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Condicion Del Extranjero


Enviado por   •  22 de Octubre de 2013  •  8.549 Palabras (35 Páginas)  •  412 Visitas

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Nociones doctrinales acerca de la condición de extranjeros.

Concepto de extranjero.

La palabra extranjero proviene del vocablo latín “extraneus” que tiene como significado “extraño”; es decir aquellas personas ajenas a un país determinado.

Carlos Arellano García considera al extranjero como “... la persona física o moral que no reúne lo requisitos establecidos por el sistema jurídico de un Estado determinado para ser considerada como nacional”.

Extranjero, nos dice orue y aregui que en un sentido vulgar se entiende por extranjero al individuo que no es nacional. En un orden general este autor define al extranjero como aquel “individuo sometido simultáneamente a mas de una soberanía.

Este concepto se produce ya por razón de las personas, de las cosas o de los actos. Por las personas cuando un individuo se traslada desde un país a otro, en e, cual verifica funciones familiares en un orden matrimonial, tutelas, etc. Por las cosas en el hecho de adquirir la propiedad en suelo extranjero; por los actos celebrando un contrato, otorgando un testamento, etc.

Así mismo, el tratadista ruso Korovin señala que un extranjero es “... el individuo que está en el territorio de un Estado del que no es ciudadano y que sí, en cambio, lo es de otro”. Siendo este concepto un cuanto más detallado que el anterior.

Es de destacarse que la mayoría de los autores del Derecho Internacional Privado, y específicamente, aquellos que analizan al extranjero, coinciden en proponer como definición más apta, la aportada por el autor Carlos Arellano García, ya que su definición es más completa y reúne los elementos indispensables para establecer de manera clara la condición jurídica de este tipo de personas. Criterio con el cual también comulgo, en razón de su basto contenido, además de que no existen definiciones suficientes para poder establecer un criterio de elección adecuado. Por lo cual un extranjero es una persona física o moral que desempeña alguna actividad determinada fuera de su lugar de origen, y se encuentra bajo la autoridad del país que lo recibe, según las leyes que en el mismo se aplican.

Para Alfred Verdross, en el derecho de extranjería, constituido por normas de Derecho internacional que obligan a los Estados entre si a que traten de determinada manera a sus respectivos súbditos.

Tiene el carácter de extranjero la persona física o moral que no reúne los requisitos establecidos por el sistema jurídico de un Estado determinado para ser considerada como nacional.

a) Los extranjeros pueden o no estar sometidos simultáneamente a mas de una soberanía. No lo estarán si no existe al mismo tiempo un punto de conexión que lo ligue con otro Estado.

b) La persona física o moral extranjera puede ser súbdito de otro Estado o carecer de nacionalidad. Existen extranjeros que no son súbditos de otro Estado. Tiene importancia desde luego, que se determine si un extranjero es o no nacional de otro Estado para que se defina si existe la posibilidad de protegerlo o para examinar y no comunes al resto de los extranjeros.

En conclusión, el concepto de extranjero es una noción que se obtiene por exclusión, será extranjero el que no reúna las condiciones requeridos por un sistema jurídico estatal para ser considerado como nacional.

Concepto de condición jurídica de extranjeros.

La condición jurídica de los extranjeros involucra derechos y obligaciones relacionados con las personas físicas o morales que carecen de la nacionalidad del Estado respecto de cuyo sistema jurídico se hace el enfoque de la situación de los no nacionales.

La expresión condición jurídica de los extranjeros alude a la esfera jurídica de las personas físicas o morales o no nacionales en un Estado determinado. Dicha esfera jurídica se conformara de derechos subjetivos y deberes objetivos derivados de normas jurídicas internas, internacionales o de ambos. No se concibe la condición jurídica de los extranjeros sin una referencia, aunque sea hipotética, al sistema jurídico nacional de un país dado.

La condición jurídica de los extranjeros está íntimamente relacionada con la vigencia espacial de las normas jurídicas. Un Estado pretende, en principio, que las normas jurídicas emanadas de su estructura tengan vigencia en el territorio, que pretende abarcar a todas las personas.

En México, la regulación normativa del extranjero, se ha observado a través de los siguientes textos históricos:

A) Constitución de Apatzingán: En su artículo 14 consagra: “ Los extranjeros radicados en este suelo, que profesaren la religión católica, apostólica y romana y no se opongan a la libertad de la nación, se reputarán también ciudadanos de ella, en virtud de carta de naturaleza que se les otorgará y gozarán de los beneficios de esta ley”.

B) Plan de Iguala: Poco antes de consumada la independencia de México, este Plan sugiere un trato de plena igualdad de nacionales y extranjeros.

C) Tratado de Córdova: En su artículo 15 establecía, sin distinción entre nacionales y extranjeros, el derecho de toda persona de trasladarse con su fortuna adonde le convenga. Este tratado fue firmado por Agustín de Iturbide y Juan O´Donojú, el 24 de agosto de 1821.

D) Constitución de 1857: En relación con los extranjeros se desprenden los siguientes artículos: En su artículo 1 establece que los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales.

Sólo se limitan los derechos del hombre en materia política a los no ciudadanos de la República. Los artículos 32 y 33 son disposiciones especiales en las que se asienta un trato diferencial, en relación al artículo 32, los mexicanos serían preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias, para todos los empleos , cargos o comisiones. El artículo 33 establece expresamente a favor de los extranjeros, que éstos tienen derechos a las garantías consagradas por la sección primera de dicha Constitución, pero reserva a favor d el gobierno la facultad para expeler al extranjero pernicioso.

Estos son algunos de los ordenamientos legales que se crearon para tener un mayor control acerca de los extranjeros que se internaban en el país, así como los que salían de él, con el paso del tiempo dichos ordenamientos fueron evolucionando y se hicieron más exigentes en cuanto a los requisitos que debían cubrir aquellos para internarse en el país y para obtener la calidad de inmigrado que se asemeja a la nacionalidad mexicana.

La condición jurídica de los extranjeros y el derecho internacional privado

El tema central del Derecho internacional privado es el llamado “conflicto de leyes” o sea la determinación de la vigencia espacial de las normas jurídicas

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