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GUIA PARA LOSCONTIBUYENTES


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2016  •  Informe  •  840 Palabras (4 Páginas)  •  242 Visitas

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GUIA PARA LOSCONTIBUYENTES

La Dirección General De Impuestos Internos (DGII) nos presenta aquí un amplio formulario sobre los deberes y responsabilidades que debe de conocer y realizar cada contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones como tal, desde que comienzan sus actividades económicas.

Aquí nos señala y nos diferencia que son Personas Físicas y las Jurídicas:

  • FISISCAS: son los contribuyentes que inician una actividad económica bajo el ejercicio de profesión u oficio independiente (Doctores, Abogados, Contables, etc.).
  • JURIDICAS: Son los que constituyen una sociedad legalmente constituida, compañía por acciones, una sociedad anónima, o una ONG.

Para constituirnos como nuevos constituyentes debemos dar varios pasos a seguir a continuación se los explico:

El primer paso es inscribirse en el registro Nacional De Contribuyentes o RNC:

  • Personas Físicas: Através de la oficina virtual o dirigiéndose a la Administración local Correspondiente con copia de su cedula o pasaporte si fuere extranjero y llenar el formulario RC-01; su cedula se convertirá en su RNC.
  • Personas Jurídicas: Através de la Oficina Virtual llenando el formulario RC-02 y pidiendo su calve o pin, o presentándose a administración local correspondiente.

Luego tienen que solicitar la asignación de un numero de comprobante fiscal o NCF para la emisión de todos los comprobantes a usar, estos comprobantes autorizados deben tener Nombre o razón social, domicilio teléfono, RNC y el numero de comprobante fiscal asignado por la DGII, los cuales deben ser impresos en las imprentas autorizadas por la DGII o cargando la secuencia de los NCF por cada tipo de comprobante en su sistema informático.

Al obtener ya su RNC y su NCF ya el contribuyente podrá inicial la operación del negocio y a brindar los servicios que generen obligaciones  tributarias. Estos contribuyentes deben llevar registros de las transacciones realizadas, tantos los ingresos como los gastos, así como el patrimonio del negocio, conservando todos los comprobantes usados en las operaciones para futuros controles de la DGII.

Todos los contribuyentes declarantes de ISR y/o ITBIS, deben reportar las informaciones de las operaciones que sustentan en las fechas indicadas por la DGII. Los contribuyentes que no estén obligados a presentar las declaraciones del ITBIS y que no efectúen retenciones de dicho impuesto, deberán reportar de manera anual, las personas jurídicas 60 días después de su fecha de cierre y la físicas a mas tardar el 28 de febrero de cada año.

Los contribuyentes deben remitir de manera anual un reporte de los NCF que fueron anulados durante el periodo especificado y sus razones, también remitirán anualmente un reporte con las transacciones que complementan el detalle de los gastos mensualmente.

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