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Tratados Entre Chile Y Argentina


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2012  •  1.336 Palabras (6 Páginas)  •  584 Visitas

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Tratado de Libre Comercio Entre el Mercosur y Chile

(ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº35 MERCOSUR – CHILE)

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ACUERDO

El Tratado de Libre Comercio entre el MERCOSUR y Chile , denominado Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 35 MERCOSUR - Chile (ACE 35) fue suscripto en Potrero de los Funes, San Luis el 25 de junio de 1996. Mediante dicho Acuerdo se prevé alcanzar una zona de libre comercio entre ambas Partes en un plazo de diez años, a través de un Programa de Liberación Comercial que se aplica a los productos originarios y procedentes de los territorios de las Partes Contratantes.

Dicho programa consiste en desgravaciones progresivas y automáticas aplicables sobre los gravámenes vigentes para terceros países en el momento del despacho a plaza de las mercaderías. A partir del 1ro de enero de 2004 gozarán de arancel cero (100% de preferencia) más de 1.500 item de exportación argentina. El área de libre comercio se irá perfeccionando paulatinamente con la desgravación de los productos sensibles incluidos en distintos anexos de acuerdo con su grado de sensibilidad (1ro de enero de 2006 y 1ro de enero de 2011). El último plazo establecido es el primero de enero del 2014 (trigo y harina de trigo. Dicho Acuerdo incorpora normativas que no se circunscriben al tratamiento de temas arancelarios, sino que incluye disciplinas relativas a Servicios, Inversiones, Integración Física, Transporte, Cooperación Técnica, entre otros.

En materia de Servicios, el Acuerdo prevé que “las Partes signatarias promoverán la liberación, expansión y liberación progresiva del comercio de servicios en sus territorios, en un plazo a ser definido, y de acuerdo con los compromisos asumidos en el Acuerdo General sobre Comercio de Servicios (GATS).

En materia de Integración Física, se establece un Protocolo de Integración Física en el que consta como anexo el programa de inversiones para los 13 pasos priorizados entre la Argentina y Chile. Asimismo, el acceso a mercado para bienes se encuentra reforzado por disciplinas específicas establecidas en materia de: régimen de origen, medidas de salvaguardia, obstáculos técnicos al comercio, medidas fito y zoosanitarias.

El Acuerdo cuenta con un régimen de solución de controversias , el que cuenta con una etapa arbitral cuyos fallos son vinculantes. En materia de competencia desleal, valoración aduanera, defensa de la competencia el Acuerdo desarrolla algunos instrumentos básicos y remite a la legislación marco del Acuerdo de Marrakesh (constitutivo de la OMC), el que constituye el marco de derechos y obligaciones al que deben ajustarse las políticas comerciales y los compromisos asumidos por las Partes.

La Comisión Administradora del Acuerdo

El Acuerdo establece en su Artículo 46 que su administración y evaluación estarán a cargo de una Comisión Administradora integrada por el Grupo Mercado Común del MERCOSUR y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, a través de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales. Asimismo, el Artículo 47 establece una larga lista de atribuciones de dicha Comisión Administradora, entre las cuales se destaca la evaluación periódica de los avances del programa de liberación, la determinación de las modalidades y plazos en que se llevarán a cabo las negociaciones destinadas a la realización de los objetivos del Acuerdo, la participación como instancia de negociación en la solución de controversias, etc.

La Comisión Administradora adopta sus decisiones mediante resoluciones, las que son formalizadas como enmiendas al ACE 35 mediante Protocolos Adicionales, tarea que compete a la Secretaría General de la ALADI y las representaciones diplomáticas de las Partes Signatarias ante dicho organismo. Hasta la fecha se han suscripto treinta y tres protocolos adicionales.

En el marco de las facultades que le fueron asignadas, la Comisión Administradora realizó, a la fecha, siete reuniones ordinarias y doce reuniones extraordinarias (la última ordinaria en Montevideo en noviembre de 2002 y la última extraordinaria en Buenos Aires, el 4 de julio de 2002).

Entre sus logros más importantes se destacan la aprobación de Regímenes de Medidas de Salvaguardia y Solución de Controversias, el establecimiento de un sistema de profundización de preferencias que contempla el establecimiento de rondas especiales de negociaciones para el tratamiento de esta materia, la reciente resolución sobre la controversia planteada

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