CONSTITUCION POLITICA
Enviado por armen • 21 de Noviembre de 2012 • 890 Palabras (4 Páginas) • 346 Visitas
I. Por ausencia en el desempeño de cargos o empleos públicos, o comisión, que
no sean permanentes.
II. Por ausencia con motivo de negocio particular, siempre que el individuo
manifieste a la autoridad administrativa local, antes de que se cumpla el año
de su ausencia, el ánimo de conservar su vecindad.
III. Por ausencia con motivo de estudios, científicos o artísticos, o
persecuciones políticas, si el hecho que las motiva no constituye delito de otro
género.
En todo caso el ausente perderá la vecindad si la adquiere de modo expreso
fuera del Estado.
ARTICULO 17. Son obligaciones de los vecinos, inscribirse en los padrones respectivos y
manifestar la propiedad que tengan y el trabajo de que subsistan.
CAPITULO II
DE LOS CHIHUAHUENSES
ARTICULO 18. Son chihuahuenses:
I. Los nacidos en el Estado;
II. Los hijos de padres mexicanos y vecinos del Estado que nazcan fuera de
éste, y
III. Los mexicanos que adquieran vecindad en el Estado.
IV. Derogada;
V. Derogada.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 403-94 publicado en el Periódico Oficial No.
79 del 1º. de octubre de 1994]
ARTICULO 19. Los chihuahuenses serán preferidos, en igualdad de circunstancias, a los
que no tengan ese carácter, para toda clase de concesiones y para todos los cargos y
empleos públicos o comisiones del Gobierno del Estado o de los municipios.
CAPITULO III
DE LOS CIUDADANOS DEL ESTADO
ARTICULO 20. Son ciudadanos del Estado los hombres y las mujeres que además de ser
ciudadanos mexicanos sean chihuahuenses.
ARTICULO 21. Son derechos de los ciudadanos chihuahuenses:
I. Votar en las elecciones populares del Estado, así como participar en los
procesos plebiscitarios, de referéndum y de revocación de mandato;
[Fracción reformada mediante Decreto 603-97 II D.P. II D.P. publicado en
el Periódico Oficial No. 71 del 3 de septiembre de 1997]
II. Poder ser votados para todos los cargos de elección popular y nombrados
para cualquier empleo o comisión, teniendo las demás cualidades que las
leyes establezcan; [Fracciones I y II reformadas mediante Decreto No. 403-
94 publicado en el Periódico Oficial No. 79 del 1º. de octubre de 1994] 6
III. Tomar las armas en la Guardia Nacional;
IV. Reunirse pacíficamente para tratar los asuntos públicos del Estado.
V. Ejercer en toda clase de asuntos el derecho de petición.
VI. Iniciar leyes en los términos previstos por la fracción V del artículo 68 de esta
Constitución. [Fracción adicionada mediante Decreto 603-97 II D.P. II D.P.
publicado en el Periódico Oficial No. 71 del 3 de septiembre de 1997]
ARTICULO
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