El Derecho Como Obstaculo Para La Educacion
Enviado por RAUL0671 • 8 de Julio de 2012 • 1.581 Palabras (7 Páginas) • 473 Visitas
LA REALIDAD ACTUAL EN EL PLANO JURÍDICO Y LEGISLATIVO.
A lo largo de los tiempos de la vida jurídica, ha quedado claro y sin lugar a dudas la influencia que han tenido los países latinoamericanos de la cultura europea, sin olvidarnos de la importancia y relevancia del Derecho Riomano. hemos sido países imitadores del derecho plasmados en nuestras legislaciones, como refiere Eduardo Novoa Monreal los grandes códigos latinoamericanos pertenecen a la familia de la cultura jurídica continental europea, de 1804 al 1810 Napoleón dicta en Francia cinco grandes cuerpos legislativos que la historia ha denominado los cinco códigos; el Código Civil, el Código de Procedimientos Civiles, el código de Comercio, el Código Penal y el Código de instrucción criminal.
Los dirigentes han olvidado que el derecho debe ser creado para quienes va a ser aplicado, es decir debe tomarse en cuenta la cultura e idiosincrasia de los países latinoamericanos, que es muy diferente a la de los países europeos como Francia, sin embargo como atinadamente lo cita el jurista Novoa nuestros dirigentes han decidido que nos rigan reglas idénticas elaboradas para pueblos europeos.
Señala Eduardo Novoa que en la exposición de motivos del Código civil de 1928 para el Distrito y Territorios Federales de México, el propósito era apartarse de la tendencia individualista que predomina en el Derecho Romano en la legislación napoleónica y del antiguo Código Civil de 1884, propósito que no fue alcanzado, ya que únicamente contienen algunas modificaciones aisladas que se ajustan a ideas jurídicas más modernas.
Es acertada la expresión de jurista mencionado, al afirmar que las Leyes nuevas son dispersas y carentes entre sí de toda organicidad, ellas has sido dictadas bajo circunstancias de apremio político o de presión social desbordante, su elaboración ha sido precipitada. Aseveración ésta que resulta verdadera por que basta hecharle una ojeada las últimas reformas para darnos cuenta de que nuestras leyes en muchas ocasiones son resultado de los caprichos de unos cuantos, para poder incluso resolver situaciones personales importándoles poco o casi nada el bienestar social y el resultado como menciona el jurista en su libro mencionado, las leyes están ausentes de todo plan y método, cuyas normas no armonizan sino que pugnan entre si o con otros conceptos, originando toda clase de dudas en su aplicación, es por esto que como afirma Ripert, el resultado de ese derecho nuevo es que no se enseña ni se estudia por los juristas.
La enseñanza del derecho, se ha centrado a la codificación tradicional, dejando aun lado la legislación moderna, ellos por los razonamientos vertidos en el párrafo anterior y como lo señala Eduardo Novoa Moreal, se ha dado mayor prestigio científico y mas alta calidad técnica del derecho tradicional, por la falta de principios rectores; prescindencia de las realidades sociales y formación de profesionistas aptos para ganar dinero al servicios de los intereses de los poderosos, y convicción de que ante los jueces rara vez llegan controversias que interesen a los pobres.
DESAJUSTE DE LA LEY ESCRITA POR EL TRANSCURSO DEL TIEMPO
Es importante no perder de vista que nuestras leyes, han sido elaboradas por nuestros legisladores pensando a futuro, como lo expresa Novoa Monreal los legisladores están convencidos de la bondad de la norman que promulgan y de su adaptabilidad a las necesidades sociales actuales y futuras, agrega Ripert que la inmutabilidad es el carácter de una buena legislación, aseveración en la que difiero en razón de que las leyes deberán ser creadas para la sociedad actual, que bien por ser dinámica es en consecuencia cambiante y por supuesto las necesidades nos pueden ser las misma, por lo tanto no podrá ser aplicada de la misma manera en que se aplicó cuando fue creada, ya que si bien coincido en el hecho de que el legislador tiene que proyectarse a futuro, nunca sabrán con certeza que necesidades tendrá esa sociedad después de 20 o 50 años mas tarde, por que entonces los juristas no actuamos en consecuencia, señala Eduardo Novoa que el legislador no es atento ni agil, y los juristas quienes también podría estimarse que pesa la responsabilidad de cobrar conciencia del problema y de adoptar las medidas apropiadas, para solucionarlo, no lo perciben, razón por la cual no se inquietan para estimular al legislador, ni mucho menos para darle elaboración técnica, opinión que me parece totalmente acertada, toda vez que se ha dejado a los legisladores con la carga total de crear leyes, que si bien esa es si principal facultad, no debemos olvidar que los juristas, catedráticos o estudios del derecho, también tiene la obligación de motivar, asesorar e incluso participar en la creación de esas leyes, pues no debemos olvidar que muchas veces esos legisladores a los que ponemos en sus manos el estudio y la creación de leyes, no son mas que personas oportunistas sin preparación ni visión
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