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LECTURA: ¿DEBE EXIGIRSE TÍTULO A LOS PROFESORES DE INSTRUCCIÓN PRIMARIA?


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  597 Palabras (3 Páginas)  •  429 Visitas

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La lectura nos menciona que el artículo constitucional pudiera enunciarse en términos equivalentes a los que uso el legislador constituyente, de este modo: las profesiones son libres o no, según la ley lo permita; solo una es enteramente libre: la profesión de maestros, porque la enseñanza es libre. Este es el verdadero espíritu del artículo 3° de la Constitución.

Nos menciona que la enseñanza es libre, pero la instrucción es obligatoria; todas las profesiones son libres para su ejercicio, exceptuando la profesión del maestro de escuela elemental.

El señor Pérez Verdía en su discurso afirma que es necesario distinguir entre enseñar una profesión y ejercerla; en el artículo 3° se trata de la enseñanza de la profesión y en el 4° se trata del ejercicio de las profesiones. La diferencia es muy sutil y abstrusa. Indudablemente enseñar es ejercer la profesión de enseñar y es seguro que bajo los dos conceptos estas palabras tienen el mismo significado.

Por lo tanto la autoridad administrativa en sus facultades naturales congénitas tiene la de velar por los intereses públicos y en este sentido podrá impedir todos los abusos con que nos amedrentaba el señor Aguilar.

Es deber del gobierno y los gobiernos locales velar por la ejecución del programa obligatorio de enseñanza, para tener completa satisfacción en todos nuestros deseos. El programa obligatorio debe observarse, desde el punto que debe enseñarse bien, desde el momento en que es preciso presentar una prueba de que el programa se ha cumplido y desde el punto en que se los maestros tengan o no un título.

La teoría del señor Pineda es ésta: el estado no tiene más funciones que las de orden y de justicia, para la cual tiene la fuerza; es pues un papel de gendarme y de juez, se trata de una teoría sociológica. Pues bien ni aun en este terreno puede sostenerse la teoría, si es posible que haya una ciencia social, evidentemente es porque la sociedad está sometida a leyes fijas, como cualquier otro organismo y si la sociedad es un organismo sometido a leyes fijas, entonces quiere decir que debe tener una vida propia, una vida diferente de las celdillas o de los individuos que forman su unidad fundamental.

Si la sociedad es un organismo, el estado desempeña el papel de órgano de los intereses comunes, de órgano de la totalidad y desde el momento que la totalidad está bajo la inspección y vigilancia del estado, desde el momento que los derechos de todos pueden tener un representante en este órgano especial que se llama estado, tiene la función de civilizador, de promotor de la evolución, la de creador por medio de la educación, la de coordinador de estas actividades para encaminarlas hacia un fin general.

Todo esto se debe realizar a través de la educación; la educación en todas sus manifestaciones, la educación científica por consiguiente, la que hace de la ciencia un supremo factor de progreso;

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