Contratos De Trabajo
Enviado por robincobon • 26 de Noviembre de 2013 • 1.476 Palabras (6 Páginas) • 240 Visitas
Contratos mercantiles
Al hablar de de las fuentes del derecho mercantil, dijimos que el contrato es considerado como fuente del Derecho, aunque no de carácter general, porque es ley únicamente entre las partes que lo celebran. El contrato como acto jurídico constituye el medio para que se dé el movimiento en el tráfico comercial, y aun cuando las obligaciones mercantiles no necesariamente dividen de él, sigue siendo una categoría para el surgimiento de obligaciones de origen contractual
La teoría general del contrato no define diametralmente entre el campo civil y el mercantil, de manera que los conceptos fundamentales son aplicables a este tema. Por este motivo que los autores no desarrollan una teoría general del contrato mercantil, lo que se hace es señalar aquellas características especiales de los contratos mercantiles que existen para adaptar la forma a un conjunto de relaciones objetivas que como antes hemos señalado se producen en masa, con celebridad, con reducidos formalismos, los que se observa en la contratación civil.
Al tratar de establecer las especialidades del derecho guatemalteco les asigna a los contratos mercantiles o a las formas de contratar y se resaltan características propias deducidas del mismo contexto de la ley. Pero antes es necesario que recomendemos en artículo 1517 del código civil que establece:
Hay contrato cuando dos o más personas convienen a crear, modificar o extinguir una obligación.
En el derecho mercantil funciona lo que se llama la representación aparente osea que una persona se manifiesta como representante de otra sin necesidad de ostentar un mandato, como sería necesario en el tráfico civil. Esta singularidad es del campo mercantil ya la expusimos al estudiar los títulos de crédito de manera que no resulta difícil entender esta característica de la contratación mercantil: un agente vendedor llega a una tienda y realiza un negocio de suministro de mercadería en nombre de un principal este envía la primera remesa o realiza otro acto que denota el conocimiento que tiene de lo que en su nombre realiza un agente viajero si el principal comerciante quisiera incumplir sus obligaciones de suministro alegando que el agente viajero no tenia mandato para representarlo su argumento carecería de fundamento porque en ese caso se le dio la representación aparente osea al representar a otro si mayores formalidades siempre y cuando expresa tácitamente se de la confirmación por parte del representado, esta particularidad en el surgimiento del contrato mercantil se encuentra en el artículo 670 del Código de comercio.
Forma del contrato mercantil:
En el campo civil (artículo 1574) las personas pueden contratar y obligarse por medio de la escritura pública, documento privado acta levantada ante el alcalde del lugar, por correspondencia verbalmente en el campo mercantil (artículo 671), la forma se encuentra mas simplificada: los contratos de comercio no están sujetos, para su validez, a formalidades especiales, cualquiera que sea la forma y el idioma en que se celebren las partes quedan vinculadas en los términos que quisieron obligarse, cuando el contrato se celebre en Guatemala y sus efectos surtan efectos aquí, debe usarse idioma español, en concordancia con las leyes fundamentales de la república. Esta libertad en el uso de la forma tiene sus excepciones pues hay contratos que si se exige una solemnidad determinada tal es el caso del contrato fideicomiso y el de sociedad para citar dos ejemplos los que deben celebrarse mediante escritura pública.
Clausula compromisoria:
Los artículos 270 y 272 del código procesal civil y mercantil establecen que toda convivencia relativa de los contratos puede dirimirse mediante juicio arbitral, si así se consigna en la escritura pública en el terreno mercantil es diferente un contrato puede discutirse mediante arbitraje sin necesidad de que la clausula compromisoria conste de escritura pública lo que viene a ser una característica del contrato mercantil. (Artículo 671 del código de comercio)
En cuanto al código de comercio se refiere debemos de distinguir dos situaciones que disciplinan el contrato
Contratos mediante formularios (art. 672) en los contratos estandarizados mediante formularios su interpretación se da por las siguientes reglas
1. Se interpretan en caso de duda, en sentido menos favorable de quien preparo el formulario.
2. Cualquier renuncia de los derechos tiene validez si en su redacción aparecen caracteres tipográficos más grandes o diferentes al resto del documento.
3. Las clausulas adicionales prevalecen sobre las generales aunque estas no hayan sido dejadas sin efecto.
a. Contratos mediante pólizas:
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