ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Acción De Amparo


Enviado por   •  1 de Mayo de 2014  •  2.716 Palabras (11 Páginas)  •  346 Visitas

Página 1 de 11

ACCIÓN DE AMPARO

Es un proceso judicial de carácter constitucional que tiene como finalidad proteger todos los derechos constitucionales de la persona con excepción de los que protegen el Hábeas Corpus, la Acción de Hábeas Data y la Acción de Cumplimiento ante violaciones o amenazas de violación provenientes de una autoridad o de un particular (el amparo protege derechos como, por ejemplo, el derecho de asociación, a la libertad de contratación, el derecho al debido proceso). Lo puede presentar el mismo afectado o cualquier otra persona en su nombre. Si el Juez comprueba, efectivamente, violaciones a derechos, ordena que los actos violatorios se suspendan inmediatamente.

¿Qué es?

Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.

Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización.

Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística.

Cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, o en caso de agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención, o en el de desaparición forzada de personas, la acción de hábeas corpus podrá ser interpuesta por el afectado o por cualquiera en su favor y el juez resolverá de inmediato, aun durante la vigencia del estado de sitio.

¿Cuándo procede una Acción de Amparo?

La Acción de Amparo es una acción de garantía constitucional que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza cualquier derecho reconocido por la Constitución (Art. 200 inc. 2); que no sea la libertad individual protegido por la acción de Habeas Corpus; la misma que se ejerce con la finalidad de reponer las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de derecho. (Ley 23506, Art. 1).

¿Cuándo se debe interponer?

Cuando violen o amenacen derechos no contemplados en la acción de Hábeas Corpus, por ejemplo: cuando violen nuestro domicilio (entren e nuestra casa sin nuestro permiso); cuando atenten contra nuestra libertad de trabajo (nos obliguen e trabajar para alguien); cuando pretenden restringir nuestra libertad de contratación (nos obliguen a contratar con una persona que queremos) o de empresa (nos denieguen un permiso para instalar una industria); cuando violen nuestro derecho de propiedad (el Estado o una persona pretendan apropiarse de nuestra propiedad), etc.

¿Quién lo debe interponer?

La persona natural o su apoderado o representante (generalmente es el gerente, administrador o abogado) de la persona jurídica (una empresa, un negocio o comercio, un club, una ONG, etc.).

Cualquier otra persona siempre y cuando al final el afectado ratifique la acción. ¿Ante quién se interpone? Son competentes para conocer de la Acción de Amparo, los Jueces de Primera Instancia en lo Civil o los Jueces de Trabajo si la Acción de Amparo corresponde a un derecho de naturaleza laboral, del lugar donde se afectó el derecho o donde se cierne la amenaza, o donde tiene su domicilio el autor de la infracción o amenaza, a elección del demandante.

En los lugares donde no hubiese Juzgados Especializados, es competente .el Juez Mixto.

Si la violación o amenaza se origine en un mandato judicial, son competentes la Sala Civil, Laboral o Mixta de la Corte Superior de Justicia respectivo, quien encargo el trámite a otro Juez Especial izado de Primera Instancia, según el caso.

¿En qué forma?

Hay un plazo de 60 días, desde que se produjo la violación o amenaza del derecho para interponerlo. Puede ser escrita o verbal.

¿Cuáles son las consecuencias?

a) En general: reponer las cosas al estado anterior a la violación o amenaza a mi derecho protegido por esta acción.

Por ejemplo:

Si nos obligaron a contratar con una persona que no queremos, la no existencia de dicho contrato; si invadieron nuestra propiedad, desalojando a quien o quienes la invadieron.

Si al concluir el proceso de esta acción se ha identificado el culpable, se procederá a denunciarlo penalmente.

Si desea asesoramiento legal sobre el tema no dude en comunicarse con nosotros.

¿QUÉ PROTEGE LA ACCIÓN DE AMPARO?

La Acción de Amparo protege la situación jurídica normal del gobierno de las garantías, no protege, y no puede entrar el juez de Amparo a prejuzgar sobre la inconstitucionalidad o ilegalidad de los hechos, simplemente dice: aquí hay un acto, un hecho que me está produciendo molestias en mi situación jurídica subjetiva. Señor Juez, hágalo paralizar.

DERECHOS PROTEGIDOS O DERECHOS TUTELADOS

La Acción de Amparo procede en defensa de los siguientes derechos:

• De la inviolabilidad de domicilio

• De no ser discriminado en ninguna forma, por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma,

• Del ejercicio público de cualquier confesión religiosa, siempre que no ofenda la moral y buenas costumbres,

• De la libertad de prensa, información, comunicación y opinión, circulación o propalación por cualquier medio de comunicación,

• De la libertad de contratación,

• De la libertad de creación artística, intelectual y científica,

• De la inviolabilidad y secreto de los papeles privados y de las comunicaciones,

• De reunión,

• De asociación,

• De libertad de trabajo,

• De sindicación,

• De propiedad y herencia,

• De petición ante la autoridad competente,

• De participación individual o colectiva en la vida política del país,

• De nacionalidad,

• De jurisdicción

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (18 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com