Fondo De Inversion
Enviado por soniaelizabth • 18 de Octubre de 2011 • 9.845 Palabras (40 Páginas) • 787 Visitas
cción Legal - Ambiental y Social de Guatemala (CALAS)
DECRETO NUMERO 13-93
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El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que es obligación del Estado orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos
naturales y el potencial humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo y la
equitativa distribución del ingreso nacional;
CONSIDERANDO:
Que para tales fines es indispensable crear la entidad adecuada y establecer mecanismos especiales
para canalizar parte de los recursos que el Estado destina a la inversión en proyectos de desarrollo y
para captar recursos que aporten otras instituciones y entidades que comparten su preocupación por
llevar el desarrollo a las comunidades de menores recursos y aisladas de Guatemala,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el inciso a) del Artículo 171 y el Artículo 134 de la Constitución
Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente
LEY DEL FONDO DE INVERSION SOCIAL
TITULO I
CAPITULO UNICO
Disposiciones Generales
ARTICULO 1. (Reformado el último párrafo por el Artículo 1 del Decreto Número 2-2000 del Congreso de
la República Reformado el último párrafo por el Artículo 1 del Decreto Número 03-2003 del Congreso de
la República). Creación. Se crea el Fondo de Inversión Social, que podrá abreviarse con las siglas FIS,
como entidad estatal descentralizada y autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Tendrá su domicilio en el departamento de Guatemala, su sede principal en la ciudad capital de la
República y podrá establecer subsedes en cualquier cabecera municipal del país. La sede principal podrá
ser trasladada a otro lugar por resolución motivada de la Junta Directiva.
El Fondo de Inversión Social tendrá una duración de trece (13) años.
ARTICULO 2. Objetivo. Por medio del Fondo de Inversión Social, el Estado invertirá en actividades que
mejoren el nivel de vida y las condiciones económico-sociales exclusivamente de los sectores en
situación de pobreza y extrema pobreza del área rural del país, para lo cual llevará a cabo las
operaciones previstas en la presente ley, su Reglamento, su Manual de Operaciones y demás normas
que emita la Junta Directiva.
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Publicado a páginas 825 a 829, del número 37, tomo 240, de fecha 17 de mayo de 1993, del Diario de Centro América
Programa de Información Estratégica (PIE-CALAS)
1Centro de Acción Legal - Ambiental y Social de Guatemala (CALAS)
ARTICULO 3. Campo de actividad. Para el cumplimiento de su objetivo el Fondo de Inversión Social
invertirá en el desarrollo de programas y proyectos, incluyendo la preinversión, en las áreas que a
continuación se indican, los que serán ejecutados por los grupos beneficiarios o por las entidades
ejecutoras que ellos designen:
a) Salud y nutrición para reducir los indicadores de mortalidad, morbilidad y desnutrición infantil;
b) Educación, especialmente en las etapas iniciales de formación;
c) Entrenamiento orientado al trabajo productivo;
d) Proyectos productivos de grupos que reunan los criterios de elegibilidad que establecerá la Junta
Directiva, siempre que fortalezcan la economía local y que promuevan su autogestión;
e) Infraestructura social y apoyo para el mejoramiento de la calidad de vida de la población objetivo del
Fondo de Inversión Social;
f) Actividades que protejan y promuevan el medio ambiente; y
g) Las demás áreas de desarrollo y asistencia social, acordes con los objetivos que se señalan en la
presente ley, que decida su Junta Directiva.
Todas las acciones descritas en el presente artículo se desarrollarán en beneficio de la población a la que
se refiere el Artículo 2 de la presente ley.
ARTICULO 4. Proyectos especiales. El Fondo de Inversión Social establecerá los mecanismos para
realizar inversiones en proyectos de desarrollo que le proponga el Organismo Ejecutivo, para lo cual el
FIS deberá realizar una calificación previa. Estos proyectos serán financiados con los recursos que se le
otorguen para ese fin, según las políticas y programas de acción del FIS.
ARTICULO 5. Discrecionalidad funcional. El Fondo de Inversión Social realizará sus acciones de
conformidad con lo establecido en la presente ley y su Reglamento. Podrá resolver discrecionalmente en
cuanto a:
1) Su organización interna, en todo lo que no esté regulado específicamente en la presente ley.
2) La realización de las operaciones de inversión y demás acciones coadyuvantes comprendidas dentro
de su objetivo.
3) La determinación de los proyectos elegibles para participar en los programas del Fondo de Inversión
Social con base en su Manual de Operaciones y demás normas que para el efecto emita.
4) La ejecución de su presupuesto en consonancia con sus objetivos.
ARTICULO 6. Régimen jurídico del Fondo de Inversión Social. El Fondo de Inversión Social se regirá por
la presente Ley, su Reglamento, el Manual de Operaciones y demás normas que dicte la Junta Directiva,
siempre y cuando estos últimos no amplíen ni tergiversen la presente ley. Los casos no previstos en
dichos instrumentos se resolveran de conformidad con lo establecido en la Ley del Organismo Judicial,
tomando en cuenta los objetivos y características de la institución.
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TITULO II
De las operaciones financieras del Fondo de Inversión Social
CAPITULO I
De los recursos financieros del Fondo de Inversión Social
ARTICULO 7. Naturaleza y Origen de los Recursos. Todos los ingresos del Fondo de Inversión Social
constituyen disponibilidades específicas para ser empleados exclusivamente en el cumplimiento de su
objetivo. Para financiar sus operaciones tendrá un presupuesto y fondos privativos que se integrará con
los siguientes recursos:
a) El aporte mínimo inicial del Estado de CINCUENTA MILLONES de quetzales.
b) Los fondos que, anualmente le sean asignados en el Presupuesto General de la Nación.
c) Los ingresos provenientes
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