Recursos De Interpretacion
Enviado por marchula • 29 de Abril de 2013 • 369 Palabras (2 Páginas) • 289 Visitas
TSJ admite recurso de interpretación del artículo 57 de la Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico
Miércoles, 01 de Junio de 2011 01:10
La interpretación del referido artículo se solicitó para aclarar lo concerniente a la declaratoria de no sujeción al pago de tributos nacionales, estadales y municipales de las actividades de Generación, Transmisión, Distribución y Comercialización las cuales realiza Corpoelec y Despacho del Sistema Eléctrico realizada por el Ministerio
Caracas / El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió el recurso de interpretación del artículo 57 de la Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico, que fue presentado por la Consultora Jurídica del Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica (Mppee).
La interpretación del referido artículo se solicitó para aclarar lo concerniente "a la declaratoria de no sujeción al pago de tributos nacionales, estadales y municipales de las actividades de Generación, Transmisión, Distribución y Comercialización las cuales realiza Corpoelec y Despacho del Sistema Eléctrico realizada por el Ministerio...", según indicó el Mppee en el escrito presentado ante el TSJ.Constató el Juzgado de Sustanciación que el recurso presentado no incurre en las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, razón por la cual se admitió la acción judicial presentada.
Al ser admitido el recurso, se ordenó notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República, Procuradora General de la República y al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud y la presente decisión.
Agrega el dictamen que como la presente causa se refiere a la interpretación del referido artículo y la decisión que recaiga en ella podría afectar la esfera jurídica de un grupo indeterminado de personas, en esta oportunidad se ordenó librar el cartel señalado en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las notificaciones ordenadas.
Por último el Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento, se remitirá a la Sala del Máximo Tribunal el presente expediente a fin de que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio.
(TSJ)
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