Regimen Prestacional Docente
Enviado por Aurystelam • 12 de Marzo de 2013 • 316 Palabras (2 Páginas) • 604 Visitas
REGIMEN PRESTACIONAL DE LOS DOCENTES - Se define por la vinculación al servicio público educativo / REGIMEN PRESTACIONAL DE LOS DOCENTES - El ingreso base de liquidación debe ser equivalente al ingreso base de cotización cuando las pensiones se causen con posterioridad a la expedición de la ley 812 de 2003
El Plan Nacional de Desarrollo 2003-2006, esto es, la ley 812 de 2003, en su artículo 81 definió el régimen prestacional de los docentes según se hubieran vinculado al servicio público educativo antes o después de entrar en vigencia dicha ley, en tal sentido dispuso: (i) Para los docentes nacionales, nacionalizados y territoriales, que estaban vinculados al servicio público educativo oficial al momento de entrar en vigencia la ley 812 de 2003, el régimen pensional es el establecido por las normas que los regían para esa fecha, es decir la ley 91 de 1989 y demás normas concordantes; (ii) por el contrario, el de los docentes vinculados con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 812 -27 de junio de 2003- es el régimen de prima media establecido en las leyes 100 de 1993 y 797 de 2003, con los mismos requisitos en él exigidos, excepción hecha de la edad de pensión de vejez, que será de 57 años para mujeres y hombres. El referido artículo 81 fue reglamentado, entre otros, por el artículo 3o. del decreto 3752 de 2003, el cual estableció que para efectos del reconocimiento de las pensiones que se causen con posterioridad a la expedición de la ley 812 de 2003, el ingreso base de liquidación debe ser equivalente al ingreso base de cotización, modificando de esta manera los factores de liquidación consagrados para tal fin en las normas que regían, en materia prestacional, a los docentes vinculados con anterioridad a la vigencia de la ley 812 de 2003, esto es, la ley 91 de 1989 y demás disposiciones concomitantes.
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