Premilitar
Enviado por stepdommar • 23 de Enero de 2012 • 2.195 Palabras (9 Páginas) • 1.795 Visitas
1. Responsables de la seguridad y defensa de la nación
De acuerdo con el articulo 322 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela: La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.
2. Seguridad, Defensa y Desarrollo Integral
En el Titulo I De la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa de la Nación encontramos en los artículos 2,3 y 4 respectivamente lo siguiente:
La seguridad de la Nación está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar de los principios y valores constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad, con proyección generacional, dentro de un sistema democrático, participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.
Defensa integral, a los fines de esta Ley, es el conjunto de sistemas, métodos, medidas y acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridad territorial y el desarrollo integral de la Nación.
Desarrollo Integral: El satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la población, en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar. desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecución de planes, programas, proyectos y procesos continuos de actividades y labores que acordes, con la política general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente, se realicen con la finalidad de Corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad.
3. La Seguridad De la Nacion
En los artículos 8 al 14 de la Ley de Seguridad y Dfensa encontramos que:
El Estado debe fortalecer, a través de sus órganos gubernamentales, la institucionalidad democrática sobre la base de la pluralidad política y la libre participación ciudadana en los asuntos públicos, por medio de los mecanismos establecidos en la Constitución y las leyes.
Asi también la familia será protegida a través de políticas que garanticen el derecho a la vida y los servicios básicos, vivienda, salud, asistencia y previsión social, trabajo, educación, cultura, deporte, ciencia y tecnología.
Los pueblos indígenas indígenas participarán en los planes y programas de seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación.
A la diversidad biológica, recursos y patrimonios naturales se les brindara resguardo.
El conocimiento, la ciencia y la tecnología son recursos estratégicos para lograr el desarrollo sustentable, productivo y sostenible de nuestras generaciones, y la nación debe asegurarse de que ellos no pongan en peligro la seguridad de la nación
Stephanie D´ommar #39
4. Defensa Integral de La Nación
Este punto es tratado en los articulos 15 al 27 de la Ley Organica de Seguridad y Defensa
La Defensa Integral de la Nación abarca el territorio y demás espacios geográficos de la República, así como los ciudadanos y ciudadanas, y los extranjeros que se encuentren en él. Igualmente, contempla a los venezolanos y venezolanas, y bienes fuera del ámbito nacional, pertenecientes a la República.
La calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas es objetivo fundamental para el Estado venezolano.
La política exterior del Estado venezolano es un elemento esencial y concordante con los planes de la República; su proyección ante la comunidad internacional está basada fundamentalmente en la autodeterminación, la solidaridad y cooperación entre los pueblos.
La Fuerza Armada Nacional constituye uno de los elementos fundamentales para la defensa integral de la Nación, organizada por el Estado para conducir su defensa militar en corresponsabilidad con la sociedad.
El Estado promueve la iniciativa pública y privada en el desarrollo de la tecnología e industria militar, sin más limitaciones que las previstas en la Constitución y las leyes, con el objeto de fortalecer el poder nacional.
Las Fuerzas armadas controlaran el material de guerra , municiones, explosivos, etc.
El Sistema de Protección Civil se entenderá como una gestión social de riesgo en la cual actúan los distintos órganos del Poder Público a nivel nacional, estadal y municipal, con la participación de la sociedad.
El Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia se entenderá como el procesamiento del conjunto de actividades, informaciones y documentos que se produzcan en los sectores públicos y privados, en los ámbitos nacional e internacional.
5. La Movilizacion y la Requisición
Articulos 28 al 33 tratan los siguientes puntos:
La movilización es el conjunto de previsiones y acciones preparatorias y ejecutivas destinadas a organizar el potencial existente y convertirlo en poder nacional, abarcando todos los sectores de la Nación tanto públicos como privados.
El Presidente o Presidenta de la República es la máxima autoridad político-administrativa que dirige la movilización, y será asistido en esta actividad por el Consejo de Defensa de la Nación, los Ministerios y demás organismos involucrados.
El Presidente o Presidenta de la República podrá disponer el empleo de la Fuerza Armada Nacional para coadyuvar en el control y funcionamiento de los servicios públicos o de las empresas básicas del Estado para la vida económico-social de la República.
Decretada la movilización, el Presidente o Presidenta de la República podrá ordenar la requisición de los bienes necesarios para la defensa nacional, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento respectivo.
6. Consejo de Defensa de la Nacion.
Articulos 34 al 54:
El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la
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