Ley De La Mujer
Enviado por ggcammm • 8 de Mayo de 2013 • 2.215 Palabras (9 Páginas) • 606 Visitas
Ley Orgánica sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia
Introducción
La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia contempla, entre otras cosas, la protección a la dignidad e integridad física, psicológica, sexual y jurídica de las mujeres objeto de violencia, en los ámbitos públicos y privados, así mismo a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que puedan disponer las administraciones públicas, central, estatal y municipal.
Historia
A finales de los años 70 comienza a salir a la luz pública la violencia doméstica como un problema de impacto social. En la década de los 90 se retoma como un objeto de estudio, principalmente bajo el impulso del Decenio de Naciones Unidas para la Mujer (1975-1985), que contribuyó poderosamente a sacar a la luz este problema
En Venezuela, los movimientos de mujeres, con su accionar sistemático y permanente en el tiempo, han obtenido logros importantes en el reconocimiento de sus derechos. Sin embargo, es en el año 1999, con la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuando se obtiene el mayor logro que marca un hito en la historia de luchas de las mujeres en nuestro país, al visibilizar a las mujeres e incluir la perspectiva de género en la Carta Magna. sin embargo, ello no es suficiente, y se inician procesos de reforma y elaboración de las leyes necesarias para hacer real y efectivo ese reconocimiento de los derechos de las mujeres, contenidos en nuestra Constitución.
La Asamblea Nacional, a través de la Comisión Permanente de Familia, Mujer y Juventud, se abocó a dar respuesta legislativa a las carencias de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, aprobada en el año 1998, la cual fue un paso importante en la lucha de las venezolanas por sus reivindicaciones.
Pero la complejidad del fenómeno social que se intentó abordar con el instrumento legal superó en la práctica sus alcances, y los contenidos de la norma no encajaban dentro del marco institucional de un Estado democrático y social de derecho y de justicia, que promueve como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación: la vida, la justicia, la libertad y la igualdad, contemplados en la Carta Magna del 1999.
Ya para el 19 de marzo de 2007, entra en vigencia la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, derogando la Ley Contra la Violencia Hacia la Mujer y la Familia.
CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES
Objeto
Artículo 1.La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa democrática, participativa, paritaria y protagónica.
Supremacía de esta Ley
Artículo 10.Las disposiciones de esta Ley serán de aplicación preferente por ser Ley Orgánica.
CAPÍTULO III DEFINICIÓN Y FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Definición
Artículo 14.La violencia contra las mujeres a que se refiere la presente Ley, comprende todo acto sexista que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o la privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado
Formas de violencia
Artículo 15.Se consideran formas de violencia de género en contra de las mujeres, las siguientes:
1. Violencia psicológica: Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio.
2. Acoso u hostigamiento: Es toda conducta abusiva y especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una mujer que pueda atentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.
3. Amenaza: Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él.
4. Violencia física: Es toda acción u omisión que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer, tales como: Lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física.
5. Violencia doméstica: Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines.
6. Violencia sexual: Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.
7. Acceso carnal violento: Es una forma de violencia sexual, en la cual el hombre mediante violencias o amenazas, constriñe a la cónyuge, concubina, persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, por alguna de estas vías.
8. Prostitución forzada: Se entiende por prostitución forzada la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la
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