Refugiados
Enviado por zambranofidel • 14 de Octubre de 2013 • 533 Palabras (3 Páginas) • 296 Visitas
INTRODUCCIÓN
La carta magna de la protección internacional de los refugiados es la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Si bien Venezuela no es parte en dicha Convención, sí ratificó el Protocolo de Nueva York sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967 el 19 de septiembre de 1986, el cual, si bien fue concebido como un instrumento independiente de la Convención, se encuentra íntimamente vinculado a ella, dado que los Estados partes en él se comprometen a aplicar la definición universal de refugiado consagrada en el artículo 1º de la Convención, basada en los fundados temores de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política, así como el resto de las disposiciones fundamentales de la misma que consagran los estándares internacionales mínimos de protección de las personas que huyen de sus países por tales motivos en búsqueda de protección internacional.
Por su parte, la Constitución venezolana de 1961, en vigor cuando Venezuela ratificó dicho Protocolo, consagraba expresamente el derecho al asilo en su artículo 116. Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente y aprobada mediante referéndum el 15 de diciembre de 1999, se reconocen expresamente en su artículo 69 dos derechos: al asilo y al refugio, no obstante que las declaraciones y tratados internacionales sobre la materia reconocen que los refugiados, es decir, las personas perseguidas por los motivos mencionados arriba, tienen derecho a solicitar y recibir asilo en territorio extranjero.
Al consagrar en forma expresa el derecho al asilo y al refugio, el Constituyente de 1999 pretendió que la legislación venezolana sobre la materia regulara separadamente las dos instituciones, por un lado, la institución del refugio, que tuvo sus orígenes en el marco del sistema universal en la época posterior a la Primera Guerra Mundial (1914-1918), y, por el otro, la institución latinoamericana del asilo político, cuyos orígenes son más remotos que los del refugio a escala universal ya que datan de varios tratados de carácter regional, entre los cuales pueden mencionarse el Tratado de Montevideo sobre Derecho Internacional Penal de 1899, la Convención de La Habana sobre Asilo de 1928, la Convención de Montevideo sobre Asilo Político de 1933, el Tratado de Montevideo sobre Derecho Penal Internacional de 1940, y finalmente las Convenciones de Caracas sobre Asilo Diplomático y sobre Asilo Territorial de 1954 en el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA).
Por otro lado, el artículo 23 de la Constitución de 1999 es de fundamental importancia para la protección de los refugiados en Venezuela toda vez que consagra que los tratados, convenios o acuerdos internacionales en materia de derechos humanos ratificados por Venezuela
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