Sucesion
Enviado por judika • 7 de Octubre de 2012 • Informe • 352 Palabras (2 Páginas) • 396 Visitas
social resultado de los complejos factores que interactúan en los grupos humanos constituidos, la historia del Derecho en México debemos empezarla con el derecho azteca, por su evolucionado desarrollo y carácter normativo-religioso, siendo para su tiempo muy evolucionados ya en materia penal. Es entonces preciso mencionar un poco del derecho observado entre los aztecas, porque si bien nuestras leyes actuales nada tienen en común con las antiguas legislaciones mexicas, existen aun, en algunas regiones de nuestra patria grupos indígenas que sí tienen muchos puntos de contacto con los antiguos pobladores de nuestro país.
El derecho de sucesión en la época prehispánica podía ser practicado por todos los hombres, fuesen nobles o plebeyos, respecto de sus propiedades particulares, como eran los bienes muebles, inmuebles y esclavos.
Entre los aztecas la sucesión se distinguía de 2 formas;
• Voluntaria.- La voluntaria se daba cuando un individuo voluntariamente dejaba sus bienes o parte de éstos a cualquier persona que fuese
su familia.
• Legítima. En la legítima, los hijos varones eran los que disfrutaban de los bienes de su progenitor.
Colonización:
La sociedad mexicana recibió la herencia cultural Romano-occidental por conducto de las instituciones de conquista española, y nuestro derecho, en consecuencia, sigue las ideas romanistas.
En realidad no abundan, recopilaciones, documentales o bibliografía sobre Los bienes de difuntos en las Indias la. Se sabe
su familia.
• Legítima. En la legítima, los hijos varones eran los que disfrutaban de los bienes de su progenitor.
Colonización:
La sociedad mexicana recibió la herencia cultural Romano-occidental por conducto de las instituciones de conquista española, y nuestro derecho, en consecuencia, sigue las ideas romanistas.
En realidad no abundan, recopilaciones, documentales o bibliografía sobre Los bienes de difuntos en las Indias la. Se sabe
su familia.
• Legítima. En la legítima, los hijos varones eran los que disfrutaban de los bienes de su progenitor.
Colonización:
La sociedad mexicana recibió la herencia cultural Romano-occidental por conducto de las instituciones de conquista española, y nuestro derecho, en consecuencia, sigue las ideas romanistas.
En realidad no abundan, recopilaciones, documentales o bibliografía sobre Los bienes de difuntos en las Indias la. Se sabe
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