Articulo 79 LOTTT
Enviado por Perryelo • 12 de Junio de 2014 • 225 Palabras (1 Páginas) • 1.530 Visitas
La nueva ley Orgánica del Trabajo de Los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), en su Artículo 79 da a conocer los puntos por la cual se puede despedir a un trabajador o empleado.
Serán causas justificadas de despido, los siguientes hechos del trabajador o empleado:
- Falta de probidad (honradez, honestidad, integridad o rectitud).
- Vías de hecho, salvo en legítima defensa.
- Todo acto inmoral que ofenda al patrono o algún miembro de su familia que vivan con él.
- Omisiones o imprudencias que afecten la seguridad o higiene del trabajo.
- Inasistencia injustificada al trabajo durante tres (3) días hábiles en el período de un mes.
- Daños causado intencionalmente o con negligencia grave a mobiliarios, máquinas, herramientas, útiles de trabajo, materias primas, productos elaborados y terminados.
- Revelación de datos y secretos de manufactura, fabricación o procedimiento.
-Abandono del trabajo, como:
a) La salida intempestiva e injustificada del trabajador durante las horas laborales sin permiso del patrono.
b) La negativa de trabajar en las tareas a la que fue contratado, no se considerará abandono del trabajo, la negativa de trabajar en una labor que sea peligrosa y grave para su vida o su salud.
c) La falta injustificada de asistencia del trabajador que tuviere a su cargo alguna tarea o máquina, cuando esta falta signifique una perturbación en la marcha del proceso productivo, la prestación del servicio o la ejecución de la obra.
...