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Analisis De Algunos Articulos De La Lottt


Enviado por   •  26 de Junio de 2014  •  394 Palabras (2 Páginas)  •  1.001 Visitas

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Articulo 115 “Salario por Tarea”

En este articulo especifica que se pagara exclusivamente por la tarea laboral asignada, pero para esto debe cumplir con un rendimiento determinado dentro de la jornada.

Articulo 117 “Pago del Bono Nocturno”

El presente artículo nos habla del recargo correspondiente que se le pagara al trabajador o trabajadora por su jornada laboral nocturna que comprende un treinta por ciento más que se tomara como base en el salario normal devengado durante la jornada respectiva.

Artiulo118 “Pago de horas extraordinarias”

Este articulo expresa que para el pago de horas extraordinarias u horas extras se pagara un cincuenta por ciento sobre el salario convenido para la jornada ordinaria al trabajador o trabajadora.

Articulo 123 “Forma de pago del salario”

Nos comenta y expresa claramente este articulo, que el patrono o patrona deberá pagarle al trabajador o trabajadora con moneda en curso legal, podrá hacerse mediante cheque bancario o por un órgano de una entidad de ahorro y préstamo u otra institución bancaria con forme con las normas que establezca el reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, las trabajadoras y los Trabajadores (L.O.T.T.T.)

Como también expresa dicho artículo que no se permitirá el pago en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con el que se quiera sustituir la moneda, solo se podía estipular como parte del salario cuando ello conlleve a un beneficio social para el trabajador o trabajadora.

Articulo 129 “Salario Mínimo”

El presente artículo nos indica de forma contundente que el estado nos garantizara a todos los trabajadores y trabajadoras tanto del sector público como del sector privado, un salario mínimo que será ajustado cada año conforme a lo establecido en la constitución bolivariana de Venezuela. El salario mínimo será igual para todos los trabajadores y trabajadoras del territorio Nacional y deberá pagarse con moneda en curso legal.

Articulo 130 “Violación al Salario Mínimo”

Este articulo nos deja claro que el patrono o patrona que quiera pagar un salario inferior al mínimo será sancionado de acuerdo con las previsiones establecidas en esta Ley. El patrono o patrona infractor se verá obligado u obligada a pagar la diferencia entre el salario mínimo y lo realmente pagado, así como sus incidencias sobre los beneficios, prestaciones e indemnizaciones por todo el tiempo que hubiera recibido salario más bajos que los fijados, como también el interés que devengaría esa cantidad a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela.

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