Pensión Alimenticia En Tlaxcala
Enviado por oscardumaris • 8 de Junio de 2014 • 14.095 Palabras (57 Páginas) • 1.287 Visitas
1.INTRODUCCION
Un trabajo de investigación es fundamental mediante el cual el que lo elabora aporta a la colectividad sus conocimientos y experiencias y da a conocer a un dato, hecho, circunstancias, método o procedimiento no descubierto o poco conocido para enriquecer el campo del saber con su pequeña aportación.
Este trabajo de investigación incursiona en un área en donde cada día se hace más necesaria la presencia de interés jurídico , ya que para una mejor impartición de justicia es necesario que exista rapidez y agilidad en la tramitación de los juicios, de ahí mi interés porque proponga la procedencia del incidente para modificar algún juicio de alimentos definitivos.
En el desarrollo del presente trabajo de investigación, cuyo punto central es analizar el derecho de alimentos , así como las algunas que a mi consideración existe en el artículo 1460 del código de procedimientos civiles vigente en nuestro estado, para lo cual el objeto de llevar un orden de ideas que nos ubique dentro del contexto, se analizara en primer término los diversos criterios que tienen los tratadistas respecto de los alimentos, para tener una noción más precisa de lo que es tal concepto , y así poder estar de emitir una concepción propia.
Entonces mi trabajo debe consistir en el estudio de la ley procesal civil y en la exposición de casos concretos en que el procedimiento, ordinario para modificar este tipo de resoluciones ha resultado demasiado tardado causando serios perjuicios a las partes, resultando por ende el inadecuado.
Por otra parte enunciare de manera descriptiva los antecedentes históricos del tema y para ello es menester primeramente hacer un bosquejo general sobre el derecho de alimentos, como su concepto, objeto de estudio, así como su clasificación según diversos autores, sus principales características y sus variantes de acuerdo con las modificaciones que han sufrido, reducir el trabajo al procedimiento basándose para ello en nuestra ley adjetiva civil, haciendo un breve estudio de las disposiciones que son aplicables al trámite con el que se substancian y resuelven los alimentos.
1.2PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
Al aprender una resolución a través de la cual se decreten los Alimentos, se presenta un gran problema ya que nuestra Legislación Procesal Civil, establece que esta solo podrá modificarse a través del juicio ordinario infringiendo con esto los Principios de Celeridad y prontitud que regula el Derecho, así como el de la Economía procesal, según el cual el proceso debe realizar su finalidad, con el menor tiempo, perdida de energía y gastos que sea posible.
He decidido denominar este trabajo “Modificación de una Resolución de Alimentos Definitivos Mediante Incidente” obedeciendo a mi inquietud de esta índole, ya que la Ley solo prevé el juicio ordinario, que como es bien sabido debe iniciar con la formulación de una demanda, contestación de la misma, fase probatoria, alegatos y finalmente la sentencia; lo que da como consecuencia que transcurra mucho tiempo, siendo necesario en algunas ocasiones la revocación inmediata de la resolución que decida sobre la obligación que proporcionar los alimentos, por ejemplo: en caso de fallecimiento del acreedor, cuando este deje de necesitarlos o bien; por imposibilidad del deudor a seguirlos proporcionando, de modo que a criterio propio resultaría mucho menos tardado y beneficioso para todo aquel que en determinado que vea precisado a formular una solicitud de índole, a través de la vía incidental.
Al proponer que las acciones de aumento, reducción o cancelación de pensión alimenticia sean resueltas a través de vía incidental, no se vulnera el principio consagrado en el artículo 17 constitucional que establece que la justicia deberá ser pronta y expedita, y en ningún momento se violaran los derechos de la familia, ya que se seguirá abonan dicha pensión; así como tampoco va en contra del orden público, y si muy por el contrario favorece la pronta impartición de justicia.
1.3.- JUSTIFICACION
La procedencia del incidente garantizara de esa manera la seguridad jurídica por que condiciona a los interesados a que haga valer sus derechos en determinado tiempo y no hasta cuando se lleven a cabo todas las etapas procesales que requiere un juicio ordinario en perjuicio de los propios interesados, ya que en todo juicio ambas partes esperan que la marcha del proceso sea la establecida con un mínimo de tiempo y un mínimo de oportunidades para recibir menos daños y perjuicios.
Entonces, es mi interés revisar esta situación porque ha observado en la práctica que en muchos casos en que resulta necesario la rápida tramitación ya sea de aumento, reducción o cancelación de pensión, se lleva un lapso de tiempo de por menos ocho meses y eso sin tomar en cuenta los recursos que pudieren tomar hacer valer las partes, lo que implicaría todavía más gastos y pérdida de tiempo.
De esta manera desarrollo la temática de investigación mediante un estudio minucioso del derecho de alimentos y el procedimiento a seguir para la modificación de la resolución dictada a estos juicios, cuestionando según el criterio que establezca su benevolencia para cada caso y proponiendo las razones y motivos por que estimo conveniente que proceda el incidente para modificar este tipo de resoluciones.
Esto será en beneficio de la sociedad al prever mejores condiciones procesales para lograr un ágil impartición de justicia.
1.4.- ¿si es posible que se puede modificar una resolución de alimentos definitivos en la legislación del estado de Tlaxcala mediante la tramitación de un Incidente? Entonces se propone adicionar al código civil y de procedimientos civiles para el estado de Tlaxcala la figura y procedimiento de tramitación del incidente como medio para modificar este tipo de resoluciones.
1.5.- HIPOTESIS
Se propone adicionar al código civil y de procedimientos civiles para el estado Tlaxcala la figura y procedimiento de tramitación del incidente como medio para modificar este tipo de resoluciones. La manera se deriva de conocer verdaderamente que son los alimentos, distinguir entre acreedor alimenta deudor alimentista. Ahora bien determinado lo anterior y realizando un análisis de una el procedimiento para poder modificar una resolución de alimentos, se desprende que resulta muy tardío e ineficaz poder modificar dicha resolución mediante el procedimiento ordinario que la ley nos prevé, a esto se propone la implementación de la figura del incidente como medio para poder modificar esta misma en un tiempo más corto y mediante un procedimiento que no genere gastos y costas muy elevadas, que al acreedor alimentista o en su caso deudor alimentista no podrían sufragar.
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