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PROCESO EXTRAORDINARIO ROMANO


Enviado por   •  9 de Julio de 2014  •  643 Palabras (3 Páginas)  •  412 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La “cognitio extra ordinem” o procedimiento extraordinario es en el Derecho Procesal romano el broche de oro, y el que cambia definitivamente la estructura procesal, asemejándolo a nuestro procedimiento actual.

El nombre de “cognitio extraordinem” o fuera del proceso ordinario, se debió a que en plena vigencia del proceso formulario ordinario, fueroninstaurándose otros, a partir de los albores del imperio, en los que no se respetaba la división en dos instancias procesales (la “in iure” instruida por el magistrado y la “apud iudicium” ante el Juez)sino que el mismo magistrado que conocía en la primera parte, la resolvía directamente sin dar paso a la etapa ante el Juez, para agilizar los procedimientos, sobre todo en cuestiones de alimentos ode estado.

Este modo de resolver las cuestiones litigiosas se generalizó, y en época del emperador Diocleciano era el modo común. La abolición definitiva del proceso formulario se produjo por una Constitución de los emperadores de Constancio y Constante.

PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO

Para que el magistrado resuelva todo debía tener la Rescripto que es la Carta o Cédula Real que expide el Rey a instancia y petición de alguna persona, ya derogando el derecho en favor suyo o ya concibiéndola conforme a él.

Se aplicaba en casos de excepción, de forma extraordinaria, para resolver controversias que se suscitan en relación con instituciones de nueva creación, y también se introdujo y fue aceptado en la práctica judicial de las provincias.

El sistema extraordinario, sustituyó a las fórmulas y con Diocleciano, a partir del siglo III, quedó como único sistema de procedimiento.

1. Procedimiento extraordinario (cognitorio)

1.1 Procedimiento extra ordinem:

Mientras en el régimen procesal de las acciones de ley y de las fórmulas la intervención del poder público, era, en extremo reducida, en el procedimiento cognitorio o de la “Cognitio Extra Ordinem”, dominaba la actividad del juez, funcionario público, que participaba en el “Iudicium” en carácter de delegado del emperador.

El sistema congnitorio, nacido en la época del derecho clásico, se afirmó en Roma en el período postclásico, y si bien en el tiempo que media desde Augusto hasta Justiniano fue objeto de múltiples reformas, la “Cognitio Extra Ordinem” constituyó el régimen procesal del derecho justinianeo. Sabemos que coexistió por mucho tiempo con el procedimiento formulario hasta que éste fue suprimido oficialmente por una constitución del emperador Constancio en el año 342.

Características salientes del procedimiento extraordinario fueron, además de que no intervenía un juez privado, sino un juez funcionario público, la desaparición de la bipartición del proceso en las dos

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