La seguridad social en México no se limita a la atención médica-hospitalaria que reciben los derechohabientes
Enviado por chikiandy • 10 de Julio de 2017 • Apuntes • 669 Palabras (3 Páginas) • 184 Visitas
La seguridad social en México no se limita a la atención médica-hospitalaria que reciben los derechohabientes, como la mayoría de las personas lo perciben, ésta abarca mucho más. La Ley del Seguro Social (LSS) contempla dos regímenes de aseguramiento: El Régimen Obligatorio y el Régimen Voluntario.
El Obligatorio se da cuando existe una relación laboral patrón-trabajador, donde el patrón está obligado a asegurar a sus trabajadores a este régimen, el cual contempla seguros como enfermedad y maternidad, invalidez y vida, riesgos de trabajo, guarderías y prestaciones sociales, retiro, cesantía y vejez, los cuales tienen un propósito definido.
Seguro de enfermedad y maternidad. Este seguro protege al trabajador y beneficiarios del mismo, cuando ocurre una enfermedad o accidente que no sea de trabajo; cubre la maternidad de las Aseguradas o Beneficiarias y recibe prestaciones en especie para el asegurado como atención médica quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. Prestaciones económicas como pago de subsidio por enfermedad, que corresponde a 60% del Salario Base de Cotización (SBC) del último salario que cotizó. Este subsidio se pagará a partir del cuarto día.
El requisito para otorgar este subsidio es que se haya cubierto por lo menos cuatro cotizaciones semanales inmediatas anteriores a la enfermedad.
Para la cobertura del seguro de maternidad, además de la atención médica y hospitalaria, se otorgará ayuda de lactancia por seis meses y canastilla al nacer el hijo, cuyo importe será señalado por el Consejo Técnico. Este subsidio se otorgará a 100% del último salario de cotización durante 40 días y dos días anteriores al parto, además de 42 días posteriores. El único requisito para otorgarlo es que la asegurada haya cubierto 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses a la fecha que debiera comenzar el pago del subsidio.
Seguro de invalidez y vida. Este seguro corresponde a la invalidez y la muerte del Asegurado o del Pensionado, por invalidez que se deriva de un accidente no de trabajo o cuando se tiene una enfermedad no profesional. Esta invalidez ocurre cuando se determinó una incapacidad permanente y el trabajador se halle imposibilitado para procurarse mediante un trabajo igual a una remuneración superior a 50% de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo.
El asegurado está cubierto por una pensión de cesantía cuando queda inválido en algún porcentaje, así como también de asistencia médica-hospitalaria que incluye a sus beneficiarios, asignaciones familiares y ayuda asistencial. Adicionalmente se cuenta con un seguro de vida para sus beneficiarios en caso de que el inválido fallezca. El requisito para poder gozar de esta prestación es que el trabajador cotizara al menos 200 semanas; cuando la invalidez es de 75% o más sólo se requieren 150 semanas de cotización.
Seguro de riesgos de trabajo. El trabajador
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