ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Articulo 79 LOTTT


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  225 Palabras (1 Páginas)  •  1.530 Visitas

La nueva ley Orgánica del Trabajo de Los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), en su Artículo 79 da a conocer los puntos por la cual se puede despedir a un trabajador o empleado.

Serán causas justificadas de despido, los siguientes hechos del trabajador o empleado:

- Falta de probidad (honradez, honestidad, integridad o rectitud).

- Vías de hecho, salvo en legítima defensa.

- Todo acto inmoral que ofenda al patrono o algún miembro de su familia que vivan con él.

- Omisiones o imprudencias que afecten la seguridad o higiene del trabajo.

- Inasistencia injustificada al trabajo durante tres (3) días hábiles en el período de un mes.

- Daños causado intencionalmente o con negligencia grave a mobiliarios, máquinas, herramientas, útiles de trabajo, materias primas, productos elaborados y terminados.

- Revelación de datos y secretos de manufactura, fabricación o procedimiento.

-Abandono del trabajo, como:

a) La salida intempestiva e injustificada del trabajador durante las horas laborales sin permiso del patrono.

b) La negativa de trabajar en las tareas a la que fue contratado, no se considerará abandono del trabajo, la negativa de trabajar en una labor que sea peligrosa y grave para su vida o su salud.

c) La falta injustificada de asistencia del trabajador que tuviere a su cargo alguna tarea o máquina, cuando esta falta signifique una perturbación en la marcha del proceso productivo, la prestación del servicio o la ejecución de la obra.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (1 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com