Nulidad de la aceptación de la herencia
Enviado por sabrienz • 12 de Septiembre de 2014 • Apuntes • 249 Palabras (1 Páginas) • 267 Visitas
Nulidad de la aceptación de la herencia
La nulidad de la aceptación de la herencia prescribe a los 10 años luego de realizado el acto. Puede ser absoluta o relativa, originándose la primera cuando se viola una norma de orden público(Vizcarrondo).
Las causas de la nulidad de la aceptación de la herencia de carácter absoluto son: la aceptación o repudio de la herencia antes de la muerte del de cujus, la enajenación y los pactos sobre la herencia no abierta, la aceptación tardía (luego de vencido el lapso), la que no cumple con las solemnidades, la que realiza el entredicho civil por causa criminal obviando al tutor o aquella que se efectúa de manera no absoluta, no indivisible, ni pura, simple y total. La nulidad absoluta puede ser solicitada por el heredero o cualquier tercero interesado.
La nulidad relativa se origina cuando la norma transgredida está destinada a la protección del mismo aceptante.Las causas que originan este tipo de nulidad, en nuestro ordenamiento, son tres: la aceptación del incapaz sin la presencia o representación de Ley, la aceptación efectuada de forma pura y simple por aquellos obligados (menores, entredichos, entes públicos y personas jurídicas) a la aceptación bajo beneficio de inventario, y, aquella aceptación que se realiza con algún vicio en la voluntad del aceptante.
La nulidad relativa solamente puede ser solicitada por el heredero, sus propios herederos, su representante legal o acreedores. El mismo lapso de prescripción pudiera ser suspendido en el caso de menores, no emancipados o entredichos. (Art. 1965 CC.)
...