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Nicaragua un vecino incomodo


Enviado por   •  26 de Octubre de 2016  •  Tesis  •  1.673 Palabras (7 Páginas)  •  273 Visitas

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Nicaragua, un vecino incomodo

En los últimos 20 años el Estado Nicaragüense ha sido un vecino incómodo para los países latinoamericanos con cercanía al Caribe, ya que por medio de diferentes litigios, está buscando expandirse territorialmente, vulnerando la soberanía de los Estados demandados y asimismo viola tratados que ya definían estos límites anteriormente; aunado a lo anterior el gobierno de Daniel Ortega ha iniciado un fortalecimiento de capacidad militar aceleradamente, desestabilizando la confianza y posición en Centroamérica, bajo esta primicia, es necesario que se idee una estrategia conjunta entre los gobiernos afectados, con el fin de contener los intereses nicaragüenses sobre el bienestar de otros, velando por la seguridad nacional por medio del “smart power” (Armitage, 2001) ya que no es conveniente para ningún Estado entrar en un conflicto directo.

Este expansionismo ha consistido en la obtención de territorio marítimo por medio de demandas hacia países como Panamá, Honduras, Costa Rica, Colombia y Jamaica, ya que le otorga un posicionamiento estratégico importante que puede desestabilizar el “statu quo” de la región centroamericana, debido a que con la obtención de este podrá explotar recursos naturales del suelo marítimo, extender la presencia de sus tropas, como lo establece la convención de territorio marítimo de la Organización de las naciones Unidas, en las que se mencionan 4 puntos importantes:

Mar Territorial:

La convención establece primordialmente que todos los Estados ostentan el derecho de hacer uso de su mar territorial, hasta un límite que no exceda las 12 millas náuticas, medidas que están claramente definidas bajo la convención.

Zona Contigua:

Específicamente con “zona contigua” la convención se refiere a que el Estado tiene la facultad de tener jurisdicción en 25 millas náuticas, medida desde sus costas, es decir, luego de su mar territorial podrá realizar actividades fiscales como prevención de migración, narcotráfico o la contención de cualquier actividad fuera de la ley.

Zona Económica Exclusiva:

Se distingue como zona económica exclusiva, el espacio geográfico donde el Estado cuenta de:

Total soberanía para actividades de “exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos de las aguas supra yacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económica de la zona, tal como la producción de energía derivada del agua de las corrientes y de los vientos” (Harrys, 2009).

Esta zona exclusiva cuenta con plataforma continental, lecho submarino y el subsuelo de las áreas submarinas que son contadas desde sus costas, facultándolo de la explotación, extracción de recursos naturales vivos o no vivos para usos económicos, con la garantía de ninguna intervención de ningún otro Estado.

Asimismo, puede contar con la jurisdicción para:

  • El establecimiento y la utilización de islas artificiales, instalaciones y estructuras.
  • La investigación científica marina.
  • La protección y preservación del medio marino.
  • Otros derechos y deberes previstos en la misma Convención.

Los anteriores puntos evidencian la importante pérdida a lo que están expuestos los países demandados y de las pocas opciones con que cuentan para contrarrestar estas acciones, ya que, tomando como ejemplo a Colombia, siendo el primer Estado en perder territorio, en donde esta Corte Internacional de Justicia concedió más de 75.000 km para Nicaragua desde su costa, es decir perdió alrededor de un 40% de su mar territorial, además estableció que ambos países tienen derecho a 12 millas náuticas de territorio, sin embargo, durante la lectura de sentencia en el conflicto limítrofe entre ambos países, la soberanía de siete cayos del archipiélago de San Andrés en el Mar Caribe fueron concedidos a Colombia (Semana, 2015),  que, aunque el gobierno de Juan Manuel Santos anunció desacato al fallo de la Corte internacional de la Haya, donde mencionó “Equivocadamente, en lugar de limitarse a trazar la línea en el área regulada por el tratado Esguerra-Bárcenas, resolvió extender dicha línea al norte y al sur del archipiélago,  no estamos de acuerdo con que la Corte se haya salido del ámbito cobijado por el tratado, que ella misma había declarado válido y vigente” (lauda, 2015), aspecto discutible por la efectividad de mencionada decisión tomada por el gobierno, debido a que conlleva graves consecuencias en un futuro como:

  • Sanciones económicas.
  • Inhabilidad en procesos jurídicos internacionales.
  • Imposibilidad de contrademandar las tesis de Nicaragua.

Siendo limitada la efectividad del accionar de contención al proceder individualmente hacia estos intereses expansionistas, como se demostró en el caso colombiano, emerge la necesidad de que estos países actúen conjuntamente por medio de la institucionalidad en pro de sus soberanías, ya que asimismo el gobierno de Daniel Ortega ha iniciado un acelerada compra de armamento en fortalecimiento de Fuerza Armadas, que van dirigidas a la persuasión y acompañamiento del momento de desestabilización en el Caribe.

La adquisición de armamento bajo un marco de “plan de modernización y desarrollo”, es muy conveniente tras el fallo de la corte que ratificaba la pérdida de Colombia, como lo menciona el jefe del Ejército de Nicaragua, general Julio César Avilés, “ha dicho que renovarán el armamento bélico, sobre todo con el apoyo de Rusia, para vigilar los nuevos espacios marítimos reconocidos por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, que definió los límites en el Caribe con Colombia” (tribuna, 2014).

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