Procuraduria General De La Republica Bolivariana De Venezuela
Enviado por elita_andreina • 17 de Enero de 2014 • 2.258 Palabras (10 Páginas) • 854 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
SAN JOAQUÍN DE TURMERO, ESTADO ARAGUA
Procuraduría General de la Republica
Bolivariana de Venezuela
Alumno (a):
Alastre R. Elita A.
San Joaquín de Turmero, Enero 2014
Introducción
La Contraloría General de la República es el organismo constitucionalmente autónomo, es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como al fortalecimiento del Estado democrático, social, de derecho y de justicia.
La Contraloría venezolana adquirió rango constitucional a partir de la promulgación de la nueva Constitución de los Estados Unidos de Venezuela del 5 de julio de 1947, pues se incluyen por primera vez en un texto constitucional venezolano, las normas referentes a la Contraloría General de la Nación. Esto fue ratificado en la Constitución Nacional del 23 de enero de 1961, donde además se instituyó la denominación de Contraloría General de la República, la cual se mantiene en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela aprobada en 1999. En esta última se fortaleció la autonomía funcional y organizativa de la Contraloría General al pasar a formar parte del Poder Ciudadano, conjuntamente con el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo.
Ahora bien, a través del siguiente trabajo voy a resaltar y señalar las funciones, características y atribuciones que debe cumplir la Contraloría de la República Bolivariana de Venezuela, enmarcando que está bajo la responsabilidad del Contralor General de la República (Venezuela) Contralor General de la República Asamblea Nacional de Venezuela Asamblea Nacional para un período de 7 años. En el año 1938 se creó la Contraloría General de la Nación por la ley Orgánica de la Hacienda Nacional. Con la reforma constitucional de 1947 adquirió rango constitucional, con la Constitución de 1961, pasó a denominarse Contraloría General de la República.
Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela
La Contraloría General de la República, en los términos de la Constitución de la República y de esta Ley, es un órgano del Poder Ciudadano, al que corresponde el control, la vigilancia y la fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos, así como de las operaciones relativas a los mismos, cuyas actuaciones se orientarán a la realización de auditorías, inspecciones y cualquier tipo de revisiones fiscales en los organismos y entidades sujetos a su control.
La Contraloría, en el ejercicio de sus funciones, verificará la legalidad, exactitud y sinceridad, así como la eficacia, economía, eficiencia, calidad e impacto de las operaciones y de los resultados de la gestión de los organismos y entidades sujetos a su control.
Corresponde a la Contraloría ejercer sobre los contribuyentes y responsables, previstos en el Código Orgánico Tributario, así como sobre los demás particulares, las potestades que específicamente le atribuye esta Ley. La Contraloría General de la República es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control." (Artículo 287 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela)
Su misión es el organismo constitucionalmente autónomo, al servicio del estado democrático y de la sociedad venezolana, cuyo fin primordial es velar por la correcta y transparente administración del patrimonio público y luchar contra la corrupción.
Mientras que la Visión es la consolidación como fuerza y referencia moral de la República e instrumento eficaz de la sociedad venezolana, en el ejercicio de su derecho a controlar la Administración Pública, contribuyendo efectivamente a la revitalización y reordenamiento del poder público, así como al fortalecimiento del Estado democrático, social, de derecho y de justicia.
Contraloría General de la República es un órgano que tiene autonomía funcional, administrativa y organizativa perteneciente al poder ciudadano Todos los órganos de fiscalización. La Contraloría General de la República está bajo la responsabilidad del Contralor General de la República (Venezuela) Contralor General de la República Asamblea Nacional de Venezuela Asamblea Nacional para un período de 7 años. Actualmente, En el año 1938 se creó la Contraloría General de la Nación por la ley Orgánica de la Hacienda Nacional. Con la reforma constitucional de 1947 adquirió rango constitucional, con la Constitución de 1961, pasó a denominarse Contraloría General de la República.
Funciones
La Contraloría General de la República, en el ejercicio de sus funciones, no está subordinada a ningún otro órgano del Poder Público. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa e igualmente de la potestad para dictar normas reglamentarias en las materias de su competencia. Según el artículo 247 de la Constitución, la Procuraduría General de la República “defiende” los intereses patrimoniales de la República, y debe ser consultada para la aprobación de contratos de interés nacional. Este martes, en el orden del día de la Asamblea Nacional, aparece la discusión sobre el nombramiento del nuevo Procurador de la República. Controlar la Deuda Pública sin perjuicio de las facultades que se atribuyan a otros órganos.
Inspeccionar y fiscalizar los órganos, entidades y personas jurídicas del sector público, sometidos a su control, practicar fiscalizaciones; disponer el inicio de investigaciones sobre irregularidades contra el patrimonio público.
Instar al Fiscal General de la República a que ejerza acciones judiciales a que hubiera motivo de infracción o delitos cometidos contra el patrimonio público
Según la Constitución, el Procurador General será nombrado por el Presidente de la República con la autorización de la Asamblea Nacional.
Las funciones que la Constitución de la República y las leyes atribuyen a la
Contraloría General de la República y a los demás órganos del Sistema Nacional de Control Fiscal deben ser ejercidas con objetividad e imparcialidad.
1. La
...