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SECRETOS INDUSTRIALES Y DENOMINACION DE ORIGEN


Enviado por   •  8 de Enero de 2014  •  3.747 Palabras (15 Páginas)  •  531 Visitas

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INTRODUCCION

El presente trabajo se desarrollara los aspectos más importantes que engloban la denominación de origen y los secretos industriales siendo estos últimos derechos que se tienen sobre alguna invención y la creación de un bien y se explican los principios en los que se basan los derechos de un secreto industrial. Se describen, por consiguiente, las formas más comunes que adoptan los secretos industriales y denominación de origen, a saber, las patentes y los modelos de utilidad en relación con las invenciones, los diseños industriales, las marcas y las indicaciones geográficas y se explican los medios que ofrece el sistema a los creadores para proteger sus creaciones.

Así mismo presentaremos los formatos, procedimientos y requisitos que se deben presentar para proteger dichas invenciones de plagios ya que la principal función de una patente radica en salvaguardar dicha creación. Pues bien, al igual se muestra al lector los antecedentes históricos de los secretos industriales, además de su gran papel en la industria.

En cuanto al derecho de autor, cabe remitirse a una publicación

ANTECEDENTES DE LOS SECRETOS INDUSTRIALES

Los secretos industriales encuentran el punto de partida de su tutela jurídica en el régimen de la libre concurrencia proclamado por primera vez en Francia por la Revolución Francesa, al proteger la libertad de industria y de comercio por decreto del 17 de marzo de 1791, que suprimía las Corporaciones de Artes y Oficios. La división de trabajo y sus formas, las relaciones contractuales entre el industrial y su personal y los obstáculos que se interponían al traslado de los componentes de la Corporación como al desplazamiento de los establecimientos que lo integraban, impedían todo desenvolvimiento de los procedimientos de fabricación, lo que se traducía por su conservación.

Desde que había un impedimento real al libre ejercicio de la industria, cada ciudad estaba sometida a sus propios reglamentos, diferentes a los de las demás urbes como a los de las industrias similares del mismo lugar, lo que dio por resultado que, logrado un nuevo procedimiento fabril a quien hubiera conquistado un determinado oficio en una cierta ciudad, sólo por excepción podía ser aplicado en otro lugar u ocupado en otros sitio sin romper los reglamentos establecidos.

Los Estatutos de las Corporaciones conformaban una barrera para la aplicación de nuevas normas tendientes a la mejora de la producción industrial como factor de competencia. Sus consecuencias fueron la formación de monopolios sobre una plaza determinada, dependencia de la clientela de pocos miembros de la Corporación, subordinación del personal a cada empresa con prohibición general o especial de separarlo del lugar del trabajo o de servirse de sus obras fuera de tiempo, lo que aunado a un salario máximo para no incitar bajo promesa de mayor ganancia, el paso de hábiles trabajadores de una fábrica a otra con la finalidad de no crear concurrencia en el interior de la Corporación.

CONCEPTO

El secreto industrial puede definirse como el conjunto de conocimientos e información que, sin ser de dominio público, son necesarios para fabricar o comercializar un producto o para prestar un servicio, o bien para la organización o financiación de una empresa, y que, precisamente por ello, suponen una ventaja para su titular, quien procurará evitar su divulgación.

LA INVENCIÓN

La parte sustantiva del sistema de propiedad industrial se basa en la invención, susceptible de apropiación en determinados casos por parte del inventor independiente o de la institución en la cual el mismo labora; sus formas de apropiación son diversas dependiendo de su contenido o de la voluntad del titular.

La invención constituye un acto esencialmente intelectual, ya que consiste en la concepción de una idea cuyo fin estriba en la solución de un problema. Se trata pues, de un derecho intelectual que se origina en virtud de la creación o concepción de la idea inventiva, por parte del inventor, si bien, para ser objeto del derecho industrial, esa idea debe ir encaminada a resolver un problema y tal vez una necesidad de la industria.

La invención es la solución de un problema técnico, cuando esta solución conduce a un sistema concreto de realización y constituye una creación de la mente humana, cuya elaboración excede de la concepción normal de la técnica en su época.

La invención es pues, la materialización creativa emanada del proceso intelectivo de una o varias personas para resolver un problema industrial existente con una solución novedosa, es decir, que hasta la fecha no se hubiere realizado ni fuese obvia para cualquier persona teniendo un conocimiento ordinario en la materia a la que concierne la invención.

En la Ley de Propiedad Industrial de 1991, la invención es considerada como una creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre, a través de la satisfacción inmediata de una necesidad concreta.

De la misma Ley, se desprende que las invenciones nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptibles de aplicación industrial serán patentables; asimismo, establece que para que una invención se considere nueva y resultado de una actividad inventiva, deberá considerar el estado de la técnica en la fecha de presentación de la solicitud de patente, y por estado de la técnica, se entiende al conjunto de conocimientos técnicos que se han hecho públicos mediante una descripción oral o escrita, por la explotación o por cualquier otro medio de difusión o información, en el país o en el extranjero.

CARACTERÍSTICAS DE LA INVENCIÓN

• La novedad o ser nuevo

• Resultado de una actividad inventiva

• De aplicación industrial

En relación con la primera característica, nuevo es todo aquello que no se encuentre en el estado de la técnica; que tenga un carácter diferente a la cosa que lo precedió, esto también implica la originalidad, puesto que ya que el invento representa una creación de la inteligencia, del ejercicio de las facultades inventivas, no hay cabida para la imitación, ya que no sería un producto de la actividad del pensamiento del autor, sino la apropiación de ideas de otros.

Por lo que se refiere a que la invención sea el resultado de una actividad inventiva, implica que no resulte evidente para un técnico en la materia.

Y en cuanto a la aplicación

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