades antiguas hacia el Neolítico y se convirtieron en las primeras agricultoras.

En el antiguo Egipto las mujeres tuvieron gran libertad de movimientos. Podían ejercer multitud de oficios, andar libremente por las calles, comprar y vender, recibir herencias y tener acceso a la educación, aunque las campesinas desarrollaban un trabajo extremadamente duro.

En Mesopotamia las mujeres no estaban sometidas a los hombres, sino que gozaban de un cierto estatus de igualdad. En el famoso Código de leyes de Hammurabi las mujeres disfrutaban de importantes derechos, como poder comprar y vender, tener representación jurídica o testificar libremente.

La posición de la mujer en la antigua Grecia no fue muy positiva. Para el filósofo Aristóteles, la mujer no era más que un hombre incompleto y débil, un defecto de la naturaleza. La mujer fue considerada como un ser sin terminar al que había que cuidar, proteger y guiar, lo que implicaba su sometimiento total al varón y su alejamiento de la vida pública en la que no podía participar. Las muchachas se casaban a los 14 años con hombres mucho mayores que ellas. Era el padre quien le encontraba marido y discutía la dote. Ella pasaba a ser propiedad del marido como antes lo había sido de su padre y en caso de enviudar de su hijo. La educación de las mujeres estaba orientada a su función como esposa. Las niñas aprendían a hilar y tejer, música y a tocar la lira. Su educación terminaba con el matrimonio. Una vez casada, el marido recluía a su esposa en una parte de la casa apartada del exterior o la vida social que él llevaba. Allí vivía con sus hijos y sirvientas tejiendo sus propios vestidos y preparando los alimentos para el esposo. Nunca salía de la casa, pues al mercado iban las esclavas. Las ciudadanas de Atenas se dedicaban exclusivamente a la casa y al cuidado de los hijos. Por su parte, las mujeres más libres eran las prostitutas, que no estaban sometidas al régimen riguroso de las demás mujeres. La división de la sociedad griega era muy clara: el mundo de la política y la libertad estaba reservado a los hombres y el de la casa a las mujeres. En algunas ciudades como Esparta, dado su carácter guerrero y la ausencia prolongada de los hombres, las mujeres gozaron de mayor libertad: estudiaban música, hacían gimnasia, competían como atletas e incluso algunos casos de adulterio les estaban permitidos.

Las mujeres romanas disfrutaban de mayor libertad que las griegas, pero la participación política y ciudadana les seguía estando vetada. En la antigua roma aparece el derecho escrito en la ley de las doce tablas donde establece la autoridad del “pater familias” como único titular de derecho, la mujer aparece privada de toda capacidad jurídica y pasa, tras el matrimonio, de la potestad del padre a la del marido. Luego aparece el código de justinianio en donde la mujer es considerada como una cosa o res pública.

Las mujeres en la edad media: el Medievo es la gran época oscura y medio bárbara de opresión de los «menudos» por un puñado de feudales, de los hombres por la Iglesia y de las mujeres por todos… en esa época existía el «ius primae noctis» o derecho de la primera noche, vulgarmente llamado derecho de pernada. Este derecho existió efectivamente, escrito u oral, en el corpus jurídico medieval. En la práctica, no se atestigua más que en la época en que" se ha convertido a menudo en el pago de una cierta cantidad monetaria al señor por el campesino que se casa; en los casos en que este derecho señorial no fue transformado en un censo más, la «ceremonia» consistía en que el señor -literalmente- franqueaba de una zancada el cuerpo de la novia y recibía a cambio un par de gallinas o un bote de miel.

El Derecho medieval, heredero del Derecho romano y del Derecho germánico, y cuyo ejemplo más elaborado es el derecho feudal, a pesar de sus variedades y divergencias, suele considerar a la mujer como a un ser menor de edad, «incapaz» en general. En los países de derecho oral basado sobre las costumbres, quizás más emparentado con la legislación germánica, no se reconoce la tutela paterna sobre la mujer mayor de edad, pero sí la potestad marital. En los países de derecho escrito -que corresponden a la Europa meridional: Italia, Península Ibérica, Sur de Francia-, a la «potestas» del padre sigue la del marido. La mujer, en la mayoría de los casos, no puede disponer de su fortuna, administrar sus bienes, o presentarse ante un tribunal; para cualquiera de estas gestiones, la presencia de un hombre -padre, marido, hermano o tutor- es imprescindible. Esta incapacidad jurídica total de la mujer puede parecernos muy arcaica; no olvidemos, sin embargo, que hace poco más de siglo y medio, el llamado Código Napoleónico la consagraba y le daba una nueva vida, que perdura 10davía en sus líneas maestras.

La Edad Moderna

Durante toda la Edad Moderna, se mantuvo en vigor una serie de principios que, en determinados aspectos, atribuyeron a la mujer un status jurídico diferente al de los varones.

Se trata, en su casi absoluta mayoría, de principios de estirpe romana, puestos en circulación por todo Occidente desde mediados del siglo XIII en el seno de una corriente de renovación jurídica que, protagonizada por las Universidades, se caracterizó por su desprecio hacia los derechos tradicionales procedentes de la Alta Edad Media, primitivos y toscos, y por la exaltación sin límites del Derecho justinianeo, más técnico y científico, considerado ahora como la razón escrita.

Bastantes de estos principios cristalizarán en

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