ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Constitucion


Enviado por   •  20 de Julio de 2014  •  1.366 Palabras (6 Páginas)  •  173 Visitas

Página 1 de 6

Estructura de las constituciones:

Es frecuente dividir el contenido de toda constitución en dos partes que identificamos como parte dogmática y parte orgánica. Se habla de parte dogmática para referirse a los aspectos que establecen los principios fundamentales del régimen político y declaran los derechos y libertades del ciudadano. Por el contrario, se llama parte orgánica a la que recoge todo lo relativo a la distribución del poder entre los distintos sujetos, la que se preocupa de regular cuáles son los órganos constitucionales, las relaciones trabadas entre ellos y el reparto de funciones y competencias.

Esta clasificación tradicional de la estructura de las constituciones se ha completado con otra realizada por Sir Walter Bagehot que distingue las Dignified Parts (partes solemnes de la constitución) y las Efficient Parts (partes eficientes de la constitución). Las partes solemnes son las que estimulan y conservan el respeto del pueblo al texto constitucional, mientras que la parte eficiente se conecta a aquellas instituciones gracias a las cuales el sistema funciona, actúa y regula la realidad social.

3-Tipología de las constituciones.

- Criterios para la clasificación:

Origen: en virtud de ese criterio podemos distinguir:

Constituciones espontáneas que son aquellas que surgen de movimientos políticos libres de los habitantes de un Estado o de sus élites políticas. Por ejemplo: la Constitución de Estados Unidos de 1787.

Constituciones impuestas, que son aquellas que surgen como consecuencia de una exigencia política exterior al Estado, normalmente en un período de ocupación militar o tras la derrota en un conflicto bélico, podemos citar la Ley Fundamental de Bonn de 1949.

Constituciones otorgadas, son aquellas originadas por un acto de autolimitación de un gobernante soberano, normalmente un monarca absoluto, siendo su diferencia con las impuestas el hecho de que la concesión de la constitución la realiza un gobernate estatal, un ejemplo es el Estatuto Real de 1834.

Constitución pactada, su origen radica en el acuerdo entre distintos sujetos, ya sea el monarca y el pueblo, entre distintos territorios o entre distintas facciones políticas, por ejemplo la Constitución española de 1978.

Criterio ontológico: nos remite a Loewenstein. La ontología es una parte de la metafísica que se ocupa del ser. La clasificación ontológica realizada por este autor distingue entre constituciones normativas, nominales y semánticas.

El epicentro de esta clasificación radica en dilucidar el grado de proyección de la constitución en la realidad.

Constituciones normativas, son aquellas que se realizan efectivamente, es decir, que se cumplen por gobernantes y gobernados y cuyos mandatos dominan el proceso político en el sentido de que el proceso del poder se adapta a las normas constitucionales y se somete a ellas, por ejemplo la vigente Constitución Española de 1978.

Constitución nominal, es aquella en que en un determinado momento no está aplicada en su integridad, no es obedecida por todos y su existencia suele circunscribirse a un período de transición política hasta regímenes democráticos, por lo que es frecuente atribuir a estas constituciones una función pedagógica y formativa.

Constituciones semánticas, esta categoría se reserva para aquellos supuestos en los que podemos sostener que existe una perversión de la constitución y en el que la misma se utiliza no para limitar el poder ni para garantizar las libertades de los ciudadanos sino para dar legitimidad y cobertura legal a la dominación política de un dictador, por ejemplo: las Leyes Fundamentales del Franquismo.

Criterio de reforma de la constitución, en este criterio tenemos un autor británico, Bryce, que distingue entre constituciones rígidas y constituciones flexibles.

El criterio utilizado es la relación de cada constitución con las leyes ordinarias y con la autoridad ordinaria que las dicta.

Constituciones rígidas son aquellas constituciones que sólo pueden renovarse mediante un procedimiento especial y más complejo que es necesario para reformar las constituciones ordinarias. De esta manera, se garantiza la supremacía formal de la constitución sobre cualquier otra norma que por tanto nunca derogar o contradecir lo regulado en la constitución. Es frecuente que los instrumentos de rigidez se refieran a recurrir a consultas populares (referéndum) y a conciliar un apoyo en el caso de los Estados Compuestos, no sólo del conjunto de los ciudadanos del Estado, sino también de las unidades constituyentes del mismo.

Constituciones flexibles son

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com