Función de racionalización
Enviado por 12chaz25 • 29 de Abril de 2014 • Tesis • 1.854 Palabras (8 Páginas) • 284 Visitas
4. Función de racionalización: Las constituciones permiten racionalizar el poder político, esto se logra en parte a través de la aplicación del principio de separación de funciones del Estado (legislativa, ejecutiva y judicial) que garantiza el control del poder público en virtud de la prohibición de concentrar el poder en un solo órgano. Además se logra con normas que determinan las competencias de las autoridades, sujetando por consiguiente el ejercicio del poder a unas normas previas, esto es, el poder queda así sujeto a la legalidad.
5. Función de legitimación del poder político: Debido a que las constituciones incorporan principios políticos democráticos y liberales su existencia, como soporte del poder político lo legitiman, pues configuran el título con base en cual se ejerce el poder.
6. Función de propaganda y educación política: Las constituciones buscan orientar los diversos campos de acción de los miembros del grupo social. Sobre todo cuando se trata de constituciones "dirigentes", las cuáles pretenden implantar cambios en la sociedad y poseen un gran contenido ideológico.
7. Función de cohesión social: la Constitución sirve como elemento aglutinado e integrador de la sociedad. Es por ello que puede afirmarse que la Constitución y el constitucionalismo representan fenómenos sociales que cumplen un papel cercano al que cumplieron los dogmas de la religión católica y la Iglesia misma, durante el medioevo. La constitución es el principal instrumento que posee el Estado moderno para mostrarse como un Estado nacional, esto es portador de la identidad del cuerpo social. De esta manera, la Constitución Política cumple una función simbólica.
8. Función de unificación del ordenamiento jurídico: la Constitución hace aparecer los distintos campos de regulación del Derecho como un orden coherente y compacto a pesar de las contradicciones que puedan existir entre intereses contrapuestos. El orden jurídico que se sustenta en la constitución por ejemplo protege simultáneamente el derecho a la propiedad privada y el derecho a la igualdad material.
9. Función como base fundamentadora del sistema jurídico: La Constitución es la norma básica del ordenamiento jurídico, ello significa que toda la estructura normativa tiene su fundamento en la Constitución. A su vez la Constitución es el principal parámetro de validez jurídica.
LAS FUNCIONES y FINES DEL DERECHO
Antes de entrar a señalar cuales son las funciones y fines del Derecho, me gustaría aclarar la diferencia entre función y fin.
Función: se refiere a la tarea que desarrolla un elemento dentro del contexto determinado donde se encuentra inserto.
La función se refiere a la tarea que algo cumple, el aporte que realiza según su condición.
Fin: se refiere al objetivo que persigue algo, es decir aquello para lo cual está en definitiva construido.
Cuando queremos saber por las funciones preguntamos por lo que hace algo.
En cambio cuando queremos saber por los fines preguntamos para que se hace algo.
El fin supone ir más allá que las funciones. Sin embargo es necesario primero realizar la función para poder alcanzar el fin . Así por ejemplo la función de la mano es tomar algo. el fin de la mano es facilitar la existencia del hombre.
Tanto los fines como las funciones admiten gradualidad, lo que significa que se puede cumplir, no cumplir o cumplir a medias . Sin embargo hay mayor tolerancia en aceptar que no se cumplan los fines a que no se cumplan las funciones , ya que se entiende que los fines son metas difíciles de alcanzar.
Las funciones del Derecho son aquellas tareas que el Derecho cumple realiza o ejecuta de acuerdo a su condición de orden normativo en el contexto más ampliode los órdenes normativos.
Los fines del derecho son el objeto a cuya consecución el Derecho se dirige u orienta, esto es aquello para lo cual el Derecho está constituido. Como dice Ferrari se trata de aquellos objetivos que una sociedad debe tratar de desarrolla a través de las instituciones.
LAS FUNCIONES DEL DERECHO SON:
1. ORIENTACION DE COMPORTAMIENTOS :
Al Derecho le corresponde dirigir los comportamientos, orientar las conductas de los miembros del cuerpo social a través de sus normas y preceptos que pueden ser vistos como mensajes para influir en el comportamiento humano.
Las normas ejercen una especie de control social en la sociedad a la conducta de los hombres.
En una sociedad podemos distinguir distintos tipos de control social, como la educación,, la familia la mora, la religión , las ideologías, los usos sociales, y el Derecho ejerce un control formalizado .
El Derecho se centra en la dirección de las conductas allí donde existen o se esperan que existan conflictos para tratar de evitarlo.
Las normas no son normas de valoración que se formulan con posterioridad a un caso conflictivo, sino que pretenden dirigir a través a través de la regulación el comportamiento individual y las expectativas individuales, con el fin de evitar o limitar los conflictos.
2 LA RESOLUCION DE CONFLICTOS
En toda sociedad se dan,a la par relaciones de cooperación y de conflicto entre sus miembros, como resultados de que en toda sociedad coexisten individuos y grupos con intereses que pueden ser coincidentes o discrepantes Algunos sostiene que la presencia de un conflicto es buena ya que permite detectar problemas y solucionarlos con posterioridad lo que puede ser beneficioso para el grupo social.
Así entonces cuando la función de orientación de los comportamientos no ha surtido efecto, y no cumplido con su finalidad persuasiva y orientadora y los sujetos decepcionados persisten en sus exigencias, debe el derecho resolver los conflictos estableciendo normas, instancias y procedimientos que aminore los efectos negativos del conflicto y los encauce hacia una solución pacífica, evitando que solucione por la ley del más fuerte.
El derecho cumple con esta función a través de dos vías:
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