Teoria del derecho. IUS POSITIVISMO
Enviado por gmelanie • 3 de Octubre de 2016 • Apuntes • 1.233 Palabras (5 Páginas) • 813 Visitas
IUS POSITIVISMO | IUS NATURALISMO |
derecho es separable conceptualmente de la moral | Conexión conceptual entre el derecho y la moral . |
El derecho es un conjunto de reglas( normas) NO incluye ni ni valores. DESCRIPCIÓN SUPUESTO + CONSEGUENCIA = SANCIÓN (como castigo) | Hay un derecho natural este es un orden o sistema normativo superior conformado por principios aceptados por la sociedad. |
El derecho tiene un ultimo fundamento de validez permite: identificar que es el derecho , Incorpora criterios formales de validez→ si es o no dictada por una autoridad competente | Tesis de congruencia →El derecho positivo solo vale, obliga o vincula si es la extensión del derecho natural, es decir, si respeta los estándares de justicia del derecho natural. Si no se ajusta a los estándares la norma no es valida. |
Los jueces SI son discrecionales | El derecho y la justicia están ligados |
Los deberes jurídicos solo tienen una fuente, no hay deberes jurídicos fuera de las normas del d Perecho |
Austin | HANS KELSEN |
El derecho como ordenamiento normativo respaldado por la amenaza | El derecho como orden de la conducta humana y como un orden coactivo compuesto por reglas sancionatorias |
Fuente de origen→ SOBERANO: En el soberano se encuentra el criterio de validez, identidad y reconocimiento del Dx. Es un criterio de validez formal. | Fuente de origen→ NORMA FUNDANTE BASICA es un presupuesto hipotético que surge en el pensamiento jurídico, que auto legitima el sistema jurídico y fundamenta las norma jurídicas validas existentes. ESTA NORMA SE JUSTIFICA EN LA EFICACIA QUE OTORGA A TODO EL ORDENAMIENTO. ES UN CRITERIO FORMAL DE VALIDEZ. |
SOBERANO : todos le obedecen mas él no obedece a nadie, es el titular del poder, le dicta a los súbditos | Existencia de autoridad competente, que es un sujeto o un conjunto de individuos que está autorizado por el sistema para exigir el cumplimiento de una conducta determinada |
La norma asume la forma de Mandatos generales. ( va dirigido a todos) | Todas las normas son sancionatorias. →Describen el hecho ilícito y la sanción correspondiente. |
La norma es la materialización de un deseo de un querer del soberano (TESIS)( desaparece con la muerte del soberano) | Esta exigencia de determinado acto se realiza a través de actos de voluntad, que son los creados por las autoridades competentes. ( tienen permanencia en el tiempo ) |
No todas las normas están en la misma jerarquía ( sistema escalonado) las normas inferiores deben estar en concordancia con la norma fundante o | |
Las normas deben ser generales y sancionatorias | La validez de una norma depende de la norma superior. ( NF) |
Sistema normativo que se vale de la coacción para lograr el cumplimiento de la norma. | El sistema es perfecto, no existen vacios pero si hay lugar a la discrecionalidad Kelsen consideraba a las reglas como marcos abiertos. Esto es que da lugar a diferentes interpretaciones |
Castigo : elemento que le incorporaba la eficacia al sistema. El subdito obedecia las ordenes para evitar el castigo | Cualquier opción que escoja el juez es un acto de voluntad. El juez es discrecional porque el sistema no le señala que interpretación debe escoger / La discreción no es arbitraria pues la opción que escoja el juez debe estar sujeta a normas superiores , esto es lo que determina si es valida y debe ser compatible con el ordenamiento. |
SIMILITUDES :
- DERECHO: SIS. NORMATIVO COACTIVO.
- NORMAS SANCIONATORIAS.
- NO ASOCIAN EL DERECHO CON LA MORAL.
KELSEN | HART | DWORKIN |
Derecho como conjunto de normas . | Derecho como sistema conformado únicamente por reglas primarias y secundarias.
| Derecho como un sistema conformado por : reglas, principios y directrices políticas |
todas las normas de derecho son sancionatorias | Los no todas las normas son de mandato y llevan perse una sanción | |
Las normas tienen una textura abierta. Son escritas en un lenguaje común. | Los principios generan obligaciones | |
| La zona de penumbra → es cuando existen dudas acerca de si el caso corresponde o no con aquel o aquellos previstos en el supuesto de hecho de la N, se produce por una inderterminacion lingüística o indeterminación normativa( ausencia de norma aplicable al caso) | Siempre va haber una norma para que el juez falle : si no hay regla el juez debe remitirse a los principios , siempre dentor del sistema va a existir una respuesta para todos los casos |
El derecho en ocasiones es lo que el juez dice que es ( CUANDO NO HAY REGLA APLICACLE AL CASO, EL JUEZ LA CREA) JUEZ DISCRECIONAL | LOS JUECES NO SON DISCRECIONALES → viola:
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