La ley 134 de 1994: formas de participar democráticamente en el ejercicio de sus derechos
Enviado por feropo • 31 de Marzo de 2013 • Informe • 605 Palabras (3 Páginas) • 695 Visitas
Estas son las formas de participar democráticamente en ejercicio de sus derechos, LEY 134 DE 1994.
El Voto
Acto mediante el cual un ciudadano participa de manera activa en la elección de las personas que quieren que las representen o en la adopción de una decisión, pronunciándose en uno y otro sentido.
De acuerdo con la forma en que usted deposite su voto, éste puede ser valido, nulo o en blanco.
Un voto valido es cuando el elector marca una sola equis (X) en la tarjeta electoral (tarjetón) correspondiente y por el candidato de sus simpatías.
El voto nulo es cuando se marca más de una casilla o candidato. Puede darse el caso de que la persona no marque ninguna opción. En tal situación, el voto no tiene validez pero sí debe anotarse en el acta.
El voto en blanco es otra opción que se le presenta al ciudadano cuando ninguno de los aspirantes satisface sus expectativas. Para el voto en blanco hay una casilla especial en la tarjeta electoral (tarjetón) que puede ser marcada con una equis (X). Es un voto valido que tiene efectos para determinar, por ejemplo, el cociente electoral.
El Plebiscito
Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República para apoyar o rechazar una determinada decisión del ejecutivo. El mas famoso plebiscito en la historia reciente fue el que abrió las puertas al Frente Nacional.
El Referendo
Es la convocatoria que se le hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o derogue o no una norma ya vigente. Ese referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.
El Referendo Derogatorio
Es cuando se coloca a consideración del ciudadano el sometimiento de un acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local, en algunas de sus partes o en su integridad, para que el pueblo decida si la deroga o no.
El Referendo Aprobatorio
Es cuando se coloca a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o rechaza, total o parcialmente, el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local y una iniciativa popular que no haya sido aprobada por la corporación pública correspondiente.
La Consulta Popular
Es la institución mediante la cual una pregunta de carácter general sobre un asunto de transcendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local es sometida por el Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.
En todos casos, la decisión del pueblo es obligatoria.
Cuando la consulta se refiera a la conveniencia de convocar a una Asamblea Constituyente, las preguntas serán sometidas a consideración popular
...