Robo Calificado
Enviado por scrapo123 • 9 de Junio de 2014 • 1.397 Palabras (6 Páginas) • 1.042 Visitas
NOMBRE: JORGE EDUARDO LOZANO GONZALEZ
MATRICULA: 1453226
TEMA: ESTUDIO SOBRE EL DELITO DEL ROBO CALIFICADO
MATERIA: PRACTICA JURIDICA Y EJERCICIO PROFECIONAL
MAESTRO: LIC. MARIO FRANCO VILLA
FECHA: 3 DE JUNIO DEL 2014
AULA: SEPAD
GRUPO 043
CONTENIDO
1. Introducción
2. Robo Ordinario: Simple Y Calificado
3. Elementos
4. Artículos Del Código Penal Para El Estado De Nuevo León.
5. Que acción delictiva al delito de robo, no es hecha con violencia?
6. Conclusión
7. Bibliografía
INTRODUCCION.
El robo es una figura presente desde los tiempos remotos que marcan el principio del derecho a la propiedad mueble e inmueble, en principio cuando existía en la generalidad la res nullius es de suponerse que no existía el robo, pero al organizarse el derecho principalmente los derechos galos y romanos, que es de donde viene el nuestro lo primero que se regularizó y se normó fue la tenencia, que cada cual fuese dueño de lo suyo.
La importancia del estudio de esta figura perteneciente a nuestro ordenamiento penal es sumamente importante, ya que estadísticamente el robo constituye o encabeza el primer lugar en los índices de criminalidad.
ROBO ORDINARIO: SIMPLE Y CALIFICADO.
Se llama robo ordinario, al que no se ejecuta con violencia física o moral, el robo ordinario se divide en:
*Robo simple o calificado.- cuya penalidad se mide en proporción al valor de lo robado.
Robo calificado.- por circunstancias previstas en la ley, en atención al lugar en que se cometa el delito o a ciertas cualidades personales del ladrón, su penalidad se establece aumentando de 3 días a 3 años a las sanciones previstas para la cuantía del valor de lo robado.
Robo simple.- La base para medir la penalidad en el robo simple, es el valor en dinero de la cosa sustraída, la fuerza moral del delito, aumenta con la ostentación de una mayor perversidad en el agente.
Aquí un ejemplo de tesis aislada con Robo Calificado:
ROBO CALIFICADO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 236, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO. DEFINICIÓN DE LA EJECUCIÓN CON VIOLENCIA PARA SU CONFIGURACIÓN.
Para la actualización del delito de robo calificado, cuando el hurto se ejecuta con violencia en las personas o en las cosas, aun cuando la violencia se haga a persona distinta de la robada, que se halle en compañía de ella, o a inmediaciones de donde ocurra la comisión del delito, o cuando el sujeto la ejecute después de consumado el robo para lograr la fuga o defender lo robado pero sin usar armas, como lo previene el artículo 236, fracción I, del Código Penal para el Estado de Jalisco, la condición que determina ese ejercicio de la violencia, y por ende la actualización de esa calificativa, es precisamente la acción real y efectiva de utilizar tanto la fuerza como la intimidación para conseguir con ello el buscado propósito consistente en el apoderamiento ilícito de una cosa mueble, situación que no se colma cuando sólo se tienen datos imprecisos y generales en el sentido de que el activo dio un empellón a quien trató de impedir el hurto y la huída, pero sin clarificar la magnitud de ese actuar, ni evidenciarse huellas en la economía corporal de quien se dijo violentado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo en revisión 32/2010. 7 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: José Alfredo Gutiérrez Barba. Secretario: Fernando Cortés Delgado.
En circunstancias calificativas se pueden clasificar en dos grupos:
Agravación por el lugar en el que se cometa el delito.
Agravación por cualidades personales de los que lo cometen.
Robos calificados por circunstancias del lugar, se pueden distinguir los siguientes casos:
*Robo en lugar cerrado.
*Robo en edificio, vivienda, aposento o cuarto que este habitado o destinado para habitación.
*Robo de vehículo estacionado en la vía pública o en lugar destinado a su guarda o reparación.
*Abigeato en campo abierto o paraje solitario.
Robo calificado por circunstancias personales, dentro de estos se encuentran:
Robo de domésticos.
Robo de dependientes.
Robo de obreros, artesanos, aprendices o discípulos.
Elementos:
Una acción de apoderamiento.- significa que la gente tome posesión material de la misma, la ponga bajo su control personal. En el robo la cosa no se entrega personalmente
...