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Resumen de Campagne


Enviado por   •  21 de Marzo de 2016  •  Resumen  •  1.664 Palabras (7 Páginas)  •  720 Visitas

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Resumen del texto de  Campagne

El señorío fue un elemento esencial en la historia del campo europeo entre los siglos ix y xviii. Salvador de Moxó lo define como el conjunto de tierras propiedad y área de jurisdicción de un señor. La titularidad de los mismos podía estar en manos de laicos o clérigos, hombres o mujeres, sujetos individuales o colectivos, nobles o plebeyos (para la edad moderna temprana). Por lo tanto, podemos decir que se componía de dos componentes diferenciados: el componente solariego, referente a la propiedad de la tierra y el componente jurisdiccional, referente a la posibilidad de ejercer facultades o prerrogativas propias del poder estatal. La superposición de ambos elementos es lo que da origen al señorío pleno, base de las relaciones de dominación feudal. Sin embargo, ambas partes podían existir por separado, dado que el componente jurisdiccional tendía a exceder espacialmente al solariego. Eso además de que el componente solariego era anterior al jurisdiccional.

En cuanto al señorío dominical, este se dividía en dos grandes secciones: las tenencias campesinas dependientes y la reserva señorial. En este último punto, se debe tener en cuenta el concepto de enfiteusis, que fue el régimen de acceso a la tierra de la mayor parte de los campesinos en Europa occidental entre los siglos xiii y xviii. La enfiteusis era una categoría intermedia entre el dominium y la locatio. El dominium era la propiedad privada y absoluta sobre las cosas, además de la ilimitada posibilidad de enajenarlas. La locatio, en cambio, es la cesión temporaria del derecho de uso de una cosa y la facultad de arrendarla y alquilarla. Esta cesión temporaria del usufructo no implica presunción alguna de propiedad a favor del locatario.

Ahora bien, la enfiteusis recurre a una gran ficción jurídica al dividir el dominio en dos realidades diferentes, por la cual una cosa tenía dos dueños a la vez, con diferentes derechos sobre ella. El dominio útil, es el derecho a usufructuar el bien en cuestión, cedido de manera permanente. El dominio directo es el derecho a percibir cargas y tributos, que el propietario original de la parcela se reservaba para sí, lo cual evidenciaba que el propietario del dominio útil no poseía un dominium absoluto sobre la tierra. La única forma de acabar con la ficción del dominio escindido era la interrupción prolongada del pago de las cargas acordadas.

La enfiteusis podría ser asimilada a la concepción moderna de propiedad privada en tanto que significaba la cesión perpetua del derecho de uso, con lo cual se habla de una propiedad estable y segura de la tierra, dado que el enfiteuta podía vender o alquilar la parcela sin autorización del propietario del dominio directo y alcanzaba con que el comprador siguiera pagando las cargas originales para que el contrato siguiera vigente.

Para conservar la propiedad del dominio útil, el enfiteuta debía pagar un conjunto anual de cargas, algunas con peso económico secundario y más bien simbólico, que reflejaban el carácter dependiente de la propiedad; otras, en cambio, funcionaban como mecanismos efectivos de extracción de la renta campesina y tenían un peso simbólico secundario. Además, era responsable de las tasas de mutación, que no se pagaban todos los años, solo las veces que la parcela cambiaba de manos. Las cargas que gravaban las propiedades enfitéuticas estaban fijadas por las costumbres y no podían ser modificadas por el propietario directo, que no podía recuperarla a menos que no se cumpliera con las mismas por un tiempo prolongado. En algunas partes de Europa occidental, existía el derecho de preferencia por la cual, en caso de compraventa, si el propietario directo igualaba la oferta más alta, tenía derecho a quedarse con la parcela.

Para que el régimen enfitéutico pudiera generalizarse en el oeste de Europa, se requería la abolición de la servidumbre de mano muerta, que impedía que los siervos fueran sujetos de derecho, eso sin contar la arbitrariedad en el establecimiento de las cargas.

Con las cartas de franquicia, otorgadas por los señores franceses a mitad del siglo XII, se abolía la servidumbre de mano muerta, la fijación de las cargas, el fin de la arbitrariedad en los tributos, y la plena libertad de acción, además de renunciar a la disposición del excedente familiar campesino. Estos documentos no limitaban al fisco dominical, sino que lo legitimaban. Esto significó la conversión del campesinado en propietarios del dominio útil de sus parcelas, al establecer la disociación entre el derecho a percibir tributos y el de usufructo. Sin embargo, en algunas regiones de Francia, restos de la antigua servidumbre persistieron hasta la época de la revolución francesa. En tanto que en Inglaterra, la enfiteusis coexistió con el mantenimiento de la servidumbre, acompañado por una creciente presión demográfica, la desvalorización de las tenencias campesinas y un intenso intercambio inmobiliario.

El señorío dominical adquirió, a fines del Medioevo, una serie de características como la reducción significativa del tamaño de la reserva, la menor importancia de las tenencias campesinas en la explotación de las tierras del señor, la casi desaparición de las prestaciones gratuitas de trabajo o corveas, siendo conmutadas con pagos pecuniarios a partir del siglo XII.

Las cargas que gravaban las tenencias enfitéuticas eran los censos, originados en la conmutación de las prestaciones de trabajo forzado, se pagaban en monedas y eran montos fijos. Tenían un valor como recognitivo del carácter dependiente de la propiedad, de ahí su valor simbólico más que puramente económico. Las rentas, eran pagos anuales y fijados por la costumbre, pagaderos en especie, es decir, un porcentaje sobre el total del producto campesino, funcionando de esta manera como un efectivo mecanismo de extracción de excedente. También estaban las tasas de mutación, que se pagaba cada vez que la parcela cambiaba de manos y era un porcentaje sobre el precio de venta o el valor de la propiedad, pagadero en moneda y actualizada por la dinámica del mercado de tierras.

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