NACIONLIDAD DE LAS PERSONAS MORALES
Enviado por ortizalb • 7 de Noviembre de 2014 • 4.921 Palabras (20 Páginas) • 252 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA
DE MÉXICO
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ARAGON
NACIONALIDAD DE LAS PERSONAS MORALES
ORTIZ PÉREZ JOSÉ ALBERTO
GUZMAN GARCIA VICTOR HUGO
GRUPO: 1952
INDICE
INTRODUCCION----------------------------------------------------------------------- 3
NACIONALIDAD DE LAS PERSONAS MORALES
Concepto de persona moral---------------------------------------------------------- 4
Atributos de las personas morales-------------------------------------------------- 5
Concepto de nacionalidad------------------------------------------------------------- 6
Antecedentes históricos legislativos de la nacionalidad en México-------- 8
Criterios para determinar la nacionalidad de las personas morales ------- 10
Nacionalidad de las personas jurídicas en la jurisprudencia de la corte internacional de justicia---------------------------------------------------------------- 16
Teorías o posturas acerca de la nacionalidad de las personas morales-- 17
Conclusiones ----------------------------------------------------------------------------- 21
Bibliografías------------------------------------------------------------------------------- 22
INTRODUCCIÓN
En este trabajo se tratará de explicar de una manera fácil y sencilla si las personas morales son atribuibles a una nacionalidad, empezando por dar el concepto de lo que es una persona moral, sus características y quiénes van a considerarse como personas morales, según nuestra legislación mexicana.
No obstante, vamos a citar algunas definiciones de lo que es la nacionalidad y veremos desde que punto de vista los juristas ven a esta institución.
Nos remontaremos a la historia y vamos a observar algunos antecedentes en nuestro derecho de cómo se adopta esta figura y de que forma fue repercutiendo en el mundo jurídico, como para que en la actualidad sea muy discutido si las personas morales cuentan con una nacionalidad.
La parte medular de este trabajo van a ser los criterios que se manejan para determinar la nacionalidad de las personas morales, por ello vamos a exponer los más relevantes; como consecuencia los autores van a tomar diferentes posturas en cuanto a la atribución de nacionalidad a las personas morales y veremos de que trata cada una de ellas.
NACIONALIDAD DE LAS PERSONAS MORALES
Concepto de persona moral
Son el conjunto de personas físicas que se unen para la realización
de un fin colectivo, es decir buscan fines en su conjunto, dotada de obligaciones y derechos, es un ente ficticio.
Es menester remitirnos al artículo 25 del Código Civil para el Distrito Federal para ver quiénes son consideradas como personas morales:
Artículo 25.
Son personas morales:
I. La Nación, los Estados y los Municipios;
II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;
III. Las sociedades civiles o mercantiles;
IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;
VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736.
Código Civil para el Distrito Federal, Artículo 25, personas morales
Después de haber señalado a quienes considera nuestra legislación como personas morales, hay que tener en cuenta que estas al igual que las personas físicas comparten atributos que a continuación haremos referencia:
Atributos de las personas morales
a) Capacidad: esta se divide en dos, capacidad de goce y ejercicio; la de goce se refiriere a la aptitud de ser titular de derechos y obligaciones; la segunda supone la posibilidad jurídica en el sujeto de hacer valer directamente sus derechos, de celebrar en nombre propio actos jurídicos, de contraer y cumplir sus obligaciones y ejercitar las acciones conducentes ante los tribunales.
Algunos autores dicen que las personas morales no tienen capacidad de ninguno de los dos tipo ya que las estas no pueden ejercer sus derechos ni contraer obligaciones por si mismas; para mí si van a tener capacidad ya que de ella van a emanar estos derechos y obligaciones. Existe la figura de la representación el cual va a recaer en una persona física que actuará en función de las atribuciones encomendadas, por otro lado también la persona moral puede tener órganos que van a fungir como representante de la misma, estos dos aspectos van a estar regulados ya sea por el acta constitutiva, estatuto o fundamentos legales según sea el tipo de moral de que se trate.
b) Patrimonio: conjunto de bienes, derechos, facultades y obligaciones que tiene una persona, con contenido económico.
Existe por el hecho de ser personas, la capacidad de adquirirlo, cualquiera que sea su objeto y finalidad deben tener la posibilidad jurídica de obtener un patrimonio.
c) Denominación o razón social: constituye el medio para para identificar a la persona moral y es indispensable para establecer relaciones jurídicas con otros sujetos de derecho.
Roberto Mantilla señala: El nombre de la sociedad puede formarse con el de uno o varios socios y entonces es una razón social, libremente y entonces es una denominación.
d) Domicilio: Toda persona moral debe de tener un domicilio establecido conforme al artículo 33 del Código Civil para el Distrito Federal el que a la letra dice:
“Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración.
Las que tengan su administración fuera del Distrito Federal pero que ejecuten actos jurídicos dentro de su circunscripción, se considerarán domiciliadas en este lugar, en cuanto a todo lo que a esos actos se refiera.
Las sucursales que operen en lugares distintos de donde radica la casa matriz, tendrán su domicilio en esos lugares para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por las mismas sucursales.”
Es necesario que tengan domicilio ya que de esta manera la autoridad en caso de alguna notificación va a saber el lugar exacto en donde hacer dicho acto.
e) Nacionalidad: las personas morales que se constituyan conforme a las leyes de México y establezcan
...