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GLOSARIO TRATA DE PERSONAS


Enviado por   •  23 de Abril de 2013  •  4.226 Palabras (17 Páginas)  •  414 Visitas

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Glosario

Captación: la captación es un concepto que se traduce en atracción. Es decir, atraer

a una persona, llamar su atención o incluso atraerla para un propósito definido. En

lo que respecta a la trata de personas tiene un significado muy similar. Presupone

reclutamiento de la víctima, atraerla para controlar su voluntad para fines de

explotación. La captación se ubica dentro de los verbos que definen las acciones

sancionables dentro del tipo penal de trata de personas. Algunas legislaciones

han cambiado este concepto por “reclutamiento” o “promoción” aunque no son

sinónimos.

Coacción: la coacción implica fuerza o violencia para que una persona diga o

ejecute algo. Los tratantes ejercen este medio sobre las víctimas al utilizar diferentes

elementos generadores: la posibilidad de ejercer un daño directo y personal o la

amenaza de afectar a otras personas. Esta afectación normalmente es física pero

también puede dirigirse al perjuicio de la imagen, el estado emocional o el patrimonio.

Coordinación institucional: el combate a la trata de personas no es parte de la

actividad de una única institución pública o privada. Dentro de cada país, de acuerdo

a su estructura organizacional, existe una serie de instituciones que por su mandado

o misión están o deberían estar directamente involucradas en la lucha contra la

trata de personas. Es indispensable que se establezcan protocolos y procedimientos

específicos de coordinación para que cada uno de los actores institucionales conozca

su papel en la prevención, sanción, atención, protección de las víctimas y cooperación

con otros países. Debe evitarse la improvisación en esta materia por la complejidad

de las conductas y los intereses en juego (por lo general vidas humanas).

Cooperación internacional: la cooperación internacional en materia penal, tratándose

de la trata de personas, implica la aplicación de acuerdos entre los Estados para la

investigación conjunta del delito y en especial para la tramitación de solicitudes de

asistencia mutua en materia penal que facilite el tránsito de elementos probatorios

importantes en las investigaciones. Pero también debe haber cooperación en materia

de atención de las víctimas de trata, repatriaciones, prevención, etc.

Concesión o recepción de pagos: dar y recibir un beneficio patrimonial (dinero o

bienes) es parte del modo de operación de las redes de trata. El tratante puede

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ofrecer una cantidad de dinero u otro tipo de beneficio por la víctima, en especial si

son personas menores de edad y están sujetas por vínculo legal o parental. También

aplica cuando una persona recibe un pago por proporcionar información o crear

alguna ventaja específica para que el tratante tenga acceso a la víctima. En estos

casos, de acuerdo al tipo de legislación contra la trata que se esté aplicando, quien

recibe el pago puede ser autor del delito de trata de personas o recibir sanción por

otros delitos que contemplen estas conductas. La concesión o recepción de pagos es

un medio para realizar la captación de la víctima y se incluye frecuentemente en el

tipo base que castiga esta actividad delictiva.

Consentimiento: en el delito de trata de personas, el consentimiento de la víctima a los

requerimientos del tratante no es relevante. La trata se basa en abuso de poder. Este

fenómeno se manifiesta en las diferentes formas de violencia que utiliza el tratante

para reclutar y controlar a las víctimas hasta el momento en que son entregadas a los

explotadores. La mayor parte de las víctimas tienen una historia anterior de abuso

u otras formas de violencia y/o son literalmente engañadas utilizando situaciones de

vulnerabilidad como la pobreza, bajo nivel educativo y estados de incapacidad. Uno

de los factores que favorece el acercamiento del tratante es su relación de poder o

confianza con la víctima. Puede tratarse de sus padres, hermanos, tíos, abuelos, entre

otros o personas cercanas del trabajo, el centro de estudio o el vecindario. En el caso

de las personas menores de edad son sus representantes legales quienes usualmente

son abordados por los tratantes para tener acceso al niño, niña o adolescente. El

consentimiento de la víctima no se toma en cuenta en ninguna de las fases de la trata

de personas, ya sea reclutamiento, traslado o explotación. En todas ellas persisten

los factores de intimidación, manipulación o fuerza. En la práctica jurídica, algunos

países han considerado en sus legislaciones sobre trata de personas que la víctima

mayor de edad que consiente en la actividad de trata sin que medie engaño, coerción,

amenaza o fuerza no es víctima y por lo tanto no hay delito. Esta es una tendencia

que está desapareciendo rápidamente ante la consideración de que la víctima no

consiente libremente en ser explotada.

Documentación: los documentos de identidad (viaje, trabajo, nacimiento, etc.) con

frecuencia son falsificados, alterados, comprados, vendidos, retenidos o destruidos

por los tratantes de personas y sus colaboradores. Los documentos más utilizados

son los documentos de identidad (partida de nacimiento, cédula, pasaportes, etc.),

tiquetes de viaje, permisos de trabajo, documentos para crear y publicitar empresas

ficticias, etc. El tráfico ilícito de documentos verdaderos, alterados o falsificados

Manual de Capacitación Glosario 11

es una actividad conexa de la trata de personas. Las diferentes legislaciones están

ampliando el rango punitivo de estas conductas para cubrir todas las posibilidades.

Este recurso de las redes de trata puede ser utilizado por autoridades con capacitación

especial para detectar víctimas en los puntos de ingreso y salida (fronteras), lugares

de explotación, entre otros.

Deportación: es un instituto procesal migratorio que faculta al Estado para que

obligue a una persona a salir de su territorio y no regresar en un plazo determinado

(usualmente 5 años). Se basa en los siguientes presupuestos: i) la persona ingresó

al país evadiendo los trámites legalmente establecidos; ii) la persona agotó su

tiempo de estadía en el país y no realizó ningún trámite para regularizar su situación

migratoria; iii) cuando haya obtenido el ingreso al país o su permanencia

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