Agendas Y Reformas Fiscales 2013 Y 2014
Enviado por heeectooor • 2 de Diciembre de 2013 • 2.781 Palabras (12 Páginas) • 457 Visitas
Agendas y Reformas Fiscales 2013- 2014
Fundamentos de la investigación
Maestro:
Introducción.
Este proyecto se basa en darnos a conocer los distinto cambios que ha habido durante este año y para el siguiente, en base a las nuevas reformas que el gobierno ha presentado, así como mostrarnos las ventajas y desventajas que estas traerán consigo, ya que en algunos puntos de estas podemos encontrar ideas buenas para el país, para mejorarlo, e inclusive para un mejor futuro para nosotros los mexicanos, al igual que existen varios que mas que ayudarnos podrían afectar gravemente en lo económico y más a aquella gente que hasta ahora no ha tenido las oportunidades para poder mantenerse.
Objetivo general
Analisis comparativo de agenda fiscal 2013 y agenda fiscal 2014
Objetivos específicos
• Determinar las características de agenda fiscal 2013
• Determinar las características de agenda fiscal 2014
• Determinar la simetría y asimetría entre ambas.
Reforma fiscal 2013
A pesar de que no hubo reformas fiscales sustanciales para el ejercicio 2013, a finales de
2012 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) nuevas disposiciones y algunas modificaciones que son dignas de tenerse en cuenta. Entre las que destacan se encuentran la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 (“LIF”), la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 (“RMF”), y otras modificaciones a reglas y criterios emitidos por el Servicio de Administración Tributaria. Asimismo, a finales del año pasado se firmó, y en este ejercicio entraron en vigor, las disposiciones del Acuerdo entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América para mejorar el Cumplimiento Fiscal Internacional con respecto a FATCA. Por otro lado, congresos locales de diversas entidades federativas del país crearon nuevos impuestos locales y municipales o aprobaron reformas a los impuestos locales y municipales existentes, que incrementarán la carga tributaria de sus gobernados, en algunos casos con vicios de inconstitucionalidad.
Entre las principales modificaciones a disposiciones fiscales federales y locales destacan:
Federales
• Las contenidas en el Artículo Tercero Transitorio de la LIF, el cual establece un
esquema de condonación de créditos fiscales;
• El diferimiento, por un ejercicio, de la entrada en vigor de las reformas a la Ley del
Impuesto sobre la Renta (“LISR”) relativas al nuevo régimen fiscal de los intereses
aprobado en 2009.
• La modificación de la disposición de vigencia temporal de la LISR, contenida en el
Decreto publicado en el DOF el 7 de diciembre de 2009, que establecía que la tasa general del impuesto sobre la renta (“ISR”) para el ejercicio 2013, sería del 29%, para mantener la tasa en 30%
• La emisión de nuevos criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras
Locales
• Las modificaciones en la base de cálculo del impuesto predial de los principales municipios del Estado de Nuevo León, y el incremento del impuesto sobre nóminas en dicho estado del 2% al 3%;
• La entrada en vigor de nuevos impuestos en el Estado de Sonora;
• La actualización de las tarifas para el pago del impuesto predial en el Distrito Federal, y modificaciones al subsidio al impuesto sobre tenencia, y;
• El aumento de la tasa del impuesto sobre nóminas en el Estado de Aguascalientes de 1.5% a 2%.
Resolución miscelánea fiscal de 2013
1. Acuerdos amplios de intercambio de información
2. Definición de aplicación estandarizada o estándar que no da lugar al pago de regalías para los efectos de los tratados para evitar la doble tributación
3. Opción de no expedir comprobantes fiscales por parcialidades
4. Plazo para entregar o enviar al cliente el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (“CFDI”)
5. Expedición de estados de cuenta como CFDI
6. Cancelación en el RFC por defunción
7. Acreditamiento de residencia fiscal para residentes en los Estados Unidos de América
8. Documentación para amparar deducciones por la adquisición de vehículos usados
9. Requisitos de información para las sociedades mercantiles constructoras o adquirientes de inmuebles
10. Opción de no presentar dictamen de estados financieros
11. Información de transparencia para donatarias autorizadas
Reforma fiscal 2014
Cambios más importantes en agenda fiscal 2014
Abrogación de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente desde el 1º de enero de 2002
La nueva Ley del Impuesto sobre la Renta Abrogación de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única Abrogación de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo Ley del Impuesto al Valor Agregado Código Fiscal de la Federación (CFF)
• Las autoridades fiscales podrán determinar contribuciones omitidas a un contribuyente si detectan prácticas indebidas,que no exista razón de negocios, es decir la sustancia sobre la forma.
• Son responsables en materia de delitos fiscales, el administrador único, el presidente del consejo de administración, el director general, el gerente general, etc.
• .Los profesionistas contables o jurídicos o sus auxiliares y los agentes aduanales, entre otros, serán penalmente responsables de los delitos fiscales cuando derivados de un contrato, convenio o cualquier otro acto que implique asesoría o desarrollo de actividad profesional, sugieran, asesoren, propongan, establezcan o llevena cabo por sí o por interpósita persona, mecanismos vinculados con esquemas ilícitos o incumplimiento a obligaciones fiscales
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Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)
Subsistiendo en la mayoría de sus disposiciones aquellas que hoy en día están vigentes con los siguientes cambios, entre otros:
1. Para personas morales la tasa impositiva seguirá siendo el 30%
2. Las personas morales que distribuyan dividendos deberán pagar un 10% de ISR adicional sobre el pago de dichos dividendos.
3. En cuanto a deducciones:
a) Los pagos a partes relacionadas, no serán deducibles cuando dichos pagos no estén sujetos a por lo menos el 75% del ISR que se cause en México.
b) Las inversiones en automóviles solo serán deducibles hasta un monto de $130,000.00.
c) Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor
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