Ley De Desarrollo Urbano Del Estado De Guerrero
Enviado por nenadesing • 30 de Abril de 2012 • 1.987 Palabras (8 Páginas) • 918 Visitas
LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE GUERRERO NUMERO 211.
RENE JUAREZ CISNEROS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Guerrero, a sus habitantes, sabed
Que el H. Congreso Local, se ha servido comunicarme que,
El Pleno de la Quincuagésima Sexta Legislatura al Honorable Congreso del
Estado Libre y Soberano de Guerrero, en uso de las facultades que le confieren los
artículos 47 fracción I y XLIX de la Constitución Política Local, 8 fracción I y 127 párrafos
primero y segundo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en vigor, en nombre del
pueblo que representa tiene a bien expedir la presente ley, bajo la siguiente:
EXPOSICION DE MOTIVOS
Que el Ciudadano, Licenciado René Juárez Cisneros, Gobernador Constitucional
del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en uso de las facultades que le confieren los
artículos 74 fracciones I y XXXVIII de la Constitución Política Local, por oficio número
0288, de fecha 13 de marzo del año 2000, remitió a este Honorable Congreso iniciativa
de Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Guerrero.
Que en Sesión de fecha 14 de marzo del año 2000, la Quincuagésima Sexta
Legislatura al Honorable Congreso del Estado, tomó conocimiento de la Iniciativa de
referencia, turnándola a la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas para su
estudio y emisión del Dictamen y Proyecto de Ley respectivo.
A N T E C E D E N T E S
I.- Que cumpliendo con uno de los principales objetivos que contempla el
Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Guerrero 1999-2005, en el apartado de
desarrollo urbano, es el de actualizar la Ley Estatal de Desarrollo Urbano e instalar el
Comité y Consejo Consultivo y entre sus estrategias y líneas de acción se fija modernizar
la infraestructura y los servicios urbanos básicos, para elevar la calidad de vida de la
población que en ellas reside.
II.- Que una de las prioridades del Titular del Poder Ejecutivo Estatal, es la de
actualizar y consolidar los avances de la modernización legislativa, acorde con las
necesidades del Estado y ajustarlas como norma jurídica a la Modernización Legislativa
Federal, cumpliendo en esta forma con las exigencias de la sociedad guerrerense.
III.- Que con fecha 26 de septiembre de 1976, entró en vigor la Ley de
Desarrollo Urbano del Estado de Guerrero núm. 64, la cual no ha sido reformada para
adecuarla a los tiempos actuales en que vive la Administración Pública Estatal, por eso
resulta relevante el esfuerzo y prioridad de este Gobierno el de impulsar las normas
jurídicas en materia de desarrollo urbano, para adecuarlas a las nuevas exigencias de los
Planes y Programas de Gobierno, de ahí la importancia de esta nueva Ley de Desarrollo
Urbano, que servirá para normar, estructurar, regular y orientar la planeación, fundación,
conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población del Estado de
Guerrero.
IV.- Que por acuerdo de la Comisión Dictaminadora, en la elaboración del
presente Dictamen y Proyecto de Ley, se tomó en cuenta la iniciativa presentada por la
Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática en la anterior
Legislatura y que obra en los archivos de la misma. Por otra parte, fue fundamental la
participación de los Colegios de Ingenieros y Arquitectos; de los funcionarios del
Gobierno del Estado y del H. Ayuntamiento del Municipio de Acapulco de Juárez,
Guerrero, así como las propuestas presentadas por los Integrantes de la Fracción
Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.
V.- Que en el Foro Mundial de Parlamentarios para el Hábitat, se dictaron
acuerdos que reiteran principios fundamentales basados en nuestra visión política,
económica, social, ética y espiritual de los asentamientos humanos y la vivienda, basada
en la dignidad humana, los derechos humanos, la igualdad entre los pueblos, razas,
etnias y entre el varón y la mujer, la solidaridad, la paz, la democracia, la sustentabilidad,
la protección y preservación prioritaria del ambiente, la institucionalización, el
compromiso cívico, la cooperación internacional, la responsabilidad mutua y el respeto
de los diversos valores religiosos y étnicos y de los orígenes culturales de las personas.
El impulso en las actividades legislativas y políticas internacionales, regionales y
nacionales a la promoción del desarrollo sustentable de los asentamientos humanos en
un mundo en proceso de urbanización y en el fomento al acceso a una vivienda
adecuada para todos, mejorando la condición humana y su calidad de vida.
VI.- Que de esta manera, el problema de la seguridad en la tenencia de la
tierra y el desarrollo urbano, que implica el diseño de una nueva normatividad jurídica y
su regulación inmediata, se convierten en dos de los ejes centrales para el desarrollo
sustentable de los asentamientos humanos, por lo que deben adaptarse y cumplirse las
medidas legislativas adecuadas sin menoscabo de los derechos humanos, los derechos
y costumbres de las etnias, que habitan en este territorio del sur y, desde luego, buscar la
equidad y justicia entre los diferentes sectores sociales. Por lo anterior, y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Desde la perspectiva ciudadana, es de reconocer que Guerrero no
ha podido insertarse plenamente en un proceso de desarrollo sostenido que, sobre la
base de una estructura de participación política democrática, garantice por encima de
todo, el respeto a los derechos humanos y civiles de la ciudadanía. El exacerbado
desequilibrio económico y social, es un ejemplo de ello; que se manifiesta en los altos
índices de marginación, atraso del sector productivo y en el grave deterioro político entre
autoridades y ciudadanía.
SEGUNDO.- Particularmente en lo que respecta a los asentamientos humanos y
el desarrollo urbano, dado el proceso tan acelerado de urbanización en los últimos años,
nuestra Entidad ha tenido permanentemente que enfrentar considerables problemas de
atención que no sólo propicien asentamientos humanos irregulares y que dificultan la
atención gubernamental, sino que ponen en peligro la seguridad de sus habitantes,
limitan el desarrollo económico y vulneran sus garantías individuales.
Lo anterior, obliga a cada uno de los actores políticos y sociales de la
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